ACUERDO
No. 073-2017-MPCH
Chincha
Alta, 23 de Noviembre de 2017
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto;
el informe No. 661-2017-GDHPS/MPCH, de fecha 20 de Noviembre de 2017, suscrito por
la Gerente de Desarrollo Humano y Promoción Social, sobre aprobación de suscripción
de Convenios con Instituciones Públicas o Privadas de la ciudad, para el desarrollo
de servicios dirigidos a Programas de Adulto Mayor (PAM)
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las
municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal
“Aprobar la celebración de convenios de
cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que,
asimismo el Artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
referidos a los ACUERDOS, señala, "Los acuerdos son decisiones, que
toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o
institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar
un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional".
Que,
con Informe de vistos, la Gerente de Desarrollo Humano y Promoción Social de
acuerdo a las Actividades de la Meta 28 Implementación del Centro Integral del
Adulto Mayor CIAM, comunica que en lo que corresponde a la Actividad 5, es
requisito indispensable la suscripción de dos o más convenios con instituciones
públicas o privadas para el desarrollo de servicios dirigidos a las PAM y se ha
oficiado a instituciones para la suscripción obteniendo respuesta favorable
como son las instituciones que se indica (CETPRO-PEDRO Ronceros Calderón;
Centro Médico y Educativo Chincha "PAMS"; Universidad Privada San
Juan Bautista y Academia de Baile Blake Dance, conforme se indica en el informe
técnico, solicitando su aprobación.
Que,
el Programa de Incentivos a la Mejora de la. Gestión Municipal (PI) se crea por
Ley N° 29332 y modificatorias, implica una transferencia de recursos a las municipalidades
por el cumplimiento de metas en un periodo determinado. Dichas metas son
formuladas por diversas entidades públicas del Gobierno Central y tienen como
objetivo impulsar determinados resultados cuyo logro requiere un trabajo
articulado con las municipalidades.
Que,
el Plan de Incentivos (PI) es un instrumento del Presupuesto por Resultados
(PpR), orientado a promover las condiciones que contribuyan con el crecimiento
y desarrollo sostenible de la economía local, incentivando a las municipalidades
a la mejora continua y sostenible de la gestión local, cuyos objetivos son:
Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales,
fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos;
Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los
lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto; Reducir la
desnutrición crónica infantil en el país; Simplificar trámites generando
condiciones favorables para el clima de negocios promoviendo la competitividad
local; Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los
gobiernos locales en el marco de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que,
la Meta 28 Implementación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor —
CIAM , tiene corno Objetivo establecer los lineamientos para el cumplimiento y
verificación de la META referida en el marco del Programa de Incentivos a la
Mejora de la Gestión Municipal del año 2017 y tiene como alcance a las
"Municipalidades de Ciudades Principales Tipo B", clasificadas de
acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 01 del Decreto Supremo N° 394-2016-EF,
dentro del cual se encuentra la Municipalidad Provincial de Chincha.
Que,
con Informe No. 3020-2017-GAJ/MPCH, de fecha 21 de noviembre de 2017, la Gerencia
de Asesoría Jurídica de la Entidad, considerando la propuesta de la Gerencia de Desarrollo Humano y
Promoción Social en la que se remite el proyecto de Convenios de Cooperación
Interinstitucional; recomienda se derive al Pleno del concejo Municipal para su
respectiva determinación, estableciéndose que de aprobarse el Convenio debe ser
por medio del titular de la entidad con autorización del Concejo para su
suscripción.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley 27972 , Los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD
efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha 22 de Noviembre de 2017, con la
dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.-APROBAR los
Convenios Propuestos y Autorizar al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde
de la Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir Convenio entre la
Municipalidad Provincial de Chincha y las Instituciones CETPRO-PEDRO
Ronceros Calderón; Centro Médico y Educativo Chincha "PAMS";
Universidad Privada San Juan Bautista y Academia de Baile Blake Dance; para los servicios dirigidos al Programa Adulto
Mayor, en cumplimiento a las Actividades de la Meta 28.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano y
Promoción Social, el cumplimiento del presente acuerdo, oficiándose a las
instituciones mencionadas en el párrafo precedente con la debida nota de
atención.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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