Vacaciones para jueces y personal auxiliar en febrero no paralizarán
labores judiciales
SERVIDORES
SIN RÉCORD LABORAL EXIGIDO LABORARÁN EN ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE EMERGENCIA
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó disponer las
vacaciones del año judicial 2018 para jueces y personal auxiliar desde el 1 de
febrero al 2 de marzo de 2018.
Para ello serán dictadas las medidas
complementarias que aseguren el adecuado y permanente funcionamiento de los
órganos jurisdiccionales a nivel nacional.
Esta disposición está basada en la
Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ, la misma que refiere que durante
el mes programado para las vacaciones funcionarán los siguientes órganos
jurisdiccionales de emergencia:
La Corte Suprema de Justicia de la República
a través de una mesa de partes que recibirá los asuntos correspondientes a las
materias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y Social.
Las cortes superiores a través de las salas y
juzgados que sus presidentes designen como órganos de justicia.
En el caso de la Corte Superior de Lima,
funcionarán sus Salas Liquidadoras, Salas Penales de Apelaciones, Juzgados de
Investigación Preparatoria y Juzgados Penales Unipersonales.
Asimismo sus órganos jurisdiccionales de
Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o
Drogadicción.
para jueces y personal auxiliar teniendo en cuenta los plazos
procesales de los expedientes a su cargo y la necesidad de servicio, dando
cuenta al Consejo Ejecutivo sobre las acciones al respecto.
SIN PARAR
Las cortes continuarán recibiendo y
tramitando los procesos a su cargo, además atenderán de manera exclusiva durante
el periodo de vacaciones, las materias Penal, Civil, Familia, Laboral.
También aquellos casos que los jueces de
acuerdo a su facultad consideren de urgente atención en materia Contencioso
Administrativa, Constitución, Previsional, entre otras.
Los jueces que trabajen del 1 de febrero al 2
de marzo de 2018 harán uso de sus vacaciones según las necesidades del servicio
entre los meses de abril a noviembre del mismo año, previa autorización del
Consejo Ejecutivo.
Estas autoridades designarán al personal
mínimo necesario para el eficaz funcionamiento de los órganos
jurisdiccionales de emergencia.
De otro lado, las audiencias, informes orales
y otras actuaciones judiciales fijadas para el mes de vacaciones, que carezcan
de carácter de urgencia, serán reprogramadas de oficio de forma preferente para
el mes de marzo de 2018.
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