ORDENANZA N° 0042018 – MPCH
Chincha
Alta,22 de Febrero de 2018
EL CONCEJO DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO;
el Informe No. 032-2018-GAT/GM/MPCH, de fecha 15 de Enero
de 2018, presentado por la Gerente de Administración Tributaria de la Entidad,
mediante el cual solicita que la cobranza de arbitrios municipales, se efectué
como se ha venido realizando en la gestión municipal 2015-2017, hasta que se
implemente la Ordenanza No. 047-2017-MPCH.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, modificado por el Articulo Único de la Ley
30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos
de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que,
los gobiernos locales, el Concejo Municipal cumplen funciones normativas, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del
Perú; de otro lado, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal
la aprobación, modificación y derogación de ordenanzas;
Que,
el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que las
ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de
su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal.
Que,
por Ordenanza N° 047-2017-MPCH de fecha 28 de Diciembre de 2017 se aprobó la
Ordenanza que aprueba el Régimen Legal de Arbitrios de Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del Distrito de Chincha Alta para el
ejercicio fiscal 2018, sobre la base del
costo del servicio prestado con el Informe Técnico Financiero distribuidos de
acuerdo a criterios que guardan relación directa con el servicio.
Que,
la Sub-Gerencia de Recaudación con Informe N° 28-A-2018-R-GAT/MPCH, de fecha 15
de Enero de 2018, indica que (...) para dar cumplimiento a la Ordenanza N°
047-2017-MPCH No contamos con el programa y//o sistema instalado en nuestra
base de datos, teniendo un inconveniente de llevar a cabo las nuevas tarifas
que dice la norma municipal y no contando con los programas modificados en
nuestra base de datos y la presencia del contribuyente a diario en la plataforma de atención ,pidiendo pagar
sus arbitrios, sugiere que se continúe con la Ordenanza N° 08-2011, 043-2015 y
042-2016(...) refiere. Informe ratificado por la Gerencia de Administración
Tributaria de la Entidad con el No. 032-2018-GAT/GM/MPCH.
Que,
por Informe No. 0300-2018-GPP/MPCH, de fecha 14 de Febrero de 2018, el Gerente
de Planificación y Presupuesto de la Entidad, informa que el sustento de la
Gerencia de Administración Tributaria, es la más adecuada en vista de que es
necesario ejecutar las cobranzas para la recaudación de los arbitrios, para
cubrir gastos operativos de la
Municipalidad; hasta que se instale lo
más pronto posible un Programa de Cobranza con los montos establecido en la
Ordenanza N° 047-2017-MPCH.
Que,
con Informe Legal No. 318-2018-GAJ/MPCH, de fecha 14 de febrero de 2018, el
Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, en mérito al Informe No.
0300-2018-GPP/MPCH, del Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad,
recomienda se suspenda la ejecución de la Ordenanza N° 047-2017-MPCH temporalmente,
validándose la vigencia de la Ordenanza N° 08-2011-MPCH, en tanto se provea con
la celeridad del caso, el nuevo Programa actualizado a la nueva Ordenanza
047-2017-MPCH para la cobranza con los nuevos montos aprobados respecto al
tributo de arbitrios; por lo que el presente debe derivarse al Plano del
Concejo Municipal para su determinación pertinente, encomendándose el
cumplimiento de la norma (Ordenanza) a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Planificación y Presupuesto, Sub-Gerencia de Logística y Gerencia de
Acondicionamiento Territorial de la Entidad, la misma que debe materializarse a
través de la Ordenanza respectiva, con el requisito de publicidad para su
vigencia conforme a lo señalado en el artículo 109° de la Constitución Política
del Perú, con la difusión en la página Web de la Entidad, conforme establece la
ley.
Estando a lo expuesto, a lo
aprobado con el voto unánime de los regidores asistentes en la Sesión Ordinaria
de fecha 14 de marzo del 2018, con la dispensa de la lectura y aprobación del
acta y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
27972; se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA
Artículo
Primero:
DEJAR en suspenso la ejecución de la Ordenanza No.
047-2017-MPCH, de fecha 28 de Diciembre de 2017, por las consideraciones
expuestas en la presente Ordenanza.
Articulo
Segundo:
Encomendar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y
Presupuesto, Sub-Gerencia de Logística y Gerencia de Acondicionamiento Territorial
de la entidad se implemente un sistema informático instalado en la base de
datos de la Sub Gerencia de Recaudación para poner en vigencia la Ordenanza No.
047-2017-MPCH.
Artículo
Tercero:
ENCARGAR que la Secretaria General de la
Municipalidad Provincial de Chincha efectué las notificaciones de la Presente
Ordenanza, la misma que entra en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario de la Provincia y en el Portal Web de la Municipalidad
WWW. Municipalidadchincha.gob.pe
Regístrese, publíquese,
comuníquese, cúmplase y archívese.
Ing. César Antonio Carranza
Falla
Alcalde
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