ORDENANZA N°. 032 - 2016 - MPCH
Chincha Alta, 19
de Setiembre de 2016
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO;El Informe No.
1728-2016-GPP/MPCH, de fecha 09 de
Agosto de 2016, presentado por el Gerente de Planificación y Presupuesto de la
Entidad, sobre modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de
la Municipalidad Provincial de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que,
el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por el
Artículo Único de la Ley N° 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía, política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en coherencia con
el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, de acuerdo con el cual
la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las
municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos
y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
respecto a las Ordenanzas, señala "Las ordenanzas de las municipalidades
provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de
carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las
que la municipalidad tiene competencia normativa".
Que, de conformidad con lo señalado en el numeral 8 del artículo 9 de la
Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo
Municipal aprobar, entre otros, aprobar, modificar, modificar o derogar
Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos".
Que, con Informe de Vistos el Gerente de
Planificación y Presupuesto de la Entidad, informa que habiéndose aprobado los
Documentos de Gestión por Acuerdo de Concejo mediante Ordenanzas; el Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) con Ordenanza N°07-2016-MPCH de fecha 01 de
Marzo del 2016; el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) con Ordenanza N°
012-2016-MPCH de fecha 04 de Abril del 2016 y el Manual de Organización y Funciones (MOF) de
la Municipalidad Provincial de Chincha, con ordenanza N° 026-2016-MPCH de fecha
22 de Julio de 2016; por lo que es necesario que de acuerdo a la naturaleza del
Cargo Estructural, modificar dentro de la Estructura Orgánica Funcional la Nomenclatura
del Cargo de algunas Gerencias y Sub-gerencias al amparo de los nuevos
Dispositivos Legales emitidos por los Entes Fiscalizadores del Estado según se
detalla:
1.- En el Reglamento de Organización y Funciones se ha considerado la Gerencia
de Desarrollo Urbano, la cual debe ser en los Gobiernos Locales a nivel
Provincial como Cargo Estructural la Gerencia de Acondicionamiento
Territorial tal como lo establece la Directiva N° 027-2003-VIVIENDA
que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo
Urbano en la cual en su Artículo 4° establece y define que
Acondicionamiento Territorial es el Proceso Técnico Administrativo mediante
el cual los Gobiernos Locales dirige la ocupación y uso planificado del Territorio,
así como la organización Físico Espacial de las Actividades Humanas en los AMBITOS
URBANOS Y RURAL del Territorio Provincial. Precisando que el Cargo
Estructural de Desarrollo Urbano establece la ocupación y uso
planificado del territorio, así como la organización Físico Espacial de las
Actividades Humanas solamente en el AMBITO URBANO.
2.- Que en la Gerencia de SERVICIO AL
CIUDADANO en la cual se ha considerado la Subgerencia de Defensa Civil, I
su Nomenclatura del cargo debe ser Sub- gerencia de Gestión de Riesgos de
Desastres y Defensa Civil de acuerdo a las nuevas normas aprobadas en la Ley
N° 29664 Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres SINAGERD los
Gobiernos Locales son los responsables Directos de incorporar los Procesos de
la Gestión del Riesgo de Desastres en la Gestión del Desarrollo en el Ámbito de su competencia junto en aplicación
con la Ley de Sistema Nacional de Defensa Civil.
Que el cambio de la Nomenclatura del Cargo
Estructural en la Estructura Orgánica de la Municipalidad no conlleva cambios
en las Funciones Generales y Específicas establecidas en el Reglamento de
Organización y Funciones, en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y en el
Manual de Organización y Funciones (MOF) solamente cambios en la Nomenclatura
del Cargo Estructural.
3.- Que Actualmente por Disponibilidad Financiera
—Presupuestal y para ser más dinámica la operatividad y funcionalidad de la
Municipalidad no es posible considerar en la Gerencia de Administración como
Sub-gerencias la de Servicios Generales y Control Patrimonial siendo
necesario considerarla como UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES Y CONTROL PATRIMONIAL
que estará a cargo y dependerá de la Subgerencia de Logística como parte de sus
funciones.
4.- Que Actualmente por Disponibilidad Financiera
—Presupuestal no es posible considerar en la Gerencia de Acondicionamiento
Territorial como Sub-gerencia la de Estudios y Proyectos siendo necesario
considerarla como DIVISION DE ESTUDIOS Y PROYECTOS que estará a cargo y
dependerá de la Subgerencia de Obras como parte de sus funciones.
5.- Que
la Oficina de Programación de Inversiones (OPI) en la Estructura Orgánica de la
Municipalidad por error se consideró como Órgano de Apoyo y debe estar como
Órgano Estructural de ASESORAMIENTO.
6.- Se
está adjuntando copia de la Estructura Orgánica Funcional modificada.
Que,
con Informe Legal No. 1780-2016-GAJ/MPCH, de fecha 10 de Agosto de 2016, el
Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, informa que teniendo la propuesta
técnica emitida por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, recomienda la factibilidad de que dicha
propuesta de modificación sea elevado y aprobada por el Concejo Municipal, mediante
Ordenanza, con el procedimiento de publicidad para su vigencia conforme a la
ley y a las normas municipales vigentes, encargándose a la Gerencia de Planificación
y Presupuesto efectuar el proceso de adecuación a las propuestas efectuadas en
los numerales 1 , 2, 3, 4 y 5 de dicho Informe técnico.
Estando a lo
expuesto, informe de la Gerencia de
Planificación y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica, a lo aprobado por
unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de Julio de 2016 y a las facultades
conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se expide la
siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO
PRIMERO.- APROBAR la modificación de Estructural del Reglamento de
Organización y Funciones –ROF de la Municipalidad Provincial de Chincha; asi como
el Cuadro Analítico de Personal CAP y el Manual de Organización y Funciones
MOF; conforme se menciona en los ítem 1,2, 3, 4 y 5 de la parte considerativa
de la presente Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.-
APROBAR la Estructura Orgánica Funcional modificada, que adjunto forma parte de
la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.-
Encargar a la Gerente de la Secretaria General, se encargue de publicar el
presente en el Diario Oficial de la localidad y en la Página Webb de la
Entidad.
ARTÍCULO CUARTO.-
Hacer de conocimiento la presente a las Unidades Orgánicas de la Entidad para
los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde
0 comentarios:
Publicar un comentario