ACUERDO
No. 065-2017-MPCH.
Chincha
Alta, 02 de Octubre de 2017
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO, los expedientes Rgtos. 3741-2017, Rgto. 18516-2016,
Rgto. 9726-2016 y Rgto. 10518-2016, todos relacionados con la Sub División de
Lotes del predio ubicado en la Avenida Progreso y Calle Santa Rita, del
distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, en el numeral 29, del artículo 9° de la
Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, indica entre otras atribuciones del Concejo Municipal:
Corresponde al concejo municipal: (...) "Aprobar el régimen de
administración de los bienes y rentas, así como el régimen de administración de
los servicios públicos locales".
Que, el Artículo 41°
de la Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a los Acuerdos, señala
"Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos
específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la
voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse
a una conducta o norma institucional".
Que, el Artículo 730
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala (...), dentro del
marco de las competencias y funciones específicas establecidas en la presente
ley, el rol de las municipalidades provinciales comprende: a) Planificar
integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel
provincial. Las municipalidades provinciales son responsables de promover e
impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral correspondiente
al ámbito de su provincia, recogiendo las prioridades propuestas en los
procesos de planeación de desarrollo local de carácter distrital; b) Promover,
permanentemente la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo
distrital. Los planes referidos a la organización del espacio físico y uso del
suelo que emitan las municipalidades distritales deberán sujetarse a los planes
y las normas municipales provinciales generales sobre la materia; d) Emitir las
normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso
del suelo así como sobre protección y conservación del ambiente.
Que, asimismo el
Artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades señala en cuanto a la
Organización del Espacio Físico y uso del suelo que, Las municipalidades, en
materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen las
siguientes funciones: 1. Funciones específicas exclusivas de las
municipalidades provinciales: 1.1. Aprobar el Plan de Acondicionamiento
Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de
expansión urbana, así corno las áreas de protección o de seguridad por riesgos
naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; 1.2.
Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema
de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos
Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento
Territorial.
Que, por Informe No.
2665-2017-GAT/MPCH, de fecha 13 de setiembre de 2017, la Gerencia de
Acondicionamiento Territorial, informa que de acuerdo a los Informes Técnicos
emitidos, la Base Grafica Catastral,
registra el Pasaje 50, con una longitud de 217.00 ml y una sección variable de
2.00 ml a 3.50 ml, como vía pública, ubicado en la Avenida Progreso del distrito de Chincha Alta,
Provincia de Chincha, Departamento de Ica, tal como se indica en el PLANO
CATASTRAL SECTOR CONDORILLO BAJO; asimismo según Norma GH. 020 del RNE, LAS
VIAS DEBEN GUARDAR CONTINUIDAD EN LAS MISMAS, por lo que dicha calle debe
alinearse uniformemente con una sección de vía de la calle s/n (sección A.A) de
12.00 ml, con Vereda 1.20 m ,
Estacionamiento 1.80 m ,
Pista 6.00 m ,
Estacionamiento 1.80 m ,
Vereda 1.20 m ,
asimismo la afectación de propiedades privadas deberá de estar adecuado a las
normativas del caso, debiendo declararse la necesidad publica que lo justifica
por el Concejo Municipal; y habiéndose constatado en la Inspección Ocular
realizada por la División de Catastro Urbano que en la Proyección de la Nueva
Calle existen construcciones de material tradicional, cercos vivos, plantaciones,
etc.; opina que se apruebe el Alineamiento, Apertura de la calle s/n por
Necesidad de Publica, ubicado entre la Avenida Progreso y la Calle Santa Rita,
del distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, con
una longitud de 217.00 ml y una sección vial de 12.00 ml. de ancho.
Que, con Informe
Legal No. 2591-2017-GAJ/MPCH, de fecha
13 de setiembre de 2017, la
Gerencia de Asesoría Jurídica de la Entidad, de conformidad con los informes
técnicos y las normas legales invocadas
opina que se haga de conocimiento del Concejo Municipal la propuesta para el
Acuerdo, la propuesta de la Gerencia de
Acondicionamiento Territorial que se encuentra dentro del marco legal referido;
aprobándose el alineamiento conforme a lo que establece el Plano adjunto
elaborado por la Sub-.-Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión
que corre adjunto al Informe Técnico; considerando que con la aprobación del
Pleno del Concejo corresponderá emitir el Acuerdo de Concejo respectivo,
conforme al procedimiento establecido en la Ley.
Estando a lo expuesto
a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de setiembre de 2017, con dispensa de la
lectura y aprobación del acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972
Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el Alineamiento, de la calle s/n por
Necesidad de Publica, ubicado entre la Avenida Progreso y la Calle Santa Rita,
del distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, con
una longitud de 217.00 ml y una sección vial de 12.00 ml. de ancho, conforme el
Plano adjunto que forma parte del presente Acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER el inicio de las acciones para el
Alineamiento, Apertura de la calle s/n por Necesidad de Publica, ubicado entre
la Avenida Progreso y la Calle Santa Rita, del distrito de Chincha Alta,
Provincia de Chincha, Departamento de Ica; facultándose al Sr. Alcalde
Provincial Ing. Cesar Antonio Carranza Falla,
para que a nombre de la Municipalidad Provincial de Chincha realice
previamente, antes de cualquier apertura de predio o propiedad, las
acciones de trato directo o las medidas que correspondan ante los propietarios
y posesionarios debidamente acreditados
con los títulos de propiedad o documento legal que sustente la posesión de los
predios que serán afectados por el trazo de vía proyectada, dentro de los
alcances del Decreto Legislativo Nº 1192 Decreto Legislativo que aprueba la Ley
Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de
propiedad del Estado, liberación de Interferencias.
ARTICULO TERCERO.- Declarar que las acciones de trato directo con los
propietarios y posesionarios debidamente acreditados como tal, pueden acogerse
a la Compensación de áreas de terreno de propiedad privada cedidas para
apertura, alineamiento, afectación, ampliación o ensanche de vías o calles en
el Distrito de Chincha Alta con cancelación de deudas por concepto de Impuesto
Predial, Arbitrios y Tasas; así como las multas administrativas y los intereses
moratorios generados, conforme a ley y a las normas municipales vigentes..
ARTICULO CUARTO.- Encargar a la Gerencia de Acondicionamiento
Territorial el cumplimiento del presente acuerdo, con sus unidades orgánicas,
informando al Pleno del Concejo las acciones realizadas en virtud o
cumplimiento del Acuerdo que se emite.
ARTÍCULO QUINTO.- Hacer de conocimiento la presente a los interesados
y a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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