Alto
Larán, 10 de Agosto de 2017
El
Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Alto Larán; y
VISTO: El Memorando
N° 0108-2017-GM/MDAL de la Gerencia Municipal, el Informe N° 012-2017-MDAL/ALE
de la Oficina de Asesoría Legal, el Informe N° 0545-2017-MDAL/SGLSA de la Sub
Gerencia de Logística y Servicios Auxiliares y el Informe N° 0521-2017/GM/MDAL
de la Gerencia Municipal, sobre Modificación del Manual de Organización y Funciones
(MOF)para la incorporación de los perfiles del personal a contratar para el
Órgano Encargado de las Contrataciones; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194° de
la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de Gobierno
Local, tienen Autonomía tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa
en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley de Bases de la Descentralización
Ley 27783, en su Artículo 42°, Inciso c), indica como competencias exclusivas
el administrar y reglamentar los servicios públicos locales, destinados a
satisfacer las necesidades colectivas de carácter local;
Que, la Ley N° 27792 Ley Orgánica de
Municipalidades, en su Artículo II del Título Preliminar, señala que las
municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia. Asimismo el numeral 8) del Artículo 9° de dicha Ley
establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar
Ordenanzas;
Que, con Memorando N° 0108-2017-GM/MDAL de la
Gerencia Municipal solicita a la Oficina de Asesoría Legal su opinión legal
respecto al Plan de Trabajo para el cumplimiento de la Meta N° 28-2016
“Implementación del Control Interno (Fase de planificación) en los procesos de
contratación pública” del Programa de Incentivos, la misma que en el presente
año fiscal 2017 continua con las Metas N° 07 y 30; sobre la Modificación del
Manual de Organización y Funciones para la incorporación de los perfiles del
personal a contratar para el Órgano Encargado de las Contrataciones;
Que, el Informe N° 012-2017-MDAL/ALE de la
Oficina de Asesoría Legal informa que de acuerdo al Plan de Trabajo para el
cumplimiento de la Meta N° 28-2016 Implementación N° 1, se debe incluir como
requisito mínimo en los perfiles del personal a contratar para el OEC en el
Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Alto Larán,
correspondiente al Sub Gerente de Logística y Servicios Auxiliares
(Administrativo II), para el Especialista Administrativo II – SEACE
(Contrataciones), Asistente Administrativo I; deben de contar Certificación
vigente como funcionario y servidor del Órgano Encargado de las Contrataciones
emitido por el OSCE;
Que, con Informe N° 0545-2017-MDAL/SGLSA de
la Sub Gerencia de Logística y Servicios Auxiliares solicita la aprobación por
parte del Concejo Municipal la Modificación del Manual de Organización y
Funciones de la Municipalidad Distrital de Alto Larán, para incluir como
requisito mínimo en los perfil del personal a contratar para los cargos de Sub
Gerente de Logística y Servicios Auxiliares, Especialista Administrativo II –
SEACE (Contrataciones), Asistente Administrativo I; deben de contar con
Certificación vigente como funcionario y servidor del Órgano Encargado de las
Contrataciones emitido por el OSCE;
Que, con Informe N° 0521-2017/GM/MDAL de la
Gerencia Municipal solicita la aprobación por parte del Concejo Municipal la
Modificación del Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad
Distrital de Alto Larán, para incluir como requisito mínimo en los perfiles del
personal a contratar para los cargos de Sub Gerente de Logística y Servicios
Auxiliares, Especialista Administrativo II – SEACE (Contrataciones), Asistente
Administrativo I; deben de contar con Certificación vigente como funcionario y
servidor del Órgano Encargado de las Contrataciones emitido por el OSCE;
Estando a lo expuesto y contando con la
aprobación por UNANIMIDAD del Concejo Municipal en pleno, en la Sesión
Ordinaria de fecha 08 de Agosto de 2017; y en cumplimiento de las facultades
conferidas por el numeral 8) del Artículo 9° y los Artículos 39°, 40° y 44° de
la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente norma:
ORDENANZA
MUNICIPAL
QUE
APRUEBA LA MODIFICACION DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF)
INCORPORANDO COMO REQUESITO MINIMO LOS PERFILES DEL PERSONAL A CONTRATAR PARA
EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES CORRESPONDIENTE AL SUB GERENTE DE
LOGISTICA Y SERVICIOS AUXILIARES (ADMINISTRATIVO II), PARA EL ESPECIALISTA
ADMINISTRATIVO II-SEACE (CONTRATACIONES)Y ASISTENTE ADMINISTRATIVO I DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO LARAN
ARTÍCULO
PRIMERO.-APROBARla
Modificación del Manual de Organización y Funciones (MOF) incorporando como
requisito mínimo en los perfiles del personal a contratar para los cargos de
Sub Gerente de Logística y Servicios Auxiliares, Especialista Administrativo II
– SEACE (Contrataciones), Asistente Administrativo I; los mismos que deben de
contar con Certificación vigente como funcionario y servidor del Órgano Encargado
de las Contrataciones emitido por el OSCE;
ARTÍCULO
SEGUNDO.- ENCARGAR a la
Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Recursos Humanos, Asesoría Legal y
Secretaría General el seguimiento a la modificación de los instrumentos de
gestión municipal (MOF); para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente
Ordenanza.
ARTÍCULO
TERCERO.-
DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal
que se oponga a la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO
CUARTO.-
ESTABLECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el periódico de mayor
circulación de la jurisdicción y/o portal institucional de la Municipalidad
Distrital de Alto Larán.
POR
TANTO:
REGÍSTRESE,
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANA
MERCEDES SOTTECCANI ALTAMIRANO
ALCALDESA
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