viernes, 15 de marzo de 2019

Municipalidad Provincial de Chincha - ACUERDO DE CONCEJO


Municipalidad Provincial de Chincha

ACUERDO DE CONCEJO  N° 006 -2019-MPCH
Chincha Alta, 04 de Marzo de 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto, el Informe N° 025-2019-GM/MPCH, de fecha 06 de Febrero de 2019, emitido por el Gerente Municipal, sobre autorización  para la interposición de la pertinente demanda de conformidad con lo establecido en el numeral 23 del artículo 9° de la Ley N° 27972, ley Orgánica de Municipalidades. 
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27072, Ley Orgánica de Municipalidades en cuanto se refiere a la Aplicación de Leyes Generales y Políticas y Planes Nacionales, señala, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; así como las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos y a los sistemas administrativos del estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo
Que, asimismo el Artículo 9°, numeral 23 de la Ley N° 27972, ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal “Autorizar al Procurador Publico Municipal, para que en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie e impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el  órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. Asimismo el artículo 29°, respecto a la Procuradurías Publicas Municipal señala lo siguiente “La representación y  defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a la Ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el  personal de apoyo que requiera. Los procuradores municipales son funcionarios designados por el alcalde y dependen administrativamente  de la municipalidad, y funcional y normativamente del Concejo de Defensa Judicial del estado ”En sus artículos 39° y 41° de la ley 27972, prescribe respectivamente que “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos “,y “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional
Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1068, los Procuradores Públicos  Municipales ejercen la Defensa Jurídica del Estado de acuerdo a la Constitución, al Citado Decreto Legislativo, su Ley Orgánica y su reglamento Decreto Supremo N° 017-2008-JUS.
Que, el Procurador Publico de la Municipalidad Provincia de Chincha refiere en su Informe N° 0018-2019-JAYV-PPM/MPCH  respecto a la Resolución N° 0871150000283, del 11 de Enero del 2018, que ESSALUD ha declarado  Infundado el recurso de Apelación formulado por la Municipalidad Provincial de Chincha  dándose por agotada la vía administrativa ha declarado infundada la apelación formulada por la Municipalidad Provincial de Chincha, disponiéndose el cobro de prestaciones otorgadas por el importe de S/. 295,845 y 00/100 (Doscientos noventa y cinco mil ochocientos cuarenta y cinco y 00/100 soles), y que por tanto, en defensa y en salvaguarda de los intereses y derechos de la Municipalidad Provincial de Chincha, es preciso interponer Demanda Contenciosa Administrativa por ante el Poder Judicial; ampara su pedido en lo dispuesto en el inciso 23 del Artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, con informe de vistos, el Gerente Municipal remite todo lo actuado al Concejo Municipal para que se autorice al Procurador Municipal inicie las acciones en defensa y en salvaguarda de los intereses y derechos de la Municipalidad Provincial de Chincha, a fin de interponer Demanda Contenciosa Administrativa por ante el Poder Judicial.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y a lo aprobado por unanimidad por los Regidores del Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 28 de Febrero de 2018.
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- Autorizar al Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Chincha, Abog.  Julio Alexander Yataco Vilca,  para que inicie las acciones en defensa y en salvaguarda de los intereses y derechos de la Municipalidad Provincial de Chincha; en atención a las consideraciones expuestas.   
ARTICULO SEGUNDO: Notificar el presente Acuerdo al Procurador Público Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha, con copia de todo lo actuado, para su cumplimiento; debiéndose informar al Pleno del Concejo Municipal las acciones pertinentes.
REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Armando Huamán Tasayco
Alcalde

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