lunes, 26 de marzo de 2018

Municipalidad Provincial de Chincha



ORDENANZA N° 0042018 – MPCH
Chincha Alta,22 de Febrero de 2018
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO; el Informe No. 032-2018-GAT/GM/MPCH, de fecha 15 de Enero de 2018, presentado por la Gerente de Administración Tributaria de la Entidad, mediante el cual solicita que la cobranza de arbitrios municipales, se efectué como se ha venido realizando en la gestión municipal 2015-2017, hasta que se implemente la Ordenanza No. 047-2017-MPCH.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Articulo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, los gobiernos locales, el Concejo Municipal cumplen funciones normativas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú; de otro lado, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación, modificación y derogación de ordenanzas;
Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal.
Que, por Ordenanza N° 047-2017-MPCH de fecha 28 de Diciembre de 2017 se aprobó la Ordenanza que aprueba el Régimen Legal de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del Distrito de Chincha Alta para el ejercicio fiscal 2018,  sobre la base del costo del servicio prestado con el Informe Técnico Financiero distribuidos de acuerdo a criterios que guardan relación directa con el servicio.
Que, la Sub-Gerencia de Recaudación con Informe N° 28-A-2018-R-GAT/MPCH, de fecha 15 de Enero de 2018, indica que (...) para dar cumplimiento a la Ordenanza N° 047-2017-MPCH No contamos con el programa y//o sistema instalado en nuestra base de datos, teniendo un inconveniente de llevar a cabo las nuevas tarifas que dice la norma municipal y no contando con los programas modificados en nuestra base de datos y la presencia del contribuyente              a diario en la plataforma de atención ,pidiendo pagar sus arbitrios, sugiere que se continúe con la Ordenanza N° 08-2011, 043-2015 y 042-2016(...) refiere. Informe ratificado por la Gerencia de Administración Tributaria de la Entidad con el No. 032-2018-GAT/GM/MPCH.
Que, por Informe No. 0300-2018-GPP/MPCH, de fecha 14 de Febrero de 2018, el Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad, informa que el sustento de la Gerencia de Administración Tributaria, es la más adecuada en vista de que es necesario ejecutar las cobranzas para la recaudación de los arbitrios, para cubrir  gastos operativos de la Municipalidad;  hasta que se instale lo más pronto posible un Programa de Cobranza con los montos establecido en la Ordenanza N° 047-2017-MPCH.
Que, con Informe Legal No. 318-2018-GAJ/MPCH, de fecha 14 de febrero de 2018, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, en mérito al Informe No. 0300-2018-GPP/MPCH, del Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad, recomienda se suspenda la ejecución de la Ordenanza N° 047-2017-MPCH temporalmente, validándose la vigencia de la Ordenanza N° 08-2011-MPCH, en tanto se provea con la celeridad del caso, el nuevo Programa actualizado a la nueva Ordenanza 047-2017-MPCH para la cobranza con los nuevos montos aprobados respecto al tributo de arbitrios; por lo que el presente debe derivarse al Plano del Concejo Municipal para su determinación pertinente, encomendándose el cumplimiento de la norma (Ordenanza) a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Sub-Gerencia de Logística y Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Entidad, la misma que debe materializarse a través de la Ordenanza respectiva, con el requisito de publicidad para su vigencia conforme a lo señalado en el artículo 109° de la Constitución Política del Perú, con la difusión en la página Web de la Entidad, conforme establece la ley.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado con el voto unánime de los regidores asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha 14 de marzo del 2018, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; se aprueba lo siguiente:

ORDENANZA 

Artículo Primero: DEJAR en suspenso la ejecución de la Ordenanza No. 047-2017-MPCH, de fecha 28 de Diciembre de 2017, por las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza.
Articulo Segundo: Encomendar  a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Sub-Gerencia de Logística y Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la entidad se implemente un sistema informático instalado en la base de datos de la Sub Gerencia de Recaudación para poner en vigencia la Ordenanza No. 047-2017-MPCH.
Artículo Tercero: ENCARGAR que la Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Chincha efectué las notificaciones de la Presente Ordenanza, la misma que entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de la Provincia y en el Portal Web de la Municipalidad WWW. Municipalidadchincha.gob.pe
Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde

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