PARA LOS COMICIOS DEL 7 OCTUBRE
Mañana jueves 26
de julio, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realizará el
sorteo de miembros de mesa que integrarán las 80 mil 940 mesas de sufragio que
se instalarán en todo el país, donde emitirán su voto 23 millones 375 mil uno
electores.
El sorteo se desarrollará simultáneamente en cada una
de las 94 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE),
distribuidas en todo el país, entre los 25 ciudadanos seleccionados días atrás
por cada una de las mesas de sufragio que se instalarán a nivel nacional.
En aquella selección, según el artículo 55 de la Ley
Orgánica de Elecciones (Ley 26859), se
prefirió a los ciudadanos con mayor grado de instrucción y a quienes no han
ejercido el mencionado cargo. Asimismo, excluyó a los candidatos y personeros
de los partidos políticos y alianzas electorales, funcionarios y empleados de
los organismos que conforman el Sistema Electoral. También a las autoridades
políticas y los miembros de los concejos municipales, los miembros de las
Fuerzas Armadas y de la Poli-cía Nacional, entre otros.
Para cada mesa de sufragio se designará por sorteo al
Presidente, Secretario y Tercer Miembro, así como a tres miembros
suplentes. El acto se desarrollará con
la presencia de representantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), la Defensoría del
Pueblo, personeros de las organizaciones políticas, un Notario Público o Juez
de Paz, entre otros.
Tras el sorteo, cada ONPE publicará la lista
provisional de los Miembros de Mesa sorteados para la presentación de tachas
para luego divulgar la lista definitiva de miembros de mesa y habilitar en su
página web la consulta para que los electores conozcan si fueron sorteados o
no.
Los miembros de mesa son ciudadanos que constituyen
las autoridades de una mesa de sufragio. El Presidente asume la representación
de la mesa y la conducción de los actos principales; el Secretario y el Tercer
Miembro tienen la obligación de apoyar las tareas de instalación, sufragio y
escrutinio.
El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo
que el ciudadano tenga un grave impedimento físico o mental, o la necesidad de ausentarse del país o ser mayor
de 70 años.
El ciudadano que resulte sorteado miembro de mesa
(titular o suplente) deberá ejercer esta función. De no hacerlo, deberá pagar
una multa de S/.207.50. Si no cumple con la función de miembro de mesa y a la
vez no vota, se hará acreedor a dos multas, una por no ejercer el cargo de
miembro de mesa y la otra por no votar.
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