viernes, 18 de julio de 2025

Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia de Ica

Dicta nueve meses de prisión preventiva por el delito de homicidio calificado -por ferocidad- en grado de tentativa

La magistrada Lucy Juliana Castro Chacaltana, jueza del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia de Ica, dictó nueve meses de prisión preventiva contra J. Cuadros Q., por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio calificado –por ferocidad– en grado de tentativa, en agravio de M. Hernández C.

La citada medida cautelar fue dictada el 16 de julio, en audiencia de prisión preventiva, luego que la magistrada escuchara y evaluara los fundamentos del representante del Ministerio Público y de la defensa técnica del imputado, así como la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva previstos en el artículo 268 del Código Procesal Penal y jurisprudencia aplicable.

De acuerdo al requerimiento del Ministerio Público, se atribuye al imputado, el delito instruido, toda vez que, con fecha 13 de julio, al promediar las 12:30 horas, en circunstancias que el agraviado se encontraba libando licor con dos amigos en la Calle Lima del distrito de Salas Guadalupe,  llega el imputado y le pide cerveza. Ante la negativa de la víctima, Cuadros sin motivo y aprovechando que había unas botellas en el piso, rompe una de ellas y con el pico, lo agrede con intención de quitarle la vida.

El imputado, luego de ocasionarle cortes en el rostro y en las costillas, lado izquierdo, cerca del corazón, se dio a la fuga. Luego de ello, el agraviado fue auxiliado por su hermana y vecinos, trasladándolo al Hospital Regional, mientras que personal policial intervino al imputado en el domicilio de su expareja y fue trasladado a la comisaría del sector para las diligencias de ley.

Cabe precisar que la conducta atribuida al imputado se encuentra tipificada en el segundo párrafo, inciso 1) del artículo 108 del Código Penal y el artículo 16 del Código Penal.

La resolución dispone el inmediato internamiento del imputado en el Establecimiento Penal que el INPE designe, a fin de cumplir la medida impuesta, la misma que vencerá el 12 de abril de 2026, esto con la finalidad de asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso.

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