ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2019-MDS
Sunampe,
18 de enero 2019
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
El Concejo Distrital de Sunampe en Sesión
Ordinaria descentralizada llevada a cabo en
el centro poblado San Martin
de fecha
17 de enero del 2019, por unanimidad
de regidores asistente
y ;
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política del Perú en sus
artículos 2º y 67º establece que es deber primordial del Estado garantizar el
derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional
del Ambiente. Asimismo, el Artículo 194º, reconoce que los Gobiernos Locales
tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, precepto constitucional que otorga expresamente al Concejo
Municipal la función normativa, en concordancia con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante oficio N°001-2019
–HSJCH/ emitido por Dr. ángel Ricardo chau Saravia,
jefe del centro comunitario “ nuevo horizonte” , el mismo que
solicita se ceda en sesión de
uso el ii nivel de las instalaciones del policlínico municipal san Martin, las misma que la necesidad de ambientes por implementar y a la
acogida de pacientes a nuestro
establecimiento.
La misma que la realiza teniendo en cuenta la
suscripción de convenio de cesión de uso
entre la municipalidad distrital de Sunampe, y la
unidad ejecutora 401
salud hospital san José de
chincha, su fecha 08 de
junio del 2018, la misma que
expresamente señala en su
clausula segunda
objeto: el objeto del presente es la
suscripción de convenio de cesión de usos
del bien inmueble (ambiente) – segundo piso del policlínico municipal san Martin
de propiedad de la municipalidad
de Sunampe, ubicado en el centro
poblado san Martin, distrito
de Sunampe, provincia de chincha, el mismo que será
exclusivamente destinado para la
construcción y posterior funcionamiento del centro comunitario de salud
mental …….
Clausula sexta: del plazo de
convenio
La
vigencia del presente convenio es de un (02) años contado a partir
de la fecha de la
suscripción del mismo , pudiendo ser
renovable, se podrá
modificar o ampliar los términos
del presente convenio , previa coordinación y arreglo a
ley.
y con
posterioridad mediante acuerdo de
concejo n°035-2018-mds, de fecha 06 de junio
del 2018 mediante
sesión extraordinaria , acordó
aprobar la suscripción del convenio entre la municipalidad distrital de Sunampe y
la unidad ejecutora 401
salud hospital san José chincha, mediante adenda sobre
cesión de uso del segundo piso
del policlínico municipal san Martin, se modificó las
siguientes clausulas:
clausula segunda: el objeto :
la
presente adenda tiene por finalidad la modificación de la
cláusula sexta, respecto al
plazo de
vigencia del convenio , debido a
los tiempos de evaluación
de los indicadores que previamente
se ha coordinado internamente con
la parte solicitante (el hospital) siendo
necesario ampliarse hasta los
diez (10) años a partir de su suscripción.
Clausula tercera. De la
modificación.
Por acuerdo de concejo n°042-2018 –MDS, de
fecha once de julio de 2018 , se aprobó la autorización del alcalde
para la suscripción de la adenda
que otorga ampliación de
plazo del convenio por el tiempo
de diez
años, quedando inalterable, las
demás cláusulas del contrato primigenio , siendo la modificatoria
de presente contrato solamente en los plazos, no pudiendo modificarse en las otras clausulas .,
Ambas suscrito por David Lorenzo Matías
Atuncar, alcalde de la municipalidad distrital de Sunampe, y Dr.: Hugo
Enrique Huamán Brizuela, Director
Ejecutivo Del Hospital San José
De Chincha Unidad Ejecutora
N°401.
Estando lo expuesto Las misma que los
señores regidores en uso de sus
facultades propusieron que la
sesión de uso del de
bien inmueble (ambiente) segundo piso,
tenga su informe detallado de asesoría
legal de la Municipalidad distrital de Sunampe, las misma que no perjudique a la población.
considerando las intervenciones de los señores regidores se aprobó por
unanimidad instalar la consulta popular en el centro poblado san Martin, a fin de que
puedan decidir de manera democrática el otorgamiento del inmueble
(ambiente) segundo piso, para ello contando
con el respaldo de órganos competentes para la realización de dicha consulta.
Estando a lo expuesto y contando con la
aprobación por unanimidad del Concejo Municipal en pleno y en el cumplimiento
de las facultades conferidas en los Artículos 39º, 41º y 44º de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades
ACUERDA:
Artículo
Primero. - solicitar al área de asesoría legal informe
detallado de la suscripción del
convenio entre la municipalidad
distrital de Sunampe y la unidad
ejecutora 401 salud hospital san José chincha.
Artículo
Segundo. - instalar consulta popular en el centro
poblado san Martin, a fin de que puedan decidir de manera democrática el
otorgamiento del inmueble (ambiente) segundo piso, para ello contando con el respaldo de órganos competentes para
la realización de la consulta.
Artículo
Tercero
.-Encargar a la secretaría general la publicación del
presente acuerdo de concejo en el diario de mayor circulación regional; a la
gerencia de imagen institucional e informática su publicación en el portal
institucional.
POR
TANTO:
Regístrese,
comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSE
MIGUEL MATIAS ROJAS
Alcalde
0 comentarios:
Publicar un comentario