Resolución de Alcaldía N° 564-2017-GM/MDS
Sunampe,
25 de Mayo del 2017.
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE.
VISTO:
Mediante informe N° 20-2017/P65-MDS, donde se
requiere aprobar y publicar Resolución de Alcaldía al Plan de Trabajo de
Implementación del Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) para el año 2017-2018.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art.194° de la
Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que las
Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, dentro del art. 20, inciso 6) de la Ley
orgánica de municipalidades N° 27972, señala que dentro de las atribuciones del
alcalde, esta dictar Decretos y Resoluciones de alcaldía, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, en el artículo 6° del Reglamento de la
Ley N°28803, aprobado por Decreto Supremo N°013-2006-MIMDES, encargan a la
Dirección de Personas Adultas Mayores Del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la
responsabilidad de coordinar la elaboración de las pautas y recomendaciones
para el buen funcionamiento de los Centros Integrales de Atención al Adulto
Mayor (CIAM), con la finalidad de promover su instalación en los Gobiernos
Locales.
Que, mediante Informe N° 20-2017/P65-MDS, con
fecha 24 de Mayo del 2017, suscrito por Rosa Catasi Palomino (encargada de
PENSION 65), requiere dar cumplimiento una de las actividades requerida por la
META 28 – IMPLEMENTACIÓN DEL CENTRO INTEGRAL DEL ADULTO MAYOR.
Que, mediante
Memorándum N° 1253-2017-GM-MDS, con fecha 25 de Mayo del 2017, suscrita por
Juan Manuel Trillo Flores (Gerente Municipal), solicita publicar mediante Resolución de alcaldía el plan de trabajo de
implementación del CIAM para el 2017-2018
SE
RESUELVE:
Artículo
Primero: APROBAR
el Plan de Trabajo de Implementación de los Centros Integrales de Atención
al Adulto Mayor (CIAM-2017-2018), anexo
N°1.
Artículo
Segundo:
DEJAR SIN EFECTO todo Acto Resolutivo que se oponga a la
presente resolución.
Artículo
Tercero:
ENCARGAR a la Secretaria General disponer la difusión
de la presente Resolución, y a las Áreas Correspondientes.
REGISTRESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
DAVID LORENZO MATIAS ATUNCAR
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