martes, 3 de enero de 2017

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO


ORDENANZA N° 031-2016-MPP
Pisco, 30 de Diciembre de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Diciembre del 2016, el informe N° 801-2016-MPP-OGPPR, de fecha 19 de Diciembre del 2016, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Racionalización, e Informe N° 2134-2016-MPP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica respecto a la Actualización e Incorporación de Procedimientos Administrativos vinculados a la Ley Nº 28976 – Ley Marco de la Licencia de Funcionamiento y a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM, al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que “Las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, en concordancia con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento de gestión que simplifica los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad las Municipalidades, facilitando de esta manera a los administrados el conocimiento de los requisitos, las instancias que decidirán sobre los procedimientos o prestaciones de los servicios, los plazos de resolución y demás detalles relevantes en su tramitación;
Que mediante el Informe Nº 74-2016-MPP-OGPPR-UPRE, la Unidad de Planificación y Racionalización, remite a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Racionalización el proyecto de modificación y actualización del TUPA para incluir procedimientos administrativos vinculados a la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, cada cual con sus respectivos requisitos, plazos y propuesta de Derecho de Tramitación; y el Decreto Supremo Nª 058-2014 PCM Reglamento de Inspección Técnicas de Seguridad en Edificaciones, así como lo planteado en la Resolución Ministerial Nº 088-2015-PCM;
Que, mediante el Informe N° 2134 - 2016 - MPP - OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que es legalmente viable que el Concejo Municipal apruebe la propuesta realizada sobre la actualización e incorporación de los citados procedimientos administrativos;
Que, la propuesta se enmarca dentro del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en su Meta 34: “Exigir los requisitos contemplados en la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, emitir la licencia en los plazos consignados en el instructivo y publicar en el portal web Institucional la información vinculada con el procedimiento de licencia y de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones” la que exige en su actividad 1: “Actualización de medios de difusión y orientación adecuada a los administrados sobre los procedimientos de licencia de funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) en base a la normativa vigente”, debiéndose actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, los extremos de las unidades orgánicas ya señaladas;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 088- 2015-PCM se aprueba el Modelo de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales los mismos que cumplen con los criterios legales para la formulación de un procedimiento a iniciativa de parte y la forma en que se determinan los plazos de atención y derechos de tramitación de los procedimientos ITSE y la diligencia de levantamiento de observaciones,encontrándose acorde con el marco legal previsto en el Reglamento de ITSE aprobado por Decreto Supremo Nº 058- 2014 - PCM y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, asimismo, los procedimientos vinculados a la Ley Nº 28976, Decreto Supremo Nª 058-2014 - PCM y Resolución Ministerial Nº 088- 2015-PCM, se adecuara la modificación en relación al cambio de denominación de la unidad orgánica, inicio de trámite, autoridad competente para resolver e instancias de resolución de recursos; planteamiento que permitirá una mejor precisión del procedimiento y por consiguiente una mejor atención del mismo;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…).
Asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”.
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial por UNANIMIDAD, y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN E INCORPORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS VINCULADOS A LA LEY Nº 28976 - LEY MARCO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y A LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO SUPREMO Nº 058-2014 - PCM, AL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la actualización e incorporación de procedimientos administrativos vinculados a la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 058-2014- PCM, Inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones, al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en los procedimientos de Defensa Civil, Registro y Recaudación de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- MODIFICAR la Ordenanza N° 012-2013-MPP que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, en el extremo pertinente conforme al artículo primero.
ARTÍCULO TERCERO.- Publicar la Presente Ordenanza en el diario local , en los paneles de la municipalidad y en la página Web de conformidad con el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
ARTÍCULO CUARTO.- DEROGAR todas las disposiciones Municipales que se opongan a la presente ordenanza.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
TOMAS VILLANUEVA ANDIA CRISOSTOMO
ALCALDE






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