ORDENANZA No.
029-2017-MPCH
Chincha
Alta, 21 de setiembre de 2017
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Informe No. 3740-2017-GSC/MPCH, de fecha 12 de setiembre de 2017, Gerente de Servicio
al Ciudadano, mediante el cual propone
la ampliación de la vigencia de la suspensión de procedimientos establecidos en
el TUPA Ordenanza N° 041-2016-MPCH de fecha 19 de diciembre de 2016, en lo que
respecta a los ITEM 1.00, 2.00 y 3.00.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194
de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la
Ley N° 30305, señala que las Municipalidades
son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía, política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el
Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, de acuerdo con el cual la
autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el Artículo 9°
de la Ley Orgánica de Municipalidades en cuanto se refiere a las atribuciones
del Concejo Municipal, refiere que, Corresponde al Concejo Municipal, (...) 8.
"Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los
acuerdos".
Que, el Artículo 79°
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en cuanto a la
Organización del Espacio Físico y Uso del Suelo, señala, "Las
municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo,
ejercen las siguientes funciones: 1. Funciones específicas exclusivas de las
municipalidades provinciales: 1.1. Aprobar el Plan de Acondicionamiento
Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de
expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos
naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; 1.2.
Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema
de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos
Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento
Territorial; asimismo en su Artículo 83°, respecto a las funciones de
Abastecimiento y Comercialización de Productos y Servicios, señala Las
municipalidades, en materia de abastecimiento y comercialización de productos y
servicios, ejercen las siguientes funciones; 3.6. Otorgar licencias para la
apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales.
Que, con Ordenanza N° 018-2017-MPCH, de fecha 30 de Junio de 2017, se
aprobó disponer la suspensión de manera temporal, por el termino de (60) sesenta días calendarios,
los ITEM 1.00, 2.00 y 3.00, del TUPA 2016,
aprobado con Ordenanza N° 041-2016-MPCH, a efectos de restringir autorizaciones
municipales de Licencias de Funcionamiento a Locales Comerciales, en las zonas
de las vías públicas que han sido materia de intervención, de acuerdo a la Ordenanza N° 019-2015-MPCH, en razón de establecer la definición de la
zonificación y compatibilidad de uso que corresponda, conforme a la función
específica del gobierno local que le otorga la Ley.
Que, con Informe No. 1612-2017-DPULAH/SGPCS/GAT/MPCH, de fecha 12 de
setiembre de 2017, presentado por el encargado de la División de Planeamiento
Urbano, Licencias y AAHH, informa que para proceder a establecer la Zonificación específica y el índice de usos de suelo, el
cual permitirá una complementación del reordenamiento del comercio en los
sectores que han sido materia de intervención de acuerdo a la Ordenanza N°
019-2015-MPCH, implica que deberá realizarse la actualización del Plan de
Desarrollo Urbano vigente conforme lo establece la normativa actual, como es el
Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano sostenible,
aprobado mediante D.S. N° 022-2016-VIVIENDA publicado en el Diario Oficial El
Peruano con Fecha 24/12/2016, en la que se establece los procedimientos mínimos
que deben seguir los Gobiernos Locales en el ejercicio autónomo de sus
competencias, en materia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y
Desarrollo Urbano; por lo que a la fecha se está elaborando el Plan de Trabajo
a fin que se designe una partida presupuestaria que permita la realización de
estas actividades establecidas, para la Zonificación específica y el índice de
usos de suelo que permitirá una complementación del reordenamiento del comercio
en los sectores que han sido materia de intervención de acuerdo a la Ordenanza
N° 019-2015-MPCH. El Plan de Trabajo establece: Conformación de Equipo Técnico,
conformación de Área de Trabajo, mobiliario y equipo, Contratación de Bienes y
Servicios, Apoyo Logístico donde las Actividades a considerar serán: Preliminares:
Comprendiéndose dentro de ellas los antecedentes, finalidad, objetivos, lineamientos
Técnicos y Metodología de Estudio. Diagnostico Urbano: Correspondiente
al análisis y caracterización de los aspectos demográficos, social, económico y
Físico — ambiental. Este Diagnostico deberá comprender el reconocimiento de la
realidad de la zona de estudio y sus principales problemas, teniendo en cuenta
que sobre este sector se está ordenando el comercio que ha crecido sin un orden
desarrollando actividades económicas no compatibles con el área urbana. Formulación
de Propuesta: Correspondiente al desarrollo de los lineamientos y
expectativas compartidas por los actores sociales y agentes económicos de la
zona con objetivos y estrategias de Desarrollo Urbano. Edición Preliminar: Comprende
el contenido del diagnóstico y la propuesta realizada por el equipo técnico. Exhibición
Pública: Comprende la etapa de exhibición de la propuesta a todos los
involucrados, recogiéndose en esta etapa las distintas observaciones y
recomendaciones debidamente sustentadas dentro del plazo establecido por la
normatividad. correspondiente. Edición Final: Comprende el
contenido del diagnóstico y la propuesta final realizada por el equipo
técnico teniendo en cuenta el levantamiento de Observaciones y recomendaciones
realizadas en la etapa de Exhibición. Aprobación: Comprende la
aprobación del estudio de la Zonificación específica y las compatibilidades de
uso mediante Ordenanza del Concejo Municipal; opinando se solicite al Concejo
municipal se amplié la vigencia de la Ordenanza N° 016-2017-MPCH.
Que, con Informe de Vistos el Gerente de Servicio al Ciudadano informa
que teniendo en cuenta el Informe No.
1612-2017-DPULAH/SGPCS/GAT/MPCH, presentado por el encargado de la División de
Planeamiento Urbano, Licencias y AAHH, solicita que se derive a Sesión de
Concejo a efectos de que se apruebe la ampliación de vigencia de la Ordenanza
018-2017-MPCH.
Estando a lo
expuesto, informe de la División de Planeamiento Urbano, Licencias y AAHH, Gerencia de Servicios Al Ciudadano, Gerencia de
Asesoría Jurídica de la Entidad y contando con la aprobación por unanimidad de
los regidores presentes en dicho acto en Sesión Ordinaria de Concejo de
fecha 13 de setiembre de 2017, a las facultades conferidas por en los
artículos 39°, 40° y 44° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; se
aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO
PRIMERO.- AMPLIAR la vigencia de la Ordenanza No. 018-2017-MPCH, por
el termino de 60 días más; donde se
dispuso la suspensión de manera temporal, por el termino
de (60) sesenta días calendarios, los ITEM
1.00, 2.00 y 3.00, del TUPA 2016, aprobado con Ordenanza N° 041-2016-MPCH, a
efectos de restringir autorizaciones municipales de Licencias de Funcionamiento
a Locales Comerciales, en las zonas de las vías públicas que han sido materia
de intervención, de acuerdo a la
Ordenanza
N° 019-2015-MPCH, en razón de
establecer la definición de la zonificación y compatibilidad de uso que
corresponda, conforme a la función específica del gobierno local que le otorga
la Ley y cumplir con lo referido en el Informe No. 1612-2017-DPULAH/SGPCS/GAT/MPCH,
de la División de Planeamiento Urbano, Licencias y AAHH.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia de Servicio
al Ciudadano y a la Gerencia de
Acondicionamiento Territorial, hacer las
coordinaciones pertinentes con la Gerencia Municipal para el cumplimiento del Plan de Trabajo; asignándose la partida presupuestaria
que permita la realización de estas actividades establecidas para la Zonificación y Compatibilidad de Uso, de las zonas que han sido materia de
intervención de acuerdo a la Ordenanza No. 019-2015-MPCH.
ARTICULO
TERCERO.- Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Chincha la
publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial de la localidad
y derivarlo al Encargado de la Pagina
Web de la Municipalidad Provincial de Chincha, para su publicación en el Portal
de Transparencia de la Municipalidad Provincial: www.Munichinchagob.pe. con
todos sus anexos
Regístrese, publíquese,
comuníquese y cúmplase.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
0 comentarios:
Publicar un comentario