miércoles, 23 de agosto de 2017

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No. 051-2017-MPCH.
Chincha Alta,  24 de Julio de 2017
VISTO, el Informe 2643-2017-GSC/MPCH, de fecha 28 de Junio de 2017, presentado por el Gerente de Servicio al Ciudadano de la Entidad, sobre ampliación de plazo para cierre de Camal de Aves; considerado en el Acuerdo No. 035-2017-MPCH.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972,  prescriben “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos” y  ”Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que con Acuerdo de Concejo No. 0135-2017-MPCH, se Autorizó  el  cierre del Camal Municipal en dos Etapas de la siguiente manera: - La primera etapa, el  Camal de Aves, el 14 de Julio de 2017,  haciendo las gestiones antes los distintos proveedores y acreedores y evaluar la situación de personal que sea necesario realizar por parte de la Municipalidad. - La segunda etapa para el 30 de marzo del 2018, el camal de cerdos y vacunos, haciendo la gestiones pertinentes ante los proveedores y acreedores.
Que, con Informe No. 2643-2017-GSC/MPCH, de fecha 28 de Junio de 2017, el Gerente de Servicios al Ciudadano, con el Informe del Administrador del Camal Municipal, comunica que no ha sido posible cumplir con el cierre del camal de aves,  conforme a la fecha señalada en dicho acuerdo antes referido, en vista que hasta la fecha no se han presentado usuarios que muestren interés en la construcción de un centro de faenamiento de aves, a pesar que se les han notificado para que se adecuen y reubiquen basado en el acuerdo y la normativa vigente; por lo que sugiere que se autorice a la Gerencia de Administración Tributaria realice el procedimiento administrativo para el cese de la cobranza de la CISA de aves por derecho de beneficio y la no inclusión en el TUPA correspondiente a partir del cierre indicado y a la Gerencia de Asesoría Legal la elaboración de una ordenanza que incluya la vigilancia de la comercialización de las aves en nuestra jurisdicción basados en la norma de inocuidad 004-2011-AG; y solicita la ampliación de plazo para el cierre camal Municipal de Aves según lo sugiere el documento de la referencia hasta a fines de setiembre del 2017.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley  27972  Ley Orgánica de Municipalidades,  a lo aprobado por unanimidad de los regidores del Concejo Municipal presentes en dicho acto en  la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha   28 de junio de 2017 y con la Dispensa de la Lectura y Aprobación del acta.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.-Ampliar los alcances del Acuerdo No.- 035-2017-MPCH, de fecha 19 de mayo de 2017, en lo que respecta al cierre del Camal Municipal de la Primera Etapa - Camal de Aves,  cuyo cierre era el 14 de Julio de 2017; ampliándose por el termino de 60 días más adicionales a la fecha indicada.
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar a la Gerencia de Servicios al Ciudadano preparar las acciones y la documentación pertinente, para los fines que correspondan.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
César Antonio Carranza Falla
Alcalde





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