ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2019-MDS
Sunampe,
18 De Enero 2019
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
El concejo distrital de Sunampe en sesión
ordinaria descentralizada llevada a
cabo en el centro poblado san Martin de
fecha 17 de enero del 2019, por unanimidad
de regidores asistente
y ;
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con el Artículo 194° de
la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de Gobierno
Local, tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de
su competencia.
Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, en su Artículo II del Título Preliminar, señala que las
“municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia. Asimismo, el numeral 8) del Artículo 9° de dicha Ley
establece que son atribuciones del concejo Municipal aprobar, modificar o derogar
Ordenanzas”.
Que, el Artículo 53° de la Ley 27972,
establece que “Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos
anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan,
aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los
planes de desarrollo concertados de su jurisdicción…”.
Que, el Artículo 73° de la Ley 27972, señala
como "funciones específicas generales que es de competencia municipal en
materia desarrollo y economía local, según inciso 4.5, el “fomento del turismo
local sostenible”.
Que, el Artículo 82° de la Ley 27972, señala
como funciones específicas de las municipalidades, compartidas con el gobierno
nacional y regional en materia de educación, cultura, deportes y recreación y
en el inciso 15 la de “fomentar el turismo sostenible y regular los servicios
destinados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes”.
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, señala en el primer párrafo del Artículo 17º numeral 17.1)
que “Los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana
en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y
presupuestos, y en la gestión pública...”, asimismo señala en su artículo 18º numeral
18.2) que “los planes y presupuesto participativos son de carácter territorial
y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público como del
privado, de las sociedades regionales, locales y de la cooperación técnica
internacional”;
Que, la Ley N° 29408, Ley General de Turismo,
señala en el Artículo 1° que “declárese al turismo de interés nacional y debe
tener un tratamiento como política prioritaria del Estado para el desarrollo
del país; así mismo, indica que los ministerios, gobiernos regionales,
gobiernos locales y las entidades públicas vinculadas a las necesidades de
infraestructura y servicios para el desarrollo sostenible de la actividad
turística deben considerar en sus planes, presupuestos, programas, proyectos y
acciones, los requerimientos del sector turismo formulados por el ente rector
de esta actividad”.
Mediante
informe N°002-2019/MDS-GDE-CJPP,
por Carlos Junior Paucar Pelaez, gerente de desarrollo
económico –MDS , solicita la creación
de marca ciudad “Sunampe”,
visto en la necesidad de
aumentar la identidad local, el
turismo y el comercio, en nuestra ciudad, presenta
diagnóstico: frente a la necesidad
de aumentar el índice de
identidad, turismo y comercio, de nuestra localidad es prioritario implementar
acciones para creación de una imagen
emblema denominado marca
ciudad “Sunampe” que
será administrada
por la municipalidad
distrital de Sunampe. Dado que este proyecto se convertirá
en una gran estrategia turística durante el transcurso de las actividades en el sector turístico y de comercio, razón
por la cual la municipalidad distrital de Sunampe debe implementar las mejores
estrategias para el uso adecuado de la misma.
DIAGNOSTICO
Frente a la necesidad de
aumentar el índice de identidad, turismo
y comercio en nuestra localidad es
prioritario implementar acciones para creación de una imagen emblema denominada
marca ciudad “SUNAMPE”, que será
administrada por la Municipalidad Distrital de Sunampe . Dado que ese proyecto
se convertirá en una gran estrategia turística durante el transcurso de las
actividades en el sector turístico y de comercio, razón por la cual la
Municipalidad Distrital de Sunampe debe
implementar las mejores estrategias para el uso adecuado de la misma.
OBJETIVOS
OBJETO GENERAL
.Lograr los
diferenciales del distrito, personajes, lugares, productos, restaurantes,
entre otros- con la finalidad de posicionarla en nivel local, regional,
nacional e internacional generando una
mayor afluencia de turistas y elevar el índice
de personas que vivan en nuestro distrito
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
·
Lograr generar
identidad de los habitantes de nuestro.
·
Generar mayor
movimiento económico en nuestro distrito
·
Lograr captar proyectos
de inversión privada
·
Establecer elevar el índice de turistas que
visitan satisfactoriamente nuestra ciudad.
CREACIÓN
Y DESARROLLO DE LA MARCA CIUDAD
Una
marca es un nombre, un término, una señal, un símbolo, un diseño, o una combinación
de alguno de ellos que identifica bienes y servicios de un vendedor o grupo de
vendedores, y los diferencia de los de los competidores
·
Atributos: una
marca nos recuerda determinados atributos.
·
Beneficios: los atributos deben
poder traducirse a benefi cios
funcionales o emocionales.
·
Valor: la
marca habla también de los valores de quien la produce.
·
Cultura: la
marca puede representar ciertos valores culturales.
·
Personalidad: la
marca puede proyectar cierta personalidad.
·
Consumidor: una
marca hace referencia al tipo de consumidor que compra ese producto.
La marca ciudad será el nombre de la ciudad,
además del logo y eslogan, asociado a un grupo de atributos que, percibidos por
el público objetivo, provocarán reacciones positivas o negativas. Pero si una
ciudad trata la marca como un mero nombre se equivoca. El desafío de la
denominación de marca es crear una serie de profundas asociaciones positivas
que la reflejen.
DETALLES
TÉCNICOS DE PROPUESTA DE LA MARCA CIUDAD:
Finalmente,
nuestro eslogan “tierra del sol y buen vino” apoyado en una tipografía
simple y muy amigable, refleja nuestra misión: hacer que las personas
reconozcan a nuestra ciudad, un distrito agradable en el cual pueden visitar,
recrearse y deleitar de los mejores productos de nuestras viñas.
SOSTENIBILIDAD.-
La
ciudad debe estar en la capacidad de responder a las expectativas y necesidades
de sus actores, renovar e innovar a nivel de sus potencialidades y atractivos,
y de esta manera poder competir en un mercado permanentemente en movimiento y
cambio
LA CREACIÓN DE LA MARCA CIUDAD “SUNAMPE” promoverá el estricto cumplimiento
del desarrollo económico y turístico del distrito, tipificado en la
Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades Ley 29408.
Para garantizar la sostenibilidad, LA MARCA CIUDAD “SUNAMPE”, será
inscrito en INDECOPI, Dirección Regional
del Turismo y Prom Perú.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO. - Aprobar
la CREACIÓN DE LA MARCA CIUDAD
“SUNAMPE”, promoverá el estricto
cumplimiento del desarrollo
económico y turístico del distrito.
ARTÍCULO
SEGUNDO. -Encargar a la secretaría general la publicación
del presente acuerdo de concejo en el diario de mayor circulación regional; a
la gerencia de imagen institucional e informática su publicación en el portal
institucional.
POR
TANTO:
Regístrese,
comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSE
MIGUEL MATIAS ROJAS
Alcalde
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