martes, 11 de abril de 2017

Municipalidad Distrital de Chincha Baja


ORDENANZA MUNICIPAL Nº003-2017-MDCHB
Chincha Baja, 10 de Marzo del 2017
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrital de Chincha Baja en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 07 de marzo del 2017
VISTO.-
El Informe Nº 057-2017-MDCHB/GM de Gerencia Municipal, Informe Legal Nº 098-2016-OAJ/MDCHB DE LA Oficina de Asesoría Jurídica; y el Informe de Presupuesto Nº 0048-2017-MDCHB/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, referente al Proyecto de Ordenanza Municipal QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAMSA) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIÓN Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUISA), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Legal N°098-2016-OAJ/MDCHB emitido por la Oficina de Asesoría Legal, y el Informe de Planificación y Presupuesto N° 0048-2017-MDCHB/OPP se dispone la aprobación del Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas (RAMSA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA), llevándose a cabo reuniones permanentes con los encargados de las unidades orgánicas;
Que, es tarea permanente reforzar la relación entre el municipio y la sociedad, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía que utiliza los mecanismos de democracia directa y democracia representativa generando compromisos y responsabilidades compartidas, creando conciencia respecto de los derechos y las obligaciones de los ciudadanos como contribuyentes y como actores en el funcionamiento del Estado y en el desarrollo colectivo;
Que, de conformidad con el Artículo 192º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades tienen atribución para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, de conformidad con los numerales 1 y 2 del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV – Descentralización: los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, de acuerdo al Artículo 40º de la Ley Nº 27972 precisa que las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, de acuerdo al Artículo 9º de la Ley Nº 27972 señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el reglamento de organización interior y funcionamiento del gobierno local; así mismo en su Artículo 8º señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan actividades de funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;
El Reglamento de Aplicación Multas y Sanciones Administrativas (RAMSA) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA). Obedece a la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444  en su Artículo 230º numeral 3, consigna el Principio de
Razonabilidad.- Las autoridades deben prever que la comisión de la conducta sancionable no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir las normasinfringidas o asumir la sanción; así como que la determinación de la sanción considere criterios como la existencia o no de intencionalidad, el perjuicio causado, las circunstancias de la comisión de la infracción y la repetición en la comisión de infracción;
Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Distrital de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja con el voto unánime de sus miembros aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAMSA) Y CUADRO ÚNICO DE INFRACCIÓN Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUISA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
Artículo 1º.- APROBAR el nuevo instrumento de gestión Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas (RAMSA) y Cuadro Único de Sanciones Administrativas (CUISA) que como anexo forman parte integrante de la Ordenanza que consta de 56 páginas y 54 artículos.
Artículo 2º.- FACÚLTESE al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación dela presente Ordenanza.
Artículo 3º.-DERÓGUESE la Ordenanza Municipal 01-2009-MDCHB y sus modificatorias, así como todas aquellas disposiciones municipales que se opongan a la presente disposición.
Artículo 4º.- RESPECTO a algún vacío legal que se pueda advertir en el reglamento, será de aplicación lo establecido en la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y otras normas pertinentes.
Artículo 5º.- Los procedimientos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, se regirán por la normatividad anterior hasta su conclusión, no obstante son aplicables a los procedimientos en trámite, las disposiciones generales del presente reglamento contenidas en el Titulo I.
Artículo 6º.- APROBAR como anexo II de la presente Ordenanza, los siguientes formatos: acta de constatación, notificación preventiva, acta de ejecución inmediata, acta de clausura temporal, acta de clausura definitiva, acta de retención, acta de decomiso, acta de eliminación, acta de retiro, acta de paralización de obra, acta de suspensión y/o cancelación de eventos, acta de demolición, y acta de ejecución de obra.
Artículo 7º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a las unidades orgánicas competentes de la Municipalidad de Chincha Baja.
Artículo 8º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario de mayor circulación en la jurisdicción.
POR TANTO: Mando
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Oscar William Rojas Ormeño
Alcalde



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