viernes, 26 de mayo de 2017

Municipalidad Distrital de Sunampe


Resolución de Alcaldía N° 564-2017-GM/MDS
Sunampe, 25 de Mayo del 2017.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE.
VISTO:
Mediante informe N° 20-2017/P65-MDS, donde se requiere aprobar y publicar Resolución de Alcaldía al Plan de Trabajo de Implementación del Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) para el año 2017-2018.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art.194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, dentro del art. 20, inciso 6) de la Ley orgánica de municipalidades N° 27972, señala que dentro de las atribuciones del alcalde, esta dictar Decretos y Resoluciones de alcaldía, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, en el artículo 6° del Reglamento de la Ley N°28803, aprobado por Decreto Supremo N°013-2006-MIMDES, encargan a la Dirección de Personas Adultas Mayores Del Ministerio de  la Mujer y Desarrollo Social, la responsabilidad de coordinar la elaboración de las pautas y recomendaciones para el buen funcionamiento de los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM), con la finalidad de promover su instalación en los Gobiernos Locales.
Que, mediante Informe N° 20-2017/P65-MDS, con fecha 24 de Mayo del 2017, suscrito por Rosa Catasi Palomino (encargada de PENSION 65), requiere dar cumplimiento una de las actividades requerida por la META 28 – IMPLEMENTACIÓN DEL CENTRO INTEGRAL DEL ADULTO MAYOR.
Que, mediante Memorándum N° 1253-2017-GM-MDS, con fecha 25 de Mayo del 2017, suscrita por Juan Manuel Trillo Flores (Gerente Municipal), solicita publicar mediante Resolución  de alcaldía el plan de trabajo de implementación del CIAM para el 2017-2018
SE RESUELVE:
Artículo Primero: APROBAR el Plan de Trabajo de Implementación de los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM-2017-2018), anexo N°1.
Artículo Segundo: DEJAR SIN EFECTO todo Acto Resolutivo que se oponga a la presente resolución.
Artículo Tercero: ENCARGAR a la Secretaria General disponer la difusión de la presente Resolución, y a las Áreas Correspondientes.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
DAVID LORENZO MATIAS ATUNCAR

ALCALDE





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