ADVIERTE A FAMILIARES NO REALIZAR
PAGO ALGUNO POR GASTOS DE SEPELIO Y ANTE CUALQUIER INTENTO DE COBRO, REALIZAR
LA DENUNCIA A TRAVÉS DE LOS CANALES OFICIALES
El Seguro
Integral de Salud (SIS) garantiza la gratuidad de los servicios de inhumación y
cremación de sus asegurados y personas sin seguro en condición de calle que
fallezcan a causa del COVID-19 a nivel nacional, ya sea en los establecimientos
de salud, domicilio o en la vía pública.
Del mismo
modo, los familiares del fallecido no deben realizar ningún trámite adicional
por los servicios de sepelio, puesto que solo se requiere la autorización de un
familiar directo que determinará si será inhumado o cremado. En caso no esté
presente el familiar, será la autoridad sanitaria la que determine dicho procedimiento.
COBERTURA TOTAL
En la
actual Emergencia Sanitaria a nivel nacional que vive el país, el SIS cobertura
todos los gastos de sepelio de sus asegurados que fallecieron a causa del
COVID-19, a través de sus cinco planes de seguros, ya sea por inhumación o
cremación. Igualmente, por disposición del Ejecutivo, este beneficio se
extendió para las personas sin seguro en condición de calle víctimas de la pandemia.
Se
recuerda que, en caso de inhumación, el SIS cubre los gastos del ataúd,
traslado del féretro al cementerio y sepultura, que puede ser en tierra o
nicho. En los casos de cremación, la cobertura incluye el ataúd, traslado del
féretro, cremación y la urna que será entregada a los familiares por la empresa
contratada para este servicio.
Procedimientos del Instructivo SIS
Según el
instructivo del SIS para el manejo de estos casos, elaborado en concordancia
con la Resolución
Ministerial N° 100-2020-MINSA y sus modificaciones, cuando ocurra el fallecimiento del asegurado en una
Institución Prestadora de Servicios de Salud (Ipress), la Oficina de Seguros
del establecimiento de salud será la encargada del realizar el trámite de inhumación o cremación y del financiamiento de los servicios funerarios.
El familiar del extinto autoriza la
inhumación o cremación. De no estar presente durante este procedimiento, la
autoridad sanitaria (Diris, Diresa o Geresa) será la encargada de autorizar la
inhumación. El plazo máximo es 24 horas, contado desde el momento de la
certificación del fallecimiento.
Tal como
se indica en este documento oficial, la inhumación o
cremación será
realizada por la empresa que mantenga contrato con el
establecimiento de salud, utilizando las medidas de protección y seguridad que
corresponda.
En el
caso de fallecidos en domicilio o en la
calle, el equipo humanitario de la Diris, Diresa o Geresa es el encargado
de acudir al lugar para constatar y expedir el certificado de defunción, así
como para preparar el cadáver y entregarlo al servicio funerario contratado.
Igualmente,
comunica a la Oficina de Seguros del establecimiento de salud ubicado en la
jurisdicción donde ocurrió el hecho, para la realización de los trámites
respectivos de la inhumación o cremación. El servicio funerario será realizado
por la empresa que tenga contrato con la Ipress.
Para el caso de personas en
condición de indigencia que hayan fallecido por COVID-19 o ser un caso
sospechoso, y no cuente con un seguro de salud, el financiamiento para su
inhumación o cremación será asumido íntegramente por el SIS.
El
instructivo SIS es de carácter público y se encuentra en el portal
institucional del SIS http://www.sis.gob.pe/.
DENUNCIAS DE COBROS INDEBIDOS
El SIS
pone a conocimiento de todo familiar de los asegurados fallecidos producto de
COVID-19, que no deben realizar ningún pago alguno por los servicios de sepelio
dado que son financiados de manera gratuita por esta entidad. Los gastos de
sepelio son cubiertos por el SIS luego de un trámite administrativo por parte
del establecimiento de salud donde falleció la persona o de la jurisdicción
donde ocurrió el deceso (en los casos de muerte en domicilio o en la calle).
Finalmente,
ante cualquier intento de cobro por trámite o sepelio, pueden realizar sus denuncias
a través de los canales oficiales como el correo electrónico (denuncias@sis.gob.pe), el Sistema de Denuncias del
portal web del SIS (www.sis.gob.pe)
o por la Mesa de Partes Virtual (me-sadepartesvirtual@sis.gob.pe) en
documento dirigido a la Oficina de Integridad Institucional.
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