NOTA DE PRENSA N° 98-2018
La Corte Superior de
Justicia de Ica, a solicitud del doctor Luis
Aparcana Hidalgo, frente a la noticia propalada en el diario local CORREO,
en su edición del día 07 de Junio del presente año, página 02, en el extremo
que señala que el referido ex magistrado dispuso la Libertad de 04 integrantes
de la “Sagrada Casta de Ica”, pone en conocimiento de la ciudadanía la
siguiente aclaración:
I. Que, los
medios periodísticos (escrito, radial, televisivo y digital) deben tener en
cuenta que la libertad de expresión contribuye a la transparencia, por tanto
uno de los principios de la ética en el periodismo el cual expresamente dice:
“el derecho de la gente a la información veraz. La gente y los individuos
tienen el derecho a adquirir una visión objetiva de la realidad por medio de la
información exacta y comprensiva, así como a expresarse libremente a través de
los medios de cultura y comunicación”…a la participación informada y racional de
las personas en los asuntos públicos, siempre y cuando se emita con sujeción a
la verdad, ello en observancia del artículo 9 Inciso “b” del Código de Ética de
la Federación de Periodistas del Perú.
II.- Que, el Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Ica, en el
proceso N°. 1456-2015-42-1401-JR-PE-01, mediante resolución N°. 16, su fecha 05
de Junio del 2018, resolvió declarar fundada la solicitud de LIBERTAD POR EXCESO DE CARCELERIA peticionado
por los imputados JOSE CLEMENTE APESTEGUIA MARTINEZ, YEISSON RONALDHINÑO
MANZANILLA GARCIA, JUAN RICARDO QUIROZ ARREDONDO Y CARLOS NUMA MANZANILLA
ZUMEN, imponiéndoles mandato de comparecencia con restricciones, bajo reglas de
conducta, en el proceso que se le sigue por el delito de Asociación Ilícita
para Delinquir y otro en agravio del Estado Peruano y otros.
III.- Que, tal resolución fue expedida por el doctor Fernando Vicente Fernández Tapia, Juez
Titular del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Ica, y no por
el doctor Luis Aparcana Hidalgo,
como se ha indicado en la noticia propalada por el diario correo
y por otros medios de comunicación y redes sociales, como ABC Noticias. Se
aclara que el Doctor Hidalgo Aparcana se desempeñó como Juez Supernumerario en
el referido Juzgado hasta el 31 de enero, conforme se desprende de la
Resolución Administrativa N° 74-2018-P-CSJIC/PJ.
Ante ello exigimos la RECTIFICACIÓN DE LA NOTA PERIODÍSTICA
DIFUNDIDA, en el extremo solicitado, en atención al artículo 2 Inciso
7, segundo párrafo de la Constitución Política del Perú, por qué daña y lesiona
la honra de los señores Magistrados y servidores judiciales de la Corte Superior de Justicia de Ica.
Ica, 14 de Junio del 2018
Oficina de Imagen Institucional
Corte
Superior de Justicia de Ica
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