CONSTITUYE DELITO DE FALSEDAD GENÉRICA
La Oficina Nacional de Procesos
Electorales (ONPE), recuerda que el uso indebido del logo institucional en publicaciones
y propagandas sin autorización expresa del titular o de la máxima autoridad
administrativa, constituye delito de falsedad genérica.
En ese sentido, el utilizar el logotipo de la ONPE, así como cambiar o
modificar el diseño o contenido de la cédula del Referéndum Nacional y de la Segunda
Elección de Gobernador y Vicegobernador Regional 2018, en publicaciones ajenas
a la institución o a lo establecido por Ley, correspondería el inicio de
acciones legales pertinentes contra los responsables de los perjuicios
ocasionados.
Cabe indicar, que el Decreto Supremo N°003 - 2008-PCM
dispone que se iniciarán acciones legales e incluso penales en contra de los
responsables ante el uso no autorizado de los símbolos.
En sus considerandos, la nor-ma recuerda que el Art.
438° del Código Penal sanciona con pena privativa de la libertad a aquella
persona que comete falsedad simulando, suponiendo, alterando la verdad intencionalmente
y con perjuicio de terceros, por palabras, hechos o usurpando nombre, calidad o
empleo que no le corresponde.
Se indica que la ONPE está trabajando permanentemente
en la organización de los pró-ximos comicios con total transparencia y de
acuerdo a los lineamientos establecidos por Ley, en tal sentido exhorta a los
ciudadanos a no dejarse engañar por publicidad falsa; y de tener alguna duda
informarse correctamente mediante la página web de la institución
www.onpe.gob.peo llamando al 0800-20-100.
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