lunes, 10 de julio de 2017

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No. 044-2017-MPCH.
Chincha Alta,  30 de Junio de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Oficio No. 651-2017-GAD-CSJIC/PJ, Rgto. 8547-2017, presentado por el Gerente de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ica, en el que a nombre del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica  y del personal de la Corte, solicita la ampliación de plazo hasta del local Centro Cultural hasta el 29 de setiembre de 2017.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 9° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en cuanto se refiere a las atribuciones del Concejo Municipal, refiere que, Corresponde al concejo municipal, (...) 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos
Que, el Artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades , respecto a los Acuerdos, señala "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, con Acuerdo de Concejo No. 49-2007-MPCH, de fecha 12 de setiembre de 2007, se aprobó el Convenio Marco de Cooperación entre la Corte Superior de Justicia de Ica y la Municipalidad Provincial de Chincha, …. Con vigencia de 10 años.
Que, en reuniones de coordinación para que se desocupe los ambientes asignados por Cesión de Uso del predio municipal (ambientes) del predio de propiedad municipal Centro Cultural cedidos en uso al Poder Judicial que vence el 27 de agosto de 2017, la Gerencia Municipal con la Gerencia de Asesoría Jurídica en visita de trabajo se constituyeron a la Sede de la Corte Superior de Justicia de lca, entrevistándose con el señor Presidente Dr. JULIO CESAR LEIVA PEREZ, evento llevado cabo con fecha 23 de Mayo de 2017 de quien se recibiera la propuesta de un mes, para embalar y desocupar los ambientes, los expedientes jurisdiccionales que tiene dicho Archivo, así como de los enseres como bienes escritorios, sillas y otros, en previsión de cautela y mejor disposición de los mismos, a su sede propia y que estaban ya gestionando alquiler de local en la Provincia de Chincha para trasladar sus expedientes y/o archivos y bienes muebles.
Que, ante esta situación, es de verse que la propuesta indicada, tiene factibilidad en la medida que, en dicha sede cuentan con Expedientes de Procesos Judiciales que, acorde con las normas administrativas de toda Entidad Pública, son bienes patrimoniales que se cautelan con la responsabilidad de ley, sujetos incluso a las normas                del órgano de control gubernamental (Contraloría General de la República), motivo por el cual es factible otorgar un plazo excepcional hasta el 29 de Setiembre de 2017, último día hábil, entreguen en dicha fecha la sede ocupada del Centro Cultural a su propietaria la Municipalidad Provincial de Chincha.
Que, con Informe Legal No. 982-2017-GAJ/MPCH, de fecha 28 de Junio de 2017, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad,  ante la situación planteada, propone que se emita el respectivo Acuerdo de Concejo que así lo declare, teniendo en cuenta que es una atribución del Concejo Municipal,  y el término excepcional y el motivo invocado por la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de lca; recomienda que se derive el presente al Pleno del Concejo Municipal para su determinación pertinente, siendo el criterio por la factibilidad para que por excepción se amplíe hasta el 29 de Setiembre de 2017, fecha en que culminará la prórroga de la Cesión de Uso al Poder Judicial, con la entrega a su propietaria la Municipalidad Provincial de Chincha, para que en dicho lapso puedan culminar con el retiro de los documentos, expedientes y bienes muebles de dicha sede, autorizándose al Alcalde Provincial la suscripción de la adenda del convenio sólo por dicho término.
Estando a lo expuesto, informe de la Asesoría Jurídica, a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Junio de 2017, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta  y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir  la adenda del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Corte Superior de Justicia de Ica y la Municipalidad Provincial de Chincha, para que la vigencia del convenio se amplié hasta el 29 de setiembre de 2017, fecha en que culminará la prórroga de la Cesión de Uso al Poder Judicial, con la entrega a su propietaria la Municipalidad Provincial de Chincha.
ARTICULO SEGUNDO.-  Notificar la presente a la Cortes Superior de Justicia de Ica, con las formalidades de Ley.
ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Chincha la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial de la localidad y  derivarlo al Encargado de la Pagina Web de la Municipalidad Provincial de Chincha, para su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Provincial: www.Munichinchagob.pe. con todos sus anexos
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde


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