Chincha Alta, 20 de
Noviembre del 2013
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo
Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de Agosto del
2013.
VISTO:
El pedido de
conformación de la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Público
Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados
de la Municipalidad Provincial de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo
194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607, Ley
de Reforma Constitucional, concordante con lo dispuesto en el artículo I y II
del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; establece
que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en este
sentido goza de facultades normativas y reglamentarias dentro del ámbito de su
jurisdicción.
Que, el Artículo 17
de la Ley Nº 27181 - Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, indica en
las competencias normativas de las Municipalidades Provinciales, lo siguiente:
Emitir normas y disposiciones, así como realizar actos necesarios para la
aplicación de los Reglamentos Nacionales dentro de su respectivo ámbito
territorial.
Que, el D.S. Nº
055-2010-MTC, Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros
en Vehículos Motorizados y No Motorizados, señala que el citado dispositivo
tiene como objeto establecer las normas generales para prestar el servicio,
precisando además en su artículo 4º, que las municipalidades son competentes
para; aprobar las normas complementarias necesarias para la gestión y
fiscalización del servicio especial, dentro de su jurisdicción.
Que, asimismo el
art. 3.3 del citado Reglamento, indica que los representantes de las
Organizaciones de Transportadores deberán acreditar ante la Comisión Técnica
Mixta su representatividad conforme lo disponga la municipalidad correspondiente,
asimismo, el número de representantes y su forma de participación en la
referida Comisión, será determinado por la respectiva municipalidad.
Que, por otro lado
la Séptima Disposición Complementaria y Final, prescribe las funciones de la
Comisión Técnica Mixta, indicando que cada municipio cuenta con una Comisión
Técnica Mixta, la cual es autónoma y está integrada por los Regidores de la
Comisión de Transporte, o por la Comisión que haga sus funciones, por
representantes acreditados de la P.N.P. y de las Organizaciones de
Transportadores del Servicio Especial.
Que, mediante
Informe Nº 659-2013-DTSV/MPCH, la División de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad
Provincial de Chincha, hace llegar el Proyecto
de Creación de la Comisión Técnica Mixta de la Municipalidad Provincial de
Chincha, señalando la necesidad de conformar dicho ente autónomo y consultivo para
el transporte de pasajeros y carga en vehículos menores, toda vez que en dicha
Comisión se incluyen a las personas
idóneas y con capacidad para formular propuestas y/o participar en el análisis
de las iniciativas sobre las diferentes materias en temas de transporte de
vehículos menores, sugiriendo la creación de esta Comisión.
Estando al visto
bueno de la Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades, con el voto mayoritario del concejo municipal en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 23 de Agosto del 2013, con la dispensa de la
lectura del acta, ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE CREA LA CONFORMACION DE LA
COMISIÓN
TÉCNICA MIXTA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL
DE PASAJEROS Y CARGA EN
VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS
Y NO MOTORIZADOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ARTÍCULO PRIMERO.- CONFORMAR,
la Comisión Técnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en
Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados de la Municipalidad Provincial
de Chincha, con jurisdicción territorial en el Distrito de Chincha Alta, la
misma que quedara integrada por
Regidores de la Municipalidad Provincial, el Jefe de la División de Transporte y
Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Chincha, dos representantes
acreditados de la P.N.P. y tres representantes acreditados de la Organización
de Transportadores. La acreditación de los representantes de las Organización
de Transportadores, se hará tomando en
cuenta su representatividad y la
proporcionalidad de cada Organización.
ARTÍCULO SEGUNDO.- FACULTAR,
al señor Alcalde Provincial, para reglamentar y/o emitir las disposiciones
necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO TERCERO.-
ESTABLECER que las funciones de la Comisión Técnica Mixta son:
Participar en la
formulación de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden
del tránsito y el transporte público en la jurisdicción del Distrito de Chincha
Alta, para ponerlas a consideración de la autoridad competente.
Formular propuestas
y/o participar en el análisis de las iniciativas sobre el programa anual de
educación y seguridad vial.
Promover y difundir
los acuerdos destinados a la mejora de la imagen y calidad del servicio de transporte público
especial de pasajeros en vehículos menores.
Formular propuestas
y/o participar en los proyectos de modificación de las normas complementarias
al reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, emitida por la
autoridad competente.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR,
a la Gerencia Municipal y Gerencia de Acondicionamiento Territorial y la
División de Transporte y Seguridad Vial, para que brinden el apoyo que
corresponde a la Comisión conformada mediante la presente Ordenanza.
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR,
a la Secretaría General la publicación
de la presente norma en el diario oficial de la provincia, la misma que entrará
en vigencia al siguiente día de su difusión.
Regístrese,
comuníquese, publíquese y cúmplase.
Lic. Lucio Juárez
Ochoa
Alcalde