viernes, 13 de enero de 2017

Municipalidad Distrital de San Clemente-Pisco


Ordenanza Municipal N° 023-2016-MDSC/P

San Clemente, 19 de Diciembre del 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN CLEMENTE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de San Clemente, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de Diciembre del 2016, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° en concordancia con el ARTICULO ll-AUTONOMIA de la Constitución Política del Estado determina que las Municipalidades distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 195° de la misma norma establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo,la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo en concordancia con lo estipulado en el artículo 8° y 9° de la ley de Bases de la Descentralización -Ley Nº 27783.
Que, Artículo 73°de la precitada ley establece como competencia Municipal Distrital las funciones específicas y compartidas en materia de tránsito, circulación y transporte público en su jurisdicción en concordancia con el Artículo 81°de la misma ley que señala las funciones que ejercen las Municipalidades respecto a tránsito vialidad y transporte público.
Que, en consecuencia, la organización, administración y reglamentación del transporte urbano e interurbano de pasajeros es un servicio público de competencia exclusiva de las municipalidades.
Que, el servicio de transporte en vehículos menores es una actividad que permite la movilización de la población en rutas cortas dentro de cada distrito consecuentemente, constituye un complemento al servicio urbano de pasajeros, el mismo que requiere ser regulado para garantizar el orden de la ciudad, seguridad de ciudadanos que son usuarios de dicho servicio. La formalización empresarial y la capacitación de los conductores de vehículos menores que ofrecen esta modalidad de servicio de transporte de pasajeros.
 Que, el transporte de pasajeros y carga en vehículos menores satisface necesidades colectivas de carácter local, que deben ser reguladas por la Municipalidad Distrital de San Clemente, mediante normativa de alcance Distrital.
Que, constituyen objetos permanentes de la Municipalidad Distrital de San Clemente en materia de tránsito, preservar la seguridad pública en el tránsito, dar fluidez al tránsito vehicular y peatonal, educar y capacitar a la población en el correcto uso de las vías públicas, entre otros.
Que, en armonía con la política descentralista qué ha asumido la Municipalidad Distrital de San Clemente y a las normas legales vigentes sobre la materia; la Municipalidad Distrital dictará las normas pertinentes de complementación o desarrollo a la presente Ordenanza, de acuerdo a sus necesidades y las situaciones especiales del transporte en vehículos menores dentro de su jurisdicción; de conformidad con la competencia normativa reguladora en la materia que señala la LeyOrgánica de Municipalidades N° 27972, lo previsto en la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre N° 27181, lo establecido en la Ley que Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados Ley N°27189 y lo normado en su reglamento D. S. N°055-2010-MTC.y estando a lo expuesto, con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, al informe favorable de la Unidad de Transporte, con el visto bueno de la Unidad de Asesoría Legal y de la Gerencia Municipal y con el voto unánime de los señores regidores en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Diciembre del 2016; se aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DEPASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS DEL DISTRITO DE SAN CLEMENTE

Juan José Quispe Morales
Alcalde



  




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