lunes, 10 de julio de 2017

Municipalidad Distrital de Alto Larán


ORDENANZA MUNICIPAL N° 017-2017-MDAL
Alto Larán, 28 de Junio de 2017
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Alto Larán, en Sesión Ordinaria de la fecha.
VISTO:
En Sesión Ordinaria de fecha 27 de Junio de 2017; el Informe N° 0458-2017-GM/MDAL de la Gerencia Municipal mediante el cual se eleva la propuesta de ordenanza para la aprobación del Plan Municipal del Libro y la Lectura 2017-2021.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N°27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, y dentro de los márgenes permitidos por Leyes Generales;
Que, el numeral 11 del artículo 82 del Capítulo II, Las competencia y funciones específicas de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación “Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados”;
Que, el numeral 19 del artículo 82 del Capítulo II, Las competencia y funciones específicas, de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación “Promover actividades culturales diversas”;
Que, el artículo 4 del  Decreto Supremo N° 002-2014-MC, Reglamento de la Ley N°30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que “Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad.
Que, mediante Informe N° -2017-GM/ de la Gerencia Municipal se señala la necesidad de contar con un Plan Municipal del Libro y la Lectura, además de solicitar la emisión de una ordenanza municipal que apruebe dicho plan para el periodo 2017-2021;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9, 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, y con el voto favorable de los  miembros  del Consejo Municipal , se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL  DE ALTO LARAN  PARA EL PERIODO 2017-2021
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Alto Larán para el periodo 2017-2021 como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de Alto Larán, las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Incluir el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Alto Larán para el periodo 2017-2021 en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado de la Municipalidad Distrital de Alto Larán  2017- 2030 en el eje estratégico “Acceso equitativo a una educación integral que permita al desarrollo pleno de las capacidades humanas en sociedad” como parte de la Línea Estratégica del Plan Municipal del Libro y la Lectura de Alto Larán 2017.
ARTÍCULO TERCERO.- Créase el Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Alto Larán como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura del distrito. La Alcaldía Distrital establecerá la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Alto Larán.
ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría Técnica del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Alto Larán corresponde a la Gerencia de Desarrollo Social y Económico.
ARTÍCULO QUINTO.- La Sub Gerencia de Participación Ciudadana, Educación,  Juventud,  Cultura y Deporte es responsable de la implementación del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Alto Larán  para el periodo 2017-2021, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales.
ARTÍCULO SEXTO.- La Gerencia Municipal y la Gerencia de Planeamiento, de Presupuesto son responsables del financiamiento de los gastos que genere la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital  de Alto Larán  para el periodo 2017-2021.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario Local “La Verdad del Pueblo” y en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Alto Larán.
ARTÍCULO OCTAVO.- Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Alto Larán la publicación de la presente ordenanza y a la Gerencia de Informática  la publicación de la presente ordenanza en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital.
POR TANTO:

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Ana Mercedes Sotteccani Altamirano

Alcaldesa

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