ACUERDO
No. 030-2017-MPCH.
Chincha
Alta, 17 de Abril de 2017
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO,el expediente Rgto. No. 1816-2017, presentado por
don Teodoro Santos Ureta Pérez, sobre acta de matrimonio de su difunto hermano
ABEL ALBERTO URETA PEREZ.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son órganos
de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972, prescriben “Los
concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación
de ordenanzas y acuerdos”y ”Los acuerdos
son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés
público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno
para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional”.
Que, el artículo 9° numeral 23 de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal
" Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en defensa de los
intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o
impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto
de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad
civil o penal, así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el
gobierno local o sus representantes.
Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1068, los
Procuradores Públicos Municipales ejercen la Defensa Jurídica del Estado de
acuerdo a la Constitución, al citado Decreto Legislativo, su Ley Orgánica y su
Reglamento Decreto Supremo N° 017- 2008 — JUS.
Que doña Teodora Santos Ureta Pérez, comunica que
su hermano nunca contrajo matrimonio, pero al tramitar la solicitud del pago de
indemnización ante SEGUROS RIMAC, dicha aseguradora le alcanza los documentos presentados por la
supuesta conyugue. Sra. Castro Perales Luisa Victoria: Acta de Celebración de
Matrimonio realizada en la Municipalidad Provincial de Chincha; por lo que solicita
se verifique el registro de actas de matrimonio de Registro Civil de Chincha,
que se realizado el 10 de mayo de 2012.
Que, con Informe No. 09-2017-SGRC/MPCH, de fecha 03
de febrero de 2017, la Jefe de la División de Registro Civil de la Entidad, comunica
que habiéndose verificado en los archivos, no se encuentra ningún expediente
matrimonial con No. 2530 y fecha de matrimonio 10 de mayo de 2012, ni mucho menos
existe el Acta de Matrimonio a nombre de ABEL ALBERTO URETA PEREZ con LUISA
VICTORIA CASTRO PERALES; indicando que en la fecha indicada en la referida acta
de matrimonio le Jefe del Registro Civil no era la Srta. Sandra Patricia Del
Rio Gonzales; quien recién estuvo a cargo de la Jefatura de Registro Civil a
partir del 12 de Diciembre del 2013.
Que, de acuerdo al Informe No.
017-2017-PRHA-PPM/MPCH, de fecha 09 de Febrero de 2017, el Procurador Municipal
informa que de los hechos antes descritos, tipifican el Delito Contra la Fe
Publica, en agravio de la Municipalidad Provincial de Chincha, por lo que
solicita se remitan los actuados a Concejo Municipal a efectos de que se
autorice a la Procuraduría la interposición de la Denuncia Penal pertinente.
Que, con Informe No. 065-2017-GM/MPCH, de fecha 15
de febrero de 2016, la Gerente Municipal deriva toda la documentación para la
autorización del Concejo en Pleno, para
que la Oficina de Procuraduría inicie las acciones legales pertinentes.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley 27972
Ley Orgánica de Municipalidades, a lo aprobado por unanimidad de los re-gidores
del Concejo Municipal presentes en dicho acto en la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 22 de febrero de 2017 y con la Dispensa de la
Lectura y Aprobación del acta
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO.- AUTORIZAR al Procurador Público de la
Municipalidad Provincial de Chincha, ABOG. PEDRO RODOLFO HUAROTE ALDAY, para para que formule la Denuncia Penal por el
supuesto delito contra la Fe Publica, por la inexistencia del acta de
celebración de matrimonio entre Abel Alberto Ureta Pérez y Luisa Victoria
Castro Perales.
ARTICULO
SEGUNDO.- Encargar
al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha el cumplimiento del presente Acuerdo.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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