ACUERDO
No. 023-2017-MPCH.
Chincha
Alta, 17 de abril de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CHINCHA
Visto;
el Informe No. 031-2017-PI/MPCH, de fecha 30 de marzo de 2017, del Coordinador
PI-MPCH, sobre convenio entre la Municipalidad Provincial de Chincha y la
Institución Educativa Emblemática “José Pardo y Barreda”.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son órganos
de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal
“Aprobar la celebración de convenios de
cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que, el Artículo
41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que
"Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos
específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la
voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse
a una conducta o norma institucional.
Que, con D.S N° 394-2016-EF se aprueban los procedimientos para
el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del programa de
Incentivos a la Mejora v de la Gestión Municipal del año2017; y según el
Instructivo las Municipalidades Tipo B tiene que desarrollar una Disciplina de
Bandera, a implementare en cada localidad. Será escogido de acuerdo a estudios
realizados por el Instituto Peruano del Deporte en articulación con la
Federación Deportiva Nacional e Infraestructura deportiva adecuada, siendo
escogida la disciplina de bandera en la provincia de Chincha la disciplina de
Atletismo y una disciplina Deportiva Municipal siendo escogida por el Equipo
Técnico la disciplina de Basquetbol.
Que, con Informe
No. 0127-2017-GDHPS/MPCH, de fecha 27 de marzo de 2017, la Gerencia de
Desarrollo Humano y Promoción Social de la Entidad, menciona que la Institución
Educativa Pública "José Pardo y Barreda" cuenta con un Estadio y
Pista Atlética reglamentaria y lozas deportivas las cuales son para desarrollar
dichas actividades y así poder cumplir con lo establecido en la Meta 29 y el
desarrollo de las actividades serán evaluadas por el instituto Peruano del
Deporte IPD; por lo que solicita se formalice el Convenio para el inicio de las
actividades.
Que, con Informe
Legal No. 418-2017-GAJ/MPCH, de fecha 10 de abril de 2017, el Gerente de
Asesoría Jurídica de la Entidad, recomienda que es factible se proceda a autorizar
la suscripción del Convenio para los fines antes indicados entre la
Municipalidad Provincial de Chincha y la Institución Educativa "José Pardo
y Barreda" de Chincha, específicamente para los fines indicados; por lo
que para tal efecto debe remitirse el presente al Pleno del Concejo Municipal para
la determinación pertinente, con la emisión del respectivo Acuerdo de Concejo
que AUTORICE al Alcalde Provincial la suscripción respectiva del Convenio referido
propuesto por la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social.
Estando a lo expuesto, el informe de la Asesoría
Legal yen uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la
Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal
con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha 12 de
abril de 2017, con la dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla,
Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir el Convenio
entre la Institución Educativa Emblemática José Pardo y Barreda y la
Municipalidad Provincial de Chincha, para el desarrollo de la Meta 29
“consolidación de Escuelas Deportivas Municipales orientadas a la Masificación”
IPD para el año 2017.
ARTICULO
SEGUNDO.- Encargar a la Secretaria General de la
entidad, hacer de conocimiento el presente al Director de la
Institución Educativa Emblemática José Pardo y Barreda y a las Unidades
Orgánicas de la Entidad que tengan relación con el cumplimiento de la Meta 29.
ARTICULO
TERCERO.- La Gerencia de Planificación y Presupuesto
de la Entidad se encargara de las acciones de índole presupuestaria para el
cumplimiento del citado convenio.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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