ORDENANZA Nº001-2019-MDS
Sunampe, 18 de Enero de 2019
EL ALCALDE
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
A la Sesión de Concejo
Ordinaria llevado a cabo en el Centro Poblado San Martin, con fecha 17 de enero
del 2019. con la presencia de los Regidores se aprobó por unanimidad el
Proyecto de Ordenanza N°001-2019-MDS y,
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, la
Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece
en su Artículo 8º que la administración municipal está integrada por los
funcionarios y servidores públicos, empleados y obreros que prestan servicios
para la municipalidad, correspondiendo a cada municipalidad organizar la
administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto; y en su Artículo
9º, señala como atribuciones del Concejo Municipal en numeral 3: Aprobar
el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local y en su
numeral 32: Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las
pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de
puestos de trabajo.
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40º de
la misma norma, señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales
se aprueba la organización interna de la entidad municipal;
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de la
Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado en proceso de
modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública
y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
señalando a la vez los criterios de diseño y estructura de la Administración
Publica
Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través
de la Secretaría de Gestión Pública, en su calidad de órgano rector del Sistema
de Modernización de la Gestión Pública, derogó el Decreto Supremo Nº
043-2006-PCM a través del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los
Lineamientos de organización del Estado, señalando la potestad de auto
organización para su adecuado funcionamiento aplicable a los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, indicando que el Diseño de las Entidades
Públicas fija los criterios de evaluación, la estructura orgánica y funcional,
las reglas y los niveles de organización para identificar un modelo de
organización que más se ajuste a esta y facilite la elaboración o modificación
de su estructura orgánica funcional.
Que, el Artículo 7.1 e) del Decreto Supremo Nº
123-2018-PCM, señala que las entidades públicas conforme a su tipo,
competencias y funciones adoptan una determinada estructura y se organizan a
fin de responder al objeto para el que fueron creadas y atender las necesidades
de las personas. El diseño interinstitucional se realiza esencialmente como un
medio para organizar el trabajo, la toma de decisiones, las responsabilidades
asociadas a las funciones, entre otros. El funcionamiento comprende la
asignación y distribución de funciones al interior de una entidad en el marco
de los principios de legalidad, especialidad y jerarquía, así como de las
reglas de no duplicidad, coherencia, entre otras contenidas en la normativa de
la materia.
Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 022-2015-MDS
del 16 diciembre 2015, se aprobó la Estructura Orgánica Funcional y el
Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad Distrital de
Sunampe; la misma que fue modificada mediante Ordenanza Municipal Nº
023-2016-MDS de fecha 16 de diciembre de 2016, ordenanzas aprobadas por el
Concejo Municipal pero que en el proceso de Trasferencia de gestión
administrativa de la Municipalidad Distrital de Sunampe, luego de analizar la
documentación obrante de entrega de cargo de la administración saliente
realizado acorde a la normatividad vigente, se verificó que la estructura
orgánica actual con la que han trabajado, no se
no se ajusta a la estructura aprobada por el Concejo Municipal el 2015 mediante la indicada Ordenanza
Municipal Nº 022-2015-MDS.
Que, la situación descrita aunada a la carencia de los
instrumentos de gestión en físico en la Municipalidad distrital de Sunampe,
evidencia déficit estructural, administrativo y económico de la entidad,
creando una descoordinación funcional entre las diferentes unidades y
ineficiente asignación de atribuciones a autoridades y funcionarios, mostrándose
como una entidad ineficiente, sin planificación y dirección coherente lo cual
impide arribar hacia una sociedad más inclusiva y ordenada; surge entonces, la
necesidad de revertir esta situación mediante una reestructuración y
reorganización total para obtener mejoras en los procesos administrativos en
beneficio de la entidad, desarrollando una mejor comunicación, mayor compromiso
e involucramiento del titular, funcionarios y servidores públicos, acorde a los
criterios para el diseño organizacional de la entidad pública y al proceso de
modernización del Estado.
Que, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 26° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la
administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en
principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente
y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia,
simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana y por
los contenidos en la Ley N° 27444; de igual forma en su Artículo 28º señala que
la estructura orgánica municipal básica de la municipalidad comprende en el
ámbito administrativo, a !a gerencia municipal, el órgano de auditoría interna,
la procuraduría pública municipal, la oficina de asesoría jurídica y !a oficina
de planeamiento y presupuesto; ella está de acuerdo a su disponibilidad
económica y los limites presupuéstales asignados para gasto corriente. Los
demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determina cada
gobierno local.
Que, estando a lo expuesto y en uso de las
atribuciones conferidas por los incisos 3 y 32 del artículo 9º en concordancia
con el inciso 14 del artículo 20º, así como el artículo 41º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, contando con la aprobación unánime
y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta,
el Concejo Municipal ha aprobado la siguiente;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA REESTRUCTURACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
ARTÍCULO
1°.-APROBAR la Reestructuración Administrativa de
la Municipalidad Distrital de Sunampe
ARTICULO
2°.-DESIGNAR a los integrantes de la Comisión de
Reestructuración Administrativa de la Municipalidad Distrital de Sunampe, el
cual está conformado de la siguiente manera:
Presidente : GIANMARCO
VALENCIA PEREZ
Integrantes : HUGO
MANUEL PACHAS PEÑALOZA
MARITZA MERCEDES MONTES MORALES
JUAN JOSÉ SANCHEZ VARGAS
TOMAS HUMBERTO SARAVIA TASAYCO
ARTÍCULO
3°.-ENCARGAR a la constituida Comisión de
Reestructuración Administrativa de la Municipalidad Distrital de Sunampe,
cumplir sus funciones en el término de noventa (90) días calendarios, en cuyo plazo
deberán de adoptarse y dictarse las disposiciones necesarias para optimizar sus
recursos y funciones adecuándola a la estructura orgánica a las necesidades y
objetivos institucionales de la gestión municipal.
ARTÍCULO
4°.-MODIFICAR la estructura orgánica de la
municipalidad y actualizar los documentos de gestión: Reglamento de
Organización y Funciones (ROF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Manual
de Organización y Funciones (MOF) y Presupuesto Analítico del Personal (PAP).,
plan estratégico institución (PEI) Plan Operativo Institucional (POI), directivas de tesorería, directivas de caja chica,
directivas de viáticos, directivas de
asistencia y permanencia, directivas de ejecución presupuestaria, Texto Único
de Procedimiento Administrativos (TUPA),
Reglamento Interno de
Trabajo (RIT)
ARTICULO
5º.- FACULTAR al Gerente Municipal para que
inicie las medidas conducentes al deslinde de responsabilidades
administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios y/o servidores
públicos, cuya omisión haya permitido la situación administrativa negativa de
la Municipalidad distrital de Sunampe.
ARTÍCULO
6°.-DEJAR SIN EFECTO toda disposición municipal
que se opongan a la presente.
Regístrese
comuníquese, publíquese y cúmplase
JOSE MIGUEL MATIAS ROJAS
Alcalde
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