sábado, 8 de julio de 2017

Municipalidad Distrital de Sunampe


ORDENANZA MUNICIPAL N°008-2017-MDS
Sunampe, 26 de Junio del 2017
EL CONSEJO DISTRITAL DE SUNAMPE;
Visto, en sesión Extraordinaria de fecha 26 de Julio de 2017, el Memorándum N°1497- 2017-GM/de la Gerencia Municipal mediante el cual se eleva la propuesta de Ordenanza para la aprobación del Plan Municipal del Libro y la Lectura 2017-2021.
CONSIDERANDO:
Que, la conformidad a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680,Ley de Reforma Constitucional a las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y dentro de los márgenes permitidos por leyes generales;
Que el numeral 11 del artículo 82 del Capítulo II, Las competencias y funciones específicas de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación “Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados”;
Que, el numeral 19 del artículo 82 del Capítulo II, Las competencias y funciones específicas, de la Ley N° 27972,Ley Orgánica de Municipalidad y sus modificaciones establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación ,cultura, deporte y recreación “Promover actividades culturales diversas”;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 002-2014 MC, Reglamento de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que “Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad.
Que, mediante Memorándum N° 1497-2017-GM/ de la Gerencia Municipal se señala la necesidad de contar con un plan Municipal del Libro y la Lectura, además de solicitar la emisión de una ordenanza municipal que apruebe dicho plan para el periodo 2017-2021;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferida por los artículos 9,39 y 49 de la Ley Orgánica de Municipalidad-Ley N° 27972, y con el voto Mayoría de miembros del Consejo, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE PARA EL PERIODO 2017-2021
ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR, el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Sunampe para el periodo 2017-2021 como instrumento obligatoria de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigente, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de Sunampe las instrucciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organización privadas.
ARTÍCULO SEGUNDO.-INCLUIR el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Sunampe para el periodo 2017-2021 en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado como parte del eje estratégico de  gestionar la adecuada construcción y equipo necesario de los centro de estudios permitiendo así que los ciudadanos puedan recibir una mejor educación.
ARTÍCULO TERCERO.-CREASE EL CONSEJO MUNICIPAL del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Sunampe como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura en el distrito. La alcaldía Distrital establece la conformación al funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Sunampe
ARTÍCULO CUARTO.- La secretaria Técnica del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Sunampe corresponder a la Oficina de Educación, Cultura, Deporte y Recreación
ARTÍCULO QUINTO.- La Oficina de Educación, Cultura, Deporte y Recreación es responsable de la implementación del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Sunampe para el periodo 2017-2021, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales.
ARTÍCULO SEXTO.-La Gerencia Municipal y las Oficinas  de Planeamiento de Presupuesto y de Administración son responsables del financiamiento de los gastos que genere la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Sunampe para el periodo 2017-2021.
ARTÍCULO SEPTIMO.-La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “La Verdad del Pueblo” mayor circulación y en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Sunampe.
ARTÍCULO OCTAVO.- Encargar a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Sunampe la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial “La Verdad del Pueblo” de mayor circulación y la publicación de la  ordenanza en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Sunampe
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
David Lorenzo Matías Atúncar

Alcalde

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