miércoles, 2 de enero de 2019

Municipalidad Provincial de Chincha



ORDENANZA Nº  029-2018-MPCH
Chincha Alta, 31 de Diciembre de 2018.
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL PREDIO DOÑA PANCHA UBICADO EN EL SECTOR POZUELO SUR DEL DISTRITO DEL CARMEN, PROVINCIA DE CHINCHA, DEPARTAMENTO DE ICA
ARTICULO PRIMERO .- APROBAR el Planeamiento Integral de la superficie territorial del  predio rustico ubicado en el sector Pozuelo Sur, altura de la Carretera Panamericana Sur(autopista) Km. N° 222 aproximadamente, distrito El Carmen, provincia de Chincha, departamento y región de Ica, cuyas Áreas, Linderos y Medidas Perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Electrónica N° 11080215 en la Oficina Registral de Chincha, Zona Registral Nº XI, Sede Ica, de propiedad de DOÑA PANCHA S.A. C, sobre una superficie de 30.0722 Has, delimitado por los linderos y medidas perimétricas siguientes:
Por el (Norte): Colinda con PROPIEDAD DE DOÑA PANCHA S.A.C., con una línea quebrada de cinco tramos de, 261.80 ml, 29.60 ml, 67.79 ml, 98.05 ml y 116.61 ml.  
Por el (Este): Colinda con PROPIEDAD DE DOÑA PANCJHA S.A.C., con una línea quebrada de nueve tramos de, 53.77 ml, 67.78 ml, 87.59 ml, 4.17 ml, 22.22 ml, 69.73 ml, 118.39 ml, 44.34 ml y 106.15 ml.
Por el (Oeste): Colinda con CAU HUASCAR, con una línea quebrada de tres tramos de, 338.84 ml, 110.00 ml y 440.00 ml. 
Por el (Sur): Colinda con FUNDO POZUELO SUR, con    una línea quebrada de tres tramos de, 100.00 ml, 100.00 ml y 370.83 ml.
ARTICULO SEGUNDO.- ASIGNAR al predio descrito en el artículo la Zonificación Residencial Densidad Baja(RDB) – R1 HABILITACIONES URBANAS PARA USO DE VIVIENDA TIPO CLUB, TEMPORAL O VACACIONAL, concordando con la zonificación existente en el PLAN DE DESARROLLO URBANO DE LA PROVINCIA DE CHINCHA(aprobado mediante Ordenanza Municipal N°030-2007-MPCH) y el REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES – NORMA TH.10-TIPO DE HABILITACIONES, conforme a los Planos y Memorias que forman parte de la presente ordenanza.
ARTICULO TERCERO.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral que se aprueba mediante la presente ordenanza, tendrá una vigencia de 10 años de acuerdo al artículo 39 de la Norma GH.020 del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobada por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA.
ARTICULO CUARTO.- DERIVAR la presente ordenanza municipal a la Municipalidad Distrital de El Carmen, con la debida nota de atención, encomendándole que la presente debe publicarse en el diario de mayor circulación para que entre en vigencia.
ARTCIULO QUINTO.- ENCARGAR  a la Secretaría General, disponer la publicación de la presente ordenanza en la página web de la Municipalidad Provincial de Chincha, para los efectos de ley.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE


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