ACUERDO No. 055-2017-MPCH
Chincha
Alta, 24 de Agosto de 2017
Visto, el Informe No. 339-2017-GM/MPCH, de
fecha 09 de agosto de 2017, de la Gerente Municipal, sobre Transferencia de
Predio para la ejecución del Proyecto del PIP “RECUPERACION DEL AREA DEGRADADA
POR RESIDUOS SOLIDOS PAMPA CHANCHERIA SECTOR PAMPA DE ÑOCO DISTRITO DE PUEBLO
NUEVO, PROVINCIA DE CHINCHA – DEPARTAMENTO DE ICA”; Informe No. 056-2017-MPCH/GAT/ UF/I NG.JLSH,
del Jefe de la Unidad Formuladora y el Informe No.02222-2017-GAT/MPCH del
Gerente de Acondicionamiento Territorial.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala, en cuanto a su finalidad
"Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada
prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral,
sostenible y armónico de su circunscripción"
Que, el Artículo 41°
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades respecto a los Acuerdos
señala, "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos
específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la
voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse
a una conducta o norma institucional".
Que, el Artículo 80°,
respecto al saneamiento, salubridad y salud, considera como función específica
lo siguiente "Las municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y
salud, ejercen las siguientes funciones: 1. Funciones específicas exclusivas de
las municipalidades provinciales: 1.1 Regular y controlar el proceso de
disposición final de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en
el ámbito provincial.
Que, con Informe No. 056-2017-MPCH/GAT/UF/ING.JLSH, el
Jefe de la Unidad Formuladora, informa que con fecha 26 de Abril del 2016, se suscribió el Convenio para la formulación
de proyectos de Inversión Pública de competencia exclusiva entre la Municipalidad
Provincial de Chincha y el Ministerio del Ambiente; mediante el cual la
Municipalidad autoriza al MINAM la formulación del proyecto de inversión
pública relacionado a la recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos
de la Provincia de Chincha-Ica, de acuerdo a lo establecido por el artículo 45°
de la Ley de Bases de la Descentralización y por el artículo 76° de la Ley
Orgánica de Municipalidades; y que para la realización y viabilidad del
Proyecto de Inversión Pública es necesario que el terreno cuente con el
Saneamiento Físico Legal del área a intervenir, esto quiere decir que al ser el
predio de Propiedad del Ministerio de Agricultura y Riego, la Municipalidad
Provincial de Chincha deberá realizar la solicitud de transferencia
interestatal de predios del terreno ubicado en el sector botadero "Pampa
Chanchería" en la dirección de la carretera que conduce al Distrito de
Chavín, dentro de un tramo de 4.5 Km. de trocha siendo la distancia desde el
poblado más cercano hacia el botadero de 2.6 Km.; por lo que de acuerdo al
Oficio N° 605-2017-MINAGRI-SG/OGA de la Dirección General de Administración del
Ministerio de Agricultura y Riego, referente a las observaciones presentadas en
la solicitud de transferencia del predio de 152.7 hectáreas de propiedad del
Ministerio de Agricultura a favor de la Municipalidad Provincial de Chincha
para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública denominado:
"RECUPERACIÓN DEL ÁREA DEGRADADA POR RESIDUOS SÓLIDOS PAMPA CHANCHERÍA
SECTOR PAMPA DE ÑOCO DISTRITO DE PUEBLO NUEVO, PROVINCIA DE
CHINCHA-DEPARTAMENTO DE ICA", indica que se debe adjuntar al Acuerdo de
Concejo el pedido de transferencia del predio; por lo que debe tomarse las Acciones:
Que con la finalidad
de dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 29151
aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, concordado con el
numeral 7.1) de la Directiva N° 005-2013-/SBN que regula los "Procedimiento para la aprobación de la transferencia
interestatal de los predios del Estado" y según el oficio de la referencia
en uno de los puntos dados advierte que No se ha adjuntado el Acuerdo de
Concejo aprobando el pedido de transferencia del predio indicando el
área a solicitar, para lo cual se deberá remitir dicha Acta de Acuerdo
de Concejo a fin de continuar con la solicitud de transferencia del predio.
Recomendaciones y/o sugerencias: Recomienda reformular el pedido de
solicitud del predio de 152.7 hectáreas a 170.3 hectáreas ya que con
ello se estaría cubriendo mayor área del proyecto a intervenir tomando en
cuenta la actual demanda de residuos sólidos que se vienen depositando en las
áreas colindantes debido a que la provincia de Chincha aún no cuenta con un
relleno sanitario. Finalmente, a fin de dar cumplimiento con los requisitos
para la solicitud de transferencia del predio, recomienda se apruebe mediante
Acuerdo de Concejo el pedido de transferencia del predio de 170.3 hectáreas del
Ministerio de Agricultura y Riego a favor de la Municipalidad Provincial de
Chincha para la ejecución del Proyecto denominado "RECUPERACIÓN DEL ÁREA DEGRADADA POR RESIDUOS SÓLIDOS PAMPA
CHANCHERÍA SECTOR PAMPA DE ÑOCO DISTRITO DE PUEBLO NUEVO, PROVINCIA DE CHINCHA-DEPARTAMENTO
DE ICA". Tenor ratificado con el Informe No. 2222-2017-GAT/MPCH, de
fecha 07 de agosto de 2017, del Gerente de Acondicionamiento Territorial.
Que, con Informe Legal No. 2297-2017-GAJ/MPCH, de
fecha 09 de agosto de 2017, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad,
comunica que estando a las atribucionesdel Concejo Municipal, señalado en el
Artículo 9°, de la Ley 27972, señala que "Corresponde al concejo
municipal: (...) 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto
los acuerdos; razón por la cual
RECOMIENDA se derive el presente al Pleno del Concejo Municipal para que se
formalizándose el acuerdo respectivo, respecto al pedido de transferencia de
predio con el área indicada en la Memoria Descriptiva para la finalidad
indicada.
Estando
a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades No.
27972, el Concejo Provincial de Chincha, en Sesión Ordinaria de Concejo de
fecha 09 de agosto de 2017, aprobó por unanimidad con la dispensa de la lectura
y aprobación del Acta, el siguiente
ACUERDO:
ARTICULO
PRIMERO.- Solicitar la transferencia del predio de 170.3 hectáreas del Ministerio de
Agricultura y Riego a favor de la Municipalidad Provincial de Chincha para la
ejecución del Proyecto denominado "RECUPERACIÓN
DEL ÁREA DEGRADADA
POR RESIDUOS SÓLIDOS PAMPA CHANCHERÍA SECTOR PAMPA DE ÑOCO
DISTRITO DE PUEBLO NUEVO, PROVINCIA DE CHINCHA-DEPARTAMENTO DE ICA".
ARTICULO
SEGUNDO.- Encargar
a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo con las formalidades de Ley en el
Diario de la Localidad y en la Página Web de la Institución.
Regístrese,
comuníquese y publíquese
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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