sábado, 30 de diciembre de 2017

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA N° 046-2017-MPCH
Chincha Alta,  28 de Diciembre  de 2017
EL  ALCALDE  DE  LA  MUNICIPALIDAD   PROVINCIAL
VISTO; el Informe No. 482-2017-GM/MPCH, de fecha 21 de Diciembre de 2017, presentado por la Gerente Municipal, sobre vigencia de Representantes de la Sociedad Civil ante CCL Provincial.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de Artículo  40°, de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en  cuanto a las ORDENANZAS; señala que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que, en los gobiernos locales, el Concejo Municipal cumple funciones normativas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú; de otro lado, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación, modificación y derogación de ordenanzas.
Que, con Resolución N° 992-2015-A/MPCH, de fecha 15 de diciembre de 2015, se RECONOCEN a los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de la Provincial de Chincha, por el periodo de 02 años, cuyo plazo vence este mes de diciembre del presente año.
Que, con Informe No. 3918-2017-GPP/MPCH, de fecha 21 de Diciembre de 2017, la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad, que teniendo en consideración la Resolución No. 0992-2015-A/MPCH, de fecha  15 de Diciembre de 2015; solicita se amplié la vigencia de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local (CCL) por el periodo de dos años. 
Que, con Informe Legal No. 3191-2017-GAJ/MPCH, de fecha 21 de Diciembre de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Entidad, en consideración a la Resolución N° 992-2015-A/MPCH, el Informe No. 3918-2017-GPP/MPCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Entidad,  y considerando que debe procederse a desarrollar el proceso de elecciones de representantes de la Sociedad Civil ante el CCL por haber vencido el plazo de su vigencia, recomienda que se derive al pleno del Concejo Municipal, para su debate y determinación, incidiendo que dicha ampliación debe otorgarse por el plazo que dure el proceso de elecciones de los  nuevos representantes que, que deba convocarse para tal efecto, conforme a ley; encargándose el cumplimiento de la disposición a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad.
Estando a lo expuesto,  con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de Diciembre de 2017, con la dispensa de lectura y aprobación de acta, a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO: Ampliar la vigencia de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de la Provincial de Chincha, por el plazo que dure el proceso de elecciones de los  nuevos representantes que, se deberá de convocar para tal efecto, conforme a ley; quedando integrado de la siguiente manera:
1. Frida Maricela Osorio Munayco                                            DNI. Nº 06259844
2. Sofía Soledad Navarrete Napa                                              DNI. Nº 40002683
3. Sonia Reida Malpica Calderón                                              DNI. Nº 21860755
4. María Magdalena Pachas Rivadeneyra                                     DNI Nº 07028837
5. Gil Augusto Quincho Chávez                                                  DNI. Nº 21856303
6. Raúl Vilcamiza Guerra                                                           DNI. Nº 21879449
7. Gerald Amez Pretil                                                              DNI. Nº 21837986
8. José Rosendo Motta Paucar                                                  DNI. Nº 21866720
9. Luis Alberto Yataco Salas                                                      DNI. Nº 21789873
ARTÍCULO SEGUNDO: Encargar el cumplimiento de la presente resolución a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad, con el proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el CCL, informando al Pleno del Concejo las acciones desarrolladas.
ARTICULO TERCERO.- Notificar a los representantes electos de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de la Provincia de Chincha y a los miembros conformantes de la Sociedad Civil  para que cumplan sus funciones de acuerdo a Ley.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase  y archívese
Ing. César Antonio Carranza Falla

Alcalde

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