ORDENANZA MUNICIPAL N° 05-2017-MDGP/A
Grocio
Prado, 03 de marzo de2 2017.
EL
CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO.
POR
CUANTO:
En Sesión Ordinaria de fecha veinte de
febrero del presente año, el Informe Legal N° 016 -2017-2017-MDGP/OAJ, Informe
N° 020-2017-MDGP/SG-SCMASM/JLCR e Informe N° 019-2017-MDGP/OFMA/FCH, con
relación a la EMISIÓN DE CARNÉT DE
SANIDAD, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución
Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305 de reforma constitucional, determina
que las Municipalidades Distritales son Órganos de Gobierno Local, que gozan de
autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su
competencia;
Que,
el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece
que las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general y de mayor
jerarquía por las cuales se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la
Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, según consta en Acta de Sesión de
Concejo Número Décimo Séptimo, de fecha veintinueve de septiembre del año 2016,
la Regidora Teresa Saravia Munayco, realiza la petición para que esta comuna
emita el carnet de sanidad a las personas que “expenden comidas y bebidas”.Por
lo tanto el Concejo en pleno acuerda por unanimidad aprobar el pedido, con la
dispensa de la lectura del acta;
Que, así también obra el Acta de Sesión
Ordinaria Número Cuarto, de fecha 20 de febrero de 2017, donde en la etapa de
pedidos literalmente se señala: “…por
tanto se cede la palabra al Abogado Edwing Fernando, Munayco Tasayco quien
informa que se encuentra normado la emisión del carnet de sanidad en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del año 2013, siendo el costo de
0.66% de una U.I.T., cuyo costo es de S/. 24.00 Aproximadamente, que toda vez
que ya se encuentra normado en el TUPA y dado que a fines del año pasado se
aprobaron los nuevos Documentos de Gestión resulta pertinente modificar dicho
texto por cuanto esta función ahora se le esta asignando a la Subgerencia de Seguridad
Ciudadana Medio Ambiente y Servicios Municipales, por tanto corresponde aprobar
en ese sentido y, respecto del costo de dicho trámite estableciéndose en S/.
10.00, por cuanto la Municipalidad Provincial de Chincha está cobrando ese
mismo monto a fin de dar las facilidades a la ciudadanía por cuanto el certificado
médico se ha fijado el monto de S/ 30.00 soles, el cual elevaría su costo,
siendo inaccesible a la población, por tanto el Pleno de Concejo previo debate
aprueba la modificación de los Documentos de Gestión asignándosele a la Subgerencia
de Seguridad Medio Ambiente y Servicios Municipales, determinándose el monto de
S/ 10.00 como derecho de trámite”;
Que, mediante Ordenanza Municipal N°
007-2013-MDGP/A del 22 de julio del año 2013 se aprobó el Texto Único de Procedimientos
Administrativos -TUPA, el mismo que a la fecha se encuentra en vigencia, en
dicho cuerpo normativo en su parte correspondiente se consigna el procedimiento
para obtención delCARNET DE SANIDAD, sus
requisitosy costo; asignándole esta función a Bienestar y Servicio Social,
habiéndose establecido el 0.61% de la Unidad Impositiva Tributaria como derecho
de trámite; equivalente S/. 22.68;
Que, con fecha 11 de octubre del año 2016 se
publicaron las Ordenanzas Municipales N° 011-2016-MDGP/A y 012-2016-MDGP/A, que
aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Manual de
Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado y,
estando a lo aprobado en Sesión de Concejo de fecha veinte de febrero del
presente año, corresponde emitir la norma pertinente que modifique dichos
cuerpos normativos en lo que corresponda;
Estando a lo expuesto, a los Informes de
Vistos y a la anuencia de la Oficina de Asesoría Jurídica; en uso de las facultades
conferidas por el numeral 8) del artículo 9°, de la Ley Orgánica de municipalidades
N° 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el
Concejo Municipal con el voto Unánime ha dado la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA), MANUAL DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES (MOF) Y REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ARTÍCULO
PRIMERO.- MODIFICAR
el Texto Único de Procedimientos Administrativos(TUPA
2013), aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 007-2013-MDGP/A del 22 de julio de 2013, en la parte pertinente a la
emisión y costo por derecho de trámite del CARNET
DE SANIDAD, estableciéndose que la Unidad
de Medio Ambiente de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente
y Servicios Municipales es la competente para su emisión; fijándose en S/
10.00(DIEZ Y 00) el derecho de trámite; equivalente al 0.25% de la Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T. vigente).
ARTÍCULO
SEGUNDO.-MODIFICAR
los Documentos de Gestión de la entidad, llámese Manual de Organización y Funciones
(MOF) y Reglamento de Organización y Funciones (ROF), adicionándosele y/o
incorporándose a la Unidad de Medio Ambiente la función de emitir Carnet de Sanidad.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER por Secretaría General su publicación en el Diario de la
Localidad y, a la Unidad de Imagen Institucional su difusión en el Portal Web
de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
ARTÍCULO CUARTO.-
ENCÁRGUESE a la Subgerencia de Planificación, Programación y Presupuesto efectuar la actualización del Texto Único de Procedimientos
Administrativos incluyendo las modificaciones contenidas en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO QUINTO.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
ARTÍCULO
SEXTO.-DERÓGUESE
el Decreto de Alcaldía N° 001-2017-MDGP/A, por contravenir la jerarquía de la
estructura normativa y, cualquier otra norma que se oponga a la presente disposición.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Luis
Alfredo Tasayco Tasayco
Alcalde
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