Chincha
Alta, 02 Octubre de 2017
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto;
el Oficio No. 010-2017-A/C.P.B.P.H, Rgto. 8952-2017, de fecha 07 de Junio de 2017, Rgto.
8952-2017, emitido por el señor Rubén Raúl Taboada Paucar, Alcalde de la
Municipalidad del Centro Poblado Bellavista, sobre Donación de mobiliario para
oficina.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal
“Aprobar la celebración de convenios de
cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que, el artículo 41° de la
Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que "Los
acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional.
Que,
en el documento de vistos, el Alcalde de la Municipalidad
del Centro Poblado Bellavista, solicita la donación de mobiliario para Oficina,
por ser una Municipalidad sin recursos
económicos, pero que sus autoridades vienen trabajando por la organización comunal
buscando solucionar sus problemas de alimentación, salud, educación, agro ganaderos
que es la actividad cotidiana que realizan en la zona alto andino que dirige.
Que,
con Resolución No. 2424-2017-GM/MPCH, de fecha 18 de setiembre de 2017, se dio
de baja a bienes que se encuentran en estado deteriorado que se indica; así
como en la parte considerativa también se enumera bienes en desuso que no
necesitan dar de baja en un numero de (08) ocho.
Estando al pedido solicitado, a los informes
técnicos u legales expuestos, en uso de las facultades conferidas por los
artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los
regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión
Ordinaria de fecha 27 de setiembre de
2017, con la dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA
ARTICULO
PRIMERO.-AUTORIZAR la donación al
Centro Poblado Bellavista, distrito de San Juan de Yanac, Provincia de Chincha,
representado por su Alcalde señor Rubén Raúl Taboada Paucar, lo siguiente:
Bienes
en desuso que no necesitan dar de baja
1.- 01
tubo de 8 pulgada para desagüe (regular)
2.- 01
tubo de 8 pulgada para desagüe (regular)
3.- 01
urinario de losa color blanco (regular)
4.- 02
parihuela mediana de madera (regular)
5.- 01
puerta de madera comtraplacada mediano
(regular)
6.- 01
protector de fierro
(regular)
7.- 02
carteles de madera (regular)
8.- 01
tacho de basura
(regular)
Bienes
en desuso que se ha dado de baja con resolución
1. Una
mesa de madera color marrón Código Patrimonial 74644932-0066
2. Una
mesa de madera color marrón Código
Patrimonial 74644932-0067
3. Escritorio
de madera color marrón Código
Patrimonial 74643712-0091
4. Escritorio
de madera color marrón Código
Patrimonial 74643712-0092
5. Escritorio
de metal color plomo Código
Patrimonial 74643779-0012
6. Escritorio
de metal color plomo Código
Patrimonial 74643779-0014
7. Armario
de madera color marrón Código
Patrimonial 74640592-0011
8. Armario
de madera color marrón Código
patrimonial 74640592-0012
9. Estante
metal color plomo
Código Patrimonial 74644186-0091
11. Sofá
de madera
Código Patrimonial 74649001-0001
Dichos materiales deberán ser usados exclusivamente
para fines institucionales en la Municipalidad solicitante, con la finalidad establecida por la Entidad;
con la responsabilidad de su dirección y administración conforme a Ley.
ARTICULO
SEGUNDO.- Encargar a la Secretaria General de la entidad, hacer
de conocimiento el presente a recurrente para los fines pertinentes.
ARTÍCULO
TERCERO.- Encargar al Jefe de Patrimonio de la entidad, hacer la entrega respectiva de los materiales
con las formalidades de Ley.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
Provincial
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