jueves, 6 de septiembre de 2018

Municipalidad Distrital de Sunampe



RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0951-2018-MDS/A
Sunampe, 03 de septiembre del 2018
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
El Acta Final de la Comisión de Concurso Publico de Méritos, para la Contratación de un Auxiliar Coactivo, convocatoria de concurso público de méritos N° 005-2018-MDS, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven, los asuntos de carácter administrativo de conformidad con lo previsto en el artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el TUO la Ley 26979 de Procedimientos Coactivos y sus modificatorias, en su artículo segundo, definiciones a) Entidad, manifiesta que es aquella de la administración pública nacional, que está facultada por Ley a exigir coactivamente el pago de las acreencias o la ejecución de una obligación;
Que, el TUO de la Ley 26979, Ley de Procedimiento Coactivo, en su artículo 7º establece que para la designación y remuneración, manifiesta que la designación del Ejecutor como la del Auxiliar Coactivo se ejecutara mediante Concurso Público de Méritos;
Que, la Ley Nº 27204, “Ley que precisa que el cargo de Ejecutor Coactivo y Auxiliar coactivo no es cargo de confianza”, en su artículo 1º establece que el Ejecutor Coactivo y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el ar-tículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza;
Que, asimismo se precisa que mediante Resolución de Alcaldía Nº 0873-2018-MDS/A, se formalizo la Comisión Especial para la designación de un (1) Auxiliar Coactivo para la Municipalidad Distrital de Sunampe, Provincia de Chincha, Ica, convocándose a Concurso Publico de Méritos Nº 005-2018-MDS, para la Contratación de un Auxiliar Coactivo D.L. Nº 276, para el inicio de las labores del ganador del concurso será a partir del 03 de septiembre del presente año;
Que, mediante acta final de resultados firmada por la comisión especial para la designación de un (1) Auxiliar Coactivo para la Municipalidad Distrital de Sunampe, se considera ganadora a la Abog. Mary Leydi Loza Mantari;
Estando a lo expuesto y conforme a las facultades otorgadas por el artículo 20º, numeral 6, y el artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR a partir del 03 de septiembre del 2018, a la Abog. Mary  Leydi  Loza Mantari, con registro CAI N° 4692, en el cargo de AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Sunampe, bajo el régimen laboral del sector público regulado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley específica de la materia.
ARTÍCULO SEGUNDO.ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Administración Tributaria y Fiscalización, y a la Jefatura  de Personal, el cumplimiento de la presente Resolución en cuanto sea de su competencia,
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a Secretaria General la Acreditación de la citada Auxiliar Coactiva ante todas las Entidades Públicas y Privadas de esta ciudad.
REGISTRESE,  COMUNIQUESE  Y CUMPLASE.
DAVID LORENZO MATÍAS ATÚNCAR
ALCALDE


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