martes, 1 de septiembre de 2015

Por conducir en estado edilicio motociclista es intervenido por PNP


El conducir en estado de ebriedad está tipificado como un delito grave. Esto según el Decreto Supremo 003 que modifica el Reglamento Nacional de Tránsito, por lo cual una persona en estas condiciones de ingesta de alcohol, será sancionado con un mínimo de 6 meses a 4 años de prisión efectiva.
Sin embargo, pese a esta nor-ma vigente, muchos conductores de vehículo menores y mayores, al parecer, ignoran o poco les importa el Decreto Supremo señalado.
La noche de ayer lunes 31, al promediar las 11:00 de la noche, personal de la División Policial Chincha que cubría servicio de patrullaje por la intersección de la calle Sucre y 28 de Julio en Chincha Alta, observó
que una moto lineal con placa de rodaje 1187-2Y, marca Italika, conducido por Ronald Renzo Bernaola Tasayco (37), se desplazaba por la vía en forma zigzagueante y contra el tráfico.
Los agentes al proceder a su intervención, advirtieron que el chofer del vehículo menor presentaba un fuerte olor a licor, por lo cual fue conducido a la Sección de Tránsito de la comisaría de Chincha, donde se intensificará con las investigaciones del caso.

Al término de la diligencia preliminar, la persona intervenida se negó a firmar el parte elaborado por el miembro policial interviniente, en señal de conformidad.

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