lunes, 31 de octubre de 2016

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA N°. 032 - 2016 - MPCH
Chincha Alta,  19 de Setiembre de 2016
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD  PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO;El Informe No. 1728-2016-GPP/MPCH, de fecha  09 de Agosto de 2016, presentado por el Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad, sobre modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Provincial de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, señala que las  Municipalidades tienen autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en coherencia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, de acuerdo con el cual la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a las Ordenanzas, señala "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa".
Que, de conformidad con lo señalado en el numeral 8 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal aprobar, entre otros, aprobar, modificar, modificar o derogar Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos".
Que, con Informe de Vistos el Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad, informa que habiéndose aprobado los Documentos de Gestión por Acuerdo de Concejo mediante Ordenanzas; el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con Ordenanza N°07-2016-MPCH de fecha 01 de Marzo del 2016; el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) con Ordenanza N° 012-2016-MPCH de fecha 04 de Abril del 2016 y el  Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Provincial de Chincha, con ordenanza N° 026-2016-MPCH de fecha 22 de Julio de 2016; por lo que es necesario que de acuerdo a la naturaleza del Cargo Estructural, modificar dentro de la Estructura Orgánica Funcional la Nomenclatura del Cargo de algunas Gerencias y Sub-gerencias al amparo de los nuevos Dispositivos Legales emitidos por los Entes Fiscalizadores del Estado según se detalla:
1.- En el Reglamento de Organización y Funciones se ha considerado la Gerencia de Desarrollo Urbano, la cual debe ser en los Gobiernos Locales a nivel Provincial como Cargo Estructural la Gerencia de Acondicionamiento Territorial tal como lo establece la Directiva N° 027-2003-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano en la cual en su Artículo 4° establece y define que Acondicionamiento Territorial es el Proceso Técnico Administrativo mediante el cual los Gobiernos Locales dirige la ocupación y uso planificado del Territorio, así como la organización Físico Espacial de las Actividades Humanas en los AMBITOS URBANOS Y RURAL del Territorio Provincial. Precisando que el Cargo Estructural de Desarrollo Urbano establece la ocupación y uso planificado del territorio, así como la organización Físico Espacial de las Actividades Humanas solamente en el AMBITO URBANO.
2.- Que en la Gerencia de SERVICIO AL CIUDADANO en la cual se ha considerado la Subgerencia de Defensa Civil, I su Nomenclatura del cargo debe ser Sub- gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Civil de acuerdo a las nuevas normas aprobadas en la Ley N° 29664 Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres SINAGERD los Gobiernos Locales son los responsables Directos de incorporar los Procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en la Gestión del Desarrollo en el Ámbito de su competencia junto en aplicación con la Ley de Sistema Nacional de Defensa Civil.
Que el cambio de la Nomenclatura del Cargo Estructural en la Estructura Orgánica de la Municipalidad no conlleva cambios en las Funciones Generales y Específicas establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y en el Manual de Organización y Funciones (MOF) solamente cambios en la Nomenclatura del Cargo Estructural.
3.- Que Actualmente por Disponibilidad Financiera —Presupuestal y para ser más dinámica la operatividad y funcionalidad de la Municipalidad no es posible considerar en la Gerencia de Administración como Sub-gerencias la de Servicios Generales y Control Patrimonial siendo necesario considerarla como UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES Y CONTROL PATRIMONIAL que estará a cargo y dependerá de la Subgerencia de Logística como parte de sus funciones.
4.- Que Actualmente por Disponibilidad Financiera —Presupuestal no es posible considerar en la Gerencia de Acondicionamiento Territorial como Sub-gerencia la de Estudios y Proyectos siendo necesario considerarla como DIVISION DE ESTUDIOS Y PROYECTOS que estará a cargo y dependerá de la Subgerencia de Obras como parte de sus funciones.
5.- Que la Oficina de Programación de Inversiones (OPI) en la Estructura Orgánica de la Municipalidad por error se consideró como Órgano de Apoyo y debe estar como Órgano Estructural de ASESORAMIENTO.
6.- Se está adjuntando copia de la Estructura Orgánica Funcional modificada.
Que, con Informe Legal No. 1780-2016-GAJ/MPCH, de fecha 10 de Agosto de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, informa que teniendo la propuesta técnica emitida por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, recomienda la factibilidad de que dicha propuesta de modificación sea elevado y aprobada por el Concejo Municipal, mediante Ordenanza, con el procedimiento de publicidad para su vigencia conforme a la ley y a las normas municipales vigentes, encargándose a la Gerencia de Planificación y Presupuesto efectuar el proceso de adecuación a las propuestas efectuadas en los numerales 1 , 2, 3, 4 y 5 de dicho Informe técnico.
Estando a lo expuesto,  informe de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica,  a  lo  aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha  08 de Julio de 2016 y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se expide la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la modificación de Estructural del Reglamento de Organización y Funciones –ROF de la Municipalidad Provincial de Chincha; asi como el Cuadro Analítico de Personal CAP y el Manual de Organización y Funciones MOF; conforme se menciona en los ítem 1,2, 3, 4 y 5 de la parte considerativa de la presente Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR la Estructura Orgánica Funcional modificada, que adjunto forma parte de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Gerente de la Secretaria General, se encargue de publicar el presente en el Diario Oficial de la localidad y en la Página Webb de la Entidad.
ARTÍCULO CUARTO.- Hacer de conocimiento la presente a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde


   

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