ACUERDO Nº-054-2018-MPCH
Chincha
Alta, 25 de Setiembre de 2018
Visto;
el Informe N° 007-MRMCH-2018, emitido
por el Sr. Santiago Perona Miguel de Priego – Encargado del Museo Regional de
Chincha, mediante el cual solicita se instale nuevamente el obelisco de
Ildefonso (entre la Calle Lima y Miguel Grau) con su respectiva placa recordatoria.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo
194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Articulo Único de
la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la
Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades
Provinciales y Distritales son los
órganos de gobierno local. Tienen autonomía, política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 41, de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades señala: "Los acuerdos son decisiones, que toma
el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o
institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar
un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, conforme a lo que señala como función
específica de la Municipalidad, entre otras de la Ley 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades en el artículo 79°, inciso 1, apartado 1.4 numeral 1.4.5
“Nomenclatura de calles, parques y vías”, en materia de Fijación y Uso del
suelo.
Que, el artículo 1°
del Reglamento de Nomenclatura Vial y Áreas de Recreación Publica D.S. No.
04-95-MTC, establece que la nomenclatura de las vías públicas y de las áreas de
Recreación publica de las áreas urbanas del país es competencia de los
Gobiernos Locales.
Que, de acuerdo al
Informe N° 007-MRMCH-2018, emitido por el Sr. Santiago Perona Miguel de Priego – Encargado
del Museo Regional de Chincha, solicita se instale nuevamente el obelisco de
Ildefonso (entre la Calle Lima y Miguel Grau) con su respectiva placa
recordatoria y se ilustre la memoria de los Chinchanos el nombre del obelisco
que se levantó en homenaje a Ildefonso;
debate que se realizó en el pleno del Concejo con respecto al nombre de la
calle que muchos la llaman Idelfonso, San Idelfonso; cuando el verdadero nombre
era de Ildefonso en memoria del negro esclavo que se revelo contra sus patrones
y se plegó a la lucha de la Independencia del Perú.
Estando a lo expuesto, de conformidad con lo
previsto en el 41°de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, a lo
aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 03 de Setiembre
de 2018, y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta aprobó
el siguiente;
se aprobó por unanimidad rectificar el nombre
de la calle que se encuentra entre la intersección
de la Av. Fátima hasta la Panamericana con el nombre de Ildefonso como corresponde.
El Alcalde recalco que todo lo que hacemos acá en el nivel de decisión pasa por
usos y costumbres y de unas u otras forma todos los que estamos aquí debemos saber
los antecedentes y cualquier situación que haya ocurrido en el tiempo
ACUERDO:
ARTÍCULO
PRIMERO.- RECTIFICAR el nombre de la calle que se
ubicado entre la intersección de la Av. Fátima – Frente Parque de la Madre
hasta la (05 esquinas); debiendo ser el nombre correcto Ildefonso.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- DERIVAR copia del presente acuerdo a la SUNARP, Electro
Dunas, SUNAT, SEMAPACH y Empresas Telefónicas, para que tomen conocimiento de
lo dispuesto en el artículo precedente.
ARTICULO
TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación
del presente acuerdo en el Diario de mayor circulación de la ciudad y en la
página Webb de la Entidad. Así como
hacer de conocimiento a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro
y Supervisión de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, a la Gerencia de
Administración Tributaria y Gerencia de Servicio al Ciudadano para los fines
pertinentes.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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