jueves, 6 de octubre de 2016

Municipalidad Provincial de Pisco


DECRETO N° 010-2016- MPP
Pisco, 02 de septiembre de 2016
VISTO:
El Informe Nº 364-16-MPP-GDSE, emitido por la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, mediante el cual remite proyecto de la Directiva: PROCEDIMIENTO  PARA EL DESARROLLO DE REEMPADRONAMIENTO DE COMERCIANTES DEL MERCADO Nº 02 “EDUARDO CHÁVEZ RISCO” DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO;
CONSIDERANDO:
Que, según el Artículo 53º de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de Desarrollo Concertado de su jurisdicción;
Que, mediante documento de Visto, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, señala la necesidad de efectuar un reempadronamiento actual urgente y obtener un registro de puestos, con el fin de obtener información real y actuar de acuerdo a los lineamientos establecidos de detectarse irregularidades, por ello remite el proyecto de la Directiva: PROCEDIMIENTO  PARA EL DESARROLLO DE REEMPADRONAMIENTO DE COMERCIANTES DEL MERCADO Nº 02 “EDUARDO CHÁVEZ RISCO” DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO, tiene como finalidad mantener un listado actualizado de los comerciantes y el giro de su actividad, dentro del Mercado Nº 02 “Eduardo Chávez Risco” de la provincia de Pisco, así como el ordenamiento, vigilancia y cautela en el desarrollo de las acciones del mismo, la misma que contiene su ámbito y alcance, finalidad, objetivo, base legal, procedimiento del empadronamiento, numeración de los puestos, designación de la Comisión del proceso de empadronamiento y dos disposiciones complementarias;
Que, la Directiva, se encuentra enmarcada dentro de las facultades de la administración interna de la Municipalidad como es la Administración del Mercado Nº 02 “Eduardo Chávez Risco”, lo que es concordante con el Art. 83º inciso 2) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, toda vez que se trata de un Mercado Municipal, por lo que corresponde a la Municipalidad administrar sus reglamentos internos a través de Decretos de Alcaldía, conforme lo establecido en el Art. 42º de la Ley Nº 27972;
Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, con Informe Nº 569-2016-MPP-OGAJ;
En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 20º, numeral 6 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBARla Directiva Nº 010-2016-MPP: “PROCEDIMIENTO  PARA EL DESARROLLO DE REEMPADRONAMIENTO DE COMERCIANTES DEL MERCADO Nº 02 “EDUARDO CHÁVEZ RISCO” DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO” que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR  a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Social y Económico el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
POR TANTO:
Mando se Registre, Publique, Comunique y Cumpla.
Tomás Villanueva Andia Crisóstomo

Alcalde 

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