La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica,
ante las declaraciones vertidas por algunos servidores judiciales a diferentes
medios de comunicación y en redes sociales, emite el presente comunicado a
efectos de evitar especulaciones y dichos ajenos a la realidad.
La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica
reconoció y concedió Licencia Sindical a las Representantes del SITRAJICA por
el periodo de 01 de Enero 2016 a 31 de Diciembre de 2017, mediante Resolución
Administrativa N° 011-2016 -P-CSJIC/PJ de fecha 11 de enero de 2016 a Doña Rosario
Beatriz Peña Valdivia en su condición de Secretaria General y a Doña Edith Elena
VillagarayOncebay del 01 de enero de 2016 al 30 de junio del 2016, siendo que a
esta última servidora mencionada se le concedió ampliación hasta el 31de
Diciembre de 2017. Fecha en la cual culminó su periodo de representación
sindical.
Habiendo concluido el periodo de Representación, esto
es del 01 de enero de 2016 al 31 de Diciembre de 2017, los dirigentes de dicho
ente gremial debieron solicitar la prórroga de mandato de la Junta Directiva del
Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial - Base Ica, ante el Ministerio de
trabajo.
La ex Secretaria General Beatriz Peña Valdivia,
mediante documento presentado a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia
de Ica refiere haber planteado Nulidad contra el Acta de Asamblea Extraordinaria
del día 31 de Octubre del 2017, y refiere que "(...) no ha sido posible
convocar a Elecciones para el período 2018 y 2019, en virtud de haberse retirado
mis facultades inherentes al cargo que represento desde aquella data, estos por
motivos ajenos a mi voluntad (…)”. De lo cual se desprende, que los miembros o
integrantes de la organización sindical no han seguido el procedimiento establecido.
Estos hechos suscitados deben ventilarse y resolverse
en los fueros administrativos delMinisterio de Trabajo (Registro de
Organizaciones Sindicales del Sector Público – ROSSP), ente que determinará la
procedencia de la inscripción de ampliación del mandato de Junta Directiva,
Comité Electoral o de una nueva Junta Directiva, según sea el caso y su estado,
debiendo precisar que la Corte Superior de Justicia de Ica no estáfacultada a
dar reconocimiento de organizaciones sindicales; es decir Presidencia no ha
emitido acto administrativo alguno que cuestione o impida la convocatoria a
elecciones.
Debiendo a su vez precisar que la Presidencia y/o la
Oficina de Personal no ha efectuado ningún acto de represalia o de
hostilización ni mucho menos despido alguno como se viene especulando.
Ica, 12 de junio de 2018
Julio César Leyva Pérez
Presidente
Corte Superior de Justicia de Ica
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