ACUERDO
No.- 092-2016-MPCH
Chincha
Alta, 29 de Diciembre de 2016.
Visto,
el Informe No. 531-2016-GM/MPCH, de fecha 14 de Diciembre
de 2016, de la Gerente Municipal, sobre aprobación del PIA 2017.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece
que "Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción
al ordenamiento jurídico en concordancia con el Artículo 194° de La Constitución Política del Estado, modificado por el
Artículo Único de la Ley N° 30305.
Que, según el artículo 195, numeral l de la
Carta Magna, los gobiernos locales son competentes para aprobar su presupuesto;
así como también lo señala el artículo 42º literal d) de la Ley Nº 27783, Ley
de Bases de la Descentralización y que deberá efectuarse conforme a la Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; En
concordancia con tal facultad del artículo 9º numeral 16, de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, que
indica que le corresponde al Concejo Municipal entre otras atribuciones,
aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos
señalados por ley, bajo responsabilidad.
Que, en ese orden el artículo 53. l. numeral
2, literal b) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
prescribe que el Titular del Pliego propone el proyecto de presupuesto al
Concejo Municipal, para su aprobación mediante Acuerdo, siendo posteriormente
promulgado a través de Resolución de Alcaldía.
Que, el artículo 54.1, literal a) del acotado
dispositivo, indica que los gobiernos locales promulgan o aprueban, según sea
el caso sus respectivos presupuestos dentro de un plazo que vence el 31 de
diciembre de cada año fiscal anterior a su vigencia.
Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto
a través del informe de vistos, remite
el proyecto del Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2017,
el mismo que asciende tanto para el monto de Ingresos y Gastos el monto de S/.
28´788,226.00 (VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTIOCHO MIL DOSCIENTOS
VEINTISEIS Y 00/100 SOLES); indicando que el Presupuesto elaborado se
encuentra en la Directiva No.
002-2015-EF/50.01 y en aplicación a la
Ley 30158 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2017.
Que, en el rubro 1.4 Donaciones y Transferencias; 1.4.1.4.5.1
Fondo de Compensación Municipal que se señala en el Presupuesto presentado por
la Gerencia de Planificación y Presupuesto, prescribe que las transferencias
que corresponden por la recaudación neta del Impuesto de Promoción Municipal
del Impuesto al Rodaje no reembolsable de Fondo de Compensación Municipal por
la suma de S/. 12`260,857.oo Soles, Presupuesto de Ingresos; Están destinado en
un 95% para financiar los gastos corrientes de la entidad y el 5% para financiar
proyectos de Inversión Publica aprobado anteriormente por acuerdo de Concejo.
Que, en el Proyecto del Presupuesto en el
rubro de Gastos, en la Actividad A.- 5.000001 Conducción y Orientación Superior,
se encuentra el gasto de planillas, aguinaldos, bonificaciones del funcionario
elegido por elección política y las Dietas de los señores regidores los cuales
los montos de la Remuneración del Alcalde y la Dieta se mantiene sin manifestar
ningún aumento según Ordenanza Municipal del año fiscal 2016.
Estando a lo
expuesto, a lo aprobado por
mayoría de los Miembros presentes en la votación de dicho acto en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Diciembre del 2015, con la dispensa de la
lectura y aprobación del Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972
Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA
Artículo
Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de
Apertura para el Año Fiscal 2017- PIA de la Municipalidad Provincial de
Chincha, tanto para Ingresos y Gastos la suma ascendente de S/. 28´788,226.00
(VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS Y 00/100
SOLES), para el periodo comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de
2017; de conformidad con los considerandos expuestos en
el presente acuerdo.
Artículo
Segundo.- FIJAR en un 95% del Fondo de Compensación Municipal
(FONCOMÚN) de la Municipalidad Provincial de Chincha a ser destinado para financiar
los gastos corrientes de le Entidad y en un 5% para financiar proyectos de Inversión
Publica.
Artículo
Tercero.- RATIFICAR la Remuneración del Alcalde
y la Dieta de los regidores, conforme al ejercicio presupuestal 2016.
Artículo
Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación y
Presupuesto el cumplimiento del presente acuerdo y la ejecución de los trámites
que resulten necesarios de acuerdo a ley.
Artículo
Quinto.- ENCARGAR al Jefe de Imagen Institucional, la
publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional
(www.munichincha.gob.pe).
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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