Grocio
Prado, 25 de octubre de 2017
VISTO:
En sesión ordinaria de concejo celebrada el
23 de Octubre del 2017, el Informe N° 036-2017-UMA-MDGP-LAPA, de la Unidad de
Medio Ambiente en donde se solicita la aprobación del Plan de Manejo de
Residuos Sólidos 2017-2022 del distrito de Grocio Prado, y el Informe N°
227-2017-MDGP/SG-SCMASM/JLCR, de la Sub-Gerencia de Seguridad Ciudadana, Medio
Ambiente y Servicios Municipales y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme
con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú,
concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son
órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; según lo señala el artículo IV del Título
Preliminar de dicha ley, corresponde a los gobiernos locales representar al
vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y
el desarrollo integral, sostenible y armónico;
Que, según el artículo 73, numeral 2.1 de la
Ley Nº 27972, en materia de servicios públicos locales es competencia de las
municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o
distrital, el saneamiento ambiental, salubridad y salud;
Que, según el artículo 10 de la Ley Nº 27314,
Ley General de Residuos Sólidos, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1065,
las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los
servicios de recolección, y transporte de los residuos sólidos municipales, y
de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción, así
como deberán contar con planes de manejo de los residuos sólidos, entre otras
obligaciones;
Que el equipo técnico de residuos sólidos de
la municipalidad ha elaborado el Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2017-2022
el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los
residuos sólidos en todo el ámbito municipal, desde la generación hasta su
disposición final, asegurando una eficiente prestación de los servicios.
Estando a lo
expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y
artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por
UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO
DE RESIDUOS SÓLIDOS 2017-2022
ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR
el Plan de Manejo de
Residuos Sólidos 2017-2022 de la Municipalidad de Distrital de Grocio Prado,
que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
DEJAR SIN EFECTO cualquier
normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.-
FACULTAR al Sr. Alcalde
para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para
la correcta aplicación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos 2017-2022 del
distrito de Grocio Prado.
ARTÍCULO CUARTO.-
ENCARGAR a la
Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente y Servicios Municipales, a
través de su Unidad de Medio Ambiente o quien haga a la vez dicha función en
coordinación con el Equipo Técnico de Residuos Sólidos el cumplimiento de la
presente ordenanza según lo que a cada una corresponde.
ARTÍCULO
QUINTO.- ENCARGAR a la Secretaría General la
publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia de
Chincha.
REGÍSTRESE,
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Luis
Alfredo Tasayco Tasayco
Alcalde
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