lunes, 17 de julio de 2017

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS – PISCO


  ORDENANZA MUNICIPAL N°002-2017/MDSA
San Andrés, 13 de Julio del 2017
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS
POR CUANTO:
El Concejo Distrital del Distrito de San Andrés, en Sesión Ordinaria de la fecha;
Visto en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Julio del 2017, el Memorándum N°026-2017-MDSA-GM, de la Gerencia Municipal mediante el cual se eleva la propuesta de ordenanza para la aprobación del Plan Municipal del Libro y la Lectura 2018-2021.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N°27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, y dentro de los márgenes permitidos por Leyes Generales;
Que, el numeral 11 del artículo 82ºdel Capítulo II, Las competencia y funciones específicasde la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación “Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados”;
Que, el numeral 19 del artículo 82ºdel Capítulo II, Las competencia y funciones específicas, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación “Promover actividades culturales diversas”;
Que, el artículo 4ºdel Decreto Supremo N°002-2014-MC, Reglamento de la Ley Nº30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que “Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad, (…)”;
Que, mediante Memorándum N°026-2017-MDSA-GM de la Gerencia Municipal se señala la necesidad de contar con un Plan Municipal del Libro y la Lectura, además de solicitar la emisión de una ordenanza municipal que apruebe dicho plan para el periodo 2018-2021;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9, 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, y con el voto Unánime del Concejo Municipal, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO
Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS PARA EL PERIODO 2018-2021
ARTÍCULO PRIMERO.-Aprobar el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de San Andrés para el periodo 2018-2021 como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de San Andrés, las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Incluir el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de San Andrés para el periodo 2018-2021 en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado del Distrito de San Andrés como parte de la Línea Estratégica “Fortalecer y consolidar los servicios culturales de acceso al libro y la lectura, estimular y fortalecer las capacidades y competencias de los niños, niñas y la población general de San Andrés, sustentados en la inclusión social, con el fin de lograr mejores índices de desarrollo humano y calidad de vida en el distrito."
ARTÍCULO TERCERO.-Créase el Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de San Andrés como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura en el distrito. La Alcaldía Distrital establecerá la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de San Andrés.
ARTÍCULO CUARTO.-La Secretaría Técnica del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de San Andrés corresponde a la Sub Gerencia de Educación, Deporte y Cultura.
ARTÍCULO QUINTO.-La Sub Gerencia de Educación, Deporte y Cultura es responsable de la implementación del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital San Andrés para el periodo 2018-2021, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales.
ARTÍCULO SEXTO.- La Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas son responsables del financiamiento de los gastos que genere la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de San Andrés para el periodo 2018-2021.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “La Verdad del Pueblo” y en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de San Andrés.
ARTÍCULO OCTAVO.-Encargara la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza, en el diario oficial “La Verdad del Pueblo”  de acuerdo a Ley, y a la Sub Gerencia de Informática la publicación de la presente ordenanza en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de San Andrés.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Jesús Santiago Ramos Medina
Alcalde


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