Provincia
de Chincha – Región Ica
ORDENANZA
MUNICIPAL N° 012-2016-MDCH/A
Chavín,
09 de Noviembre del 2016
VISTOS:
El
acta de Concejo Municipal del Distrito de Chavín, de la Provincia de Chincha,
en Sesión de Consejo de fecha 13 de Octubre del año 2016.
CONSIDERANDO:
Que,
las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía
económica, administrativa y política tal y como se establece en el Art. 194 de
la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Art. II del Título
Preliminar de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en el que se
determina la facultad de las mismas para ejercer actos de gobierno, administrativos
y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que,
con informe N°109-2016-SGDHIS/MDCH, de fecha 06 de Octubre del 2016, el Sub
Gerente del Área de Desarrollo Humano e Inclusión Social, remite el Proyecto de
Ordenanza Municipal de Creación del Mecanismo de Soporte Intersectorial e
Intergubernamental Local del distrito de Chavín (MSIL - CHAVÍN), con la
finalidad de que se evalúe, y sea visto en Sesión de Concejo para su
aprobación.
Que,
el Mecanismo de Soporte Intersectorial e Intergubernamental Local del Distrito
de Chavín (MSIL - CHAVÍN), es un Órgano de Participación y Concertación
Educativa, que define los lineamientos y estrategias de desarrollo del Plan
Intergubernamental e Intersectorial Local (PIL) del distrito de Chavín, así
como su elaboración, seguimiento y evaluación.
Que,
la finalidad del Mecanismo de Soporte Intersectorial e Intergubernamental Local
del distrito de Chavín (MSIL - CHAVÍN), es generar acuerdos concertados entre
la sociedad, el municipio y la comunidad educativa, así co-mo las instituciones
públicas y privadas para el desarrollo de la educación en la búsqueda de la
excelencia educativa, programando acciones y estrategias que permitan el
mejoramiento de la calidad educativa. Y el objeto del Mecanismo de Soporte Intersectorial
e Intergubernamental Local del distrito de Chavín (MSIL - CHAVÍN), es
contribuir a la formulación de la política educativa local, debiendo concertar
el Plan Intersectorial e Intergubernamental Local, velar por su implantación y
fiscalizar sus resultados e impactos en el desarrollo de la educación en el
ámbito del distrito de Chavín.
Que,
según lo establecido en el Art. 82° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
27972, las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación,
tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno
nacional y el regional las siguientes: numeral 7. “Impulsar y organizar el
Consejo Participativo Local de Educación, a fin de generar acuerdos concertados
y promover la vigilancia y el control ciudadano”.
Que,
según lo establecido en el Art. 40° de la Ley 27972, señala que: “Las ordenanzas
de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna,
la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias
en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Y según lo establecido
en el Art. 9o de la mencionada norma es atribución del Concejo Municipal,
inciso 8. “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los
acuerdos”.
Que, estando a lo aprobado por UNANIMIDAD/MAYORÍA
en Sesión Ordinaria de Consejo Municipal de fecha 13 de Octubre del 2016, en
uso de las facultades que confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972,
de conformidad al Informe Legal N° 033-2016-OAJ-NFG/MDCH y de la Subgerencia de
Desarrollo Humano e Inclusión Social N° 109 -2016-SGDHIS/MDCH.
SE
ORDENA:
ARTÍCULO
PRIMERO; CONFORMAR el “Mecanismo de Soporte Intersectorial e Intergubernamental
Local del distrito de Chavín” (MSIL - CHAVÍN), organización que tendrá vigencia
a partir de la publicación de la presente ordenanza, integrada por:
o
Presidente: Sr. Raúl SOLANO DE LA CRUZ -
Alcalde de Chavín
o
Secretario: Sr. David Arsecio MENDOZA AGUIRRE
- Profesor
o
Miembros integrantes:
ü Fidela
Crutilde QUISPE MANRIQUE - Presidenta de APAFA
ü Julio
César PEVE SOLANO - Agente Municipal
ü Lilian
Luciano SALDAÑA PEVE - CAE
ü Flora
Marcelina LAURA PEVE - Madre de Familia
ü Victoria
Fausta SOLANO PEVE - Madre de Familia
ü Nancy
SALDAÑA PALOMINO - Madre de Familia
ü Segundino
Benavides QUISPE CHUQUISPUMA - Delegado vecinal
ü Lourdes
Paola DÁVALOS MAGALLANES - Representante de Salud
ü Segundo
Humberto BOCANEGRA VAELLA - Representante de la Empresa
Minera MILPO.
ARTÍCULO
SEGUNDO: El
Comité, ELABORARÁ el “Reglamento de Organización y Funcionamiento” del “Mecanismo de Soporte Intersectorial e Intergubernamental
Local del distrito de Chavín” (MSIL - CHAVÍN) en un plazo de treinta (30)
días calendarios luego de publicada la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Sub Gerencia
Desarrollo Humano e Inclusión Social en lo que sea de su competencia, a la SECRETARIA
GENERAL la publicación de la presente Ordenanza en el Diario de Oficial de
Chincha.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Prof. Raúl
Solano De la Cruz
ALCALDE
0 comentarios:
Publicar un comentario