La Sunat fijó
recientemente los requisitos para que los trabajadores puedan deducir, de sus
ingresos brutos, los gastos por alquiler de vivienda y servicios prestados por
médicos, odontólogos y otros profesionales.
El Gobierno
emitió hace unas semanas una norma que permite la deducción del Impuesto a la
Renta de hasta 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) adicionales a las 7 UIT
que establece el actual régimen fiscal para lo cual es indispensable -pedir y
guardar las facturas y recibos electrónicos.
La
Sunat dispuso que a partir del 2017 los contribuyentes que perciben rentas del
trabajo ten-drán derecho a deducir del Impuesto a la Renta otros gastos adicionales
a las siete UIT que hayan pagado por arrendamiento de inmuebles, servicios prestados
por médicos, odontólogos y otros profesionales, siempre que tales gastos estén
sustentados en comprobantes de pago electrónicos o físicos.
¿Cómo deducir las 3 UIT adicionales
del Impuesto a la Renta y obtener devoluciónde Sunat?
La
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)
emitió la Resolución 123-2017 para regular los requisitos en dichos
comprobantes, manifestó el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de
Lima (CCL), Víctor Zavala.
La
resolución precisa los requisitos que deben cumplir los comprobantes de pago,
de tal manera que los trabajadores (perceptores de rentas de cuarta y/o quinta
categoría) puedan deducir ciertos gastos de sus ingresos brutos.
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