ACUERDO No. 016-2018-MPCH.
Chincha
Alta, 28 de Marzo de 2018
VISTO,
el Memorial Rgto. N° 1794-2018, de la Asociación de
Comerciantes de Ga- nado y Vacuno de la Provincia de Chincha, sobre Reubicación
del Camal Municipal
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las
municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades prescriben “Los concejos
municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de
ordenanzas y acuerdos” y ”Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo,
referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado
acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que
con Acuerdo No. 035-2017-MPCH, de fecha 19 de mayo de 2017, se Autorizó el
cierre del Camal Municipal en dos Etapas de la siguiente manera: - La
primera etapa, el Camal de Aves, el 14
de Julio de 2017, haciendo las gestiones
antes los distintos proveedores y acreedores y evaluar la situación de personal
que sea necesario realizar por parte de la Municipalidad. - La segunda etapa
para el 30 de marzo del 2018, el camal de cerdos y vacunos, haciendo la
gestiones pertinentes ante los proveedores y acreedores.
Que,
con el Memorial Rgto. No. 1794-2018, la Asociación de Comerciantes de Ganado y
Vacuno de la Provincia de Chincha hacen llegar una serie de inquietudes y
manifiestan que previa reunión coordinar la solución de los mismos que fue
debatido en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Febrero del año en
curso y se aprobó en lo que respecta a la Ordenanza No. 035-2017-MPCH, La
segunda etapa; el cierre del camal de cerdos y vacunos para el 30 de marzo de
2018, se amplié dicho termino hasta el 30 de abril de 2018, con el fin de
permitir al inversionista privado organizarse de la mejor manera y presente un
proyecto de camal con las medidas de salubridad respectiva que la entidad
supervisora respectiva de SENASA, exige
para otorgar autorización a los camales.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley 27972
Ley Orgánica de Municipalidades,
a lo aprobado por unanimidad por el Concejo en Pleno, en la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 28 de Febrero de 2018 y con la Dispensa de la
Lectura y Aprobación del acta.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.-Ampliar
los alcances del Acuerdo No.- 035-2017-MPCH de fecha 19 de Mayo de 2017, hasta
el 30 de Abril de 2018, en lo que respecta al cierre del Camal Municipal de la
Segunda Etapa – que se programó el camal
de cerdos y vacuno para el 30 de marzo del 2018; por las consideraciones expuestas en el presente
acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO.-Encargar a la Gerencia de Servicios al Ciudadano
preparar las acciones y la documentación pertinente, para los fines que
correspondan.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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