ACUERDO DE
CONCEJO No. 025-2015-MPCH.
Chincha Alta, 26 de Marzo de 2015
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Oficio
No. 599-2015/COACE/DAD/SCL, de fecha 20 de Marzo de 2015, presentado por el General
de Brigada Comandante General del Comando de Asuntos Civiles del Ejercito don
Marco Antonio Albitrez Muñoz, mediante el cual participa a nuestra institución
el apoyo al desarrollo socio económico del país.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado
por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades
provinciales y distritales son órganos
de gobierno local, tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el articulo X del Título Preliminar de la Ley No. 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, señala que en cuanto a la Promoción del Desarrollo Integral, Los
gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento
económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La Promoción del
desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y
distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los
niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad
local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población.
Que, el artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar la celebración de convenios de
cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que, la Asesoría Legal con informe No.
629-2015-GAJ/MPCH, de fecha 25 de marzo de 2015, informa que teniendo en
consideración el Objeto del Convenio Marco de Cooperación Técnica Interinstitucional
entre el Ejército del Perú y la Municipalidad Provincial de Chincha, el de
integrar esfuerzos y establecer mecanismos de cooperación interinstitucional
para desarrollar acciones vinculadas al fortalecimiento de la gestión en la
ciudad; considerando el objeto del presente Convenio Marco, la ejecución de
todo tipo de obras de ingeniería y/o prestación de servicios y acciones de
remoción de escombros y otras programadas para la reconstrucción de infraestructura
pública dañada como consecuencia de desastres naturales; así como en donde haya
Insuficiente oferta del sector privado
en zonas o área geográfica de ejecución, de ámbito rural, o de emergencia
declarada por norma legal expresa; es importante para lo cual las partes, convienen
en coordinar esfuerzos encaminados a establecer lazos de cooperación, que
tengan por finalidad beneficiar a la población de la Provincia de Chincha y al
Ejército del Perú, mediante un programa de mutua colaboración interinstitucional.
Que, asimismo la Asesoría Legal comunica
que teniendo en cuenta lo antes indicado, los Convenios Específico serán los
que se indica a continuación:
- Entregar al Ejército
una obra relacionada a un Proyecto de Inversión Pública (PIP), debidamente
aprobado y con su respectivo financiamiento para que se ejecute con la
suscripción del Convenio específico respectivo.
- Viabilizar los
trabajos de remoción de escombros y limpieza en la mejora de condiciones de
vida de comunidad en la Provincia de Chincha.
- Priorizar la
intervención del Ejército del Perú en Programas Viales cuando menos un proyecto
por año, y acciones de prevención en defensa ribereña en la Provincia de
Chincha y en casos de Emergencia priorizar su intervención a solicitud de la
Municipalidad Provincial de Chincha.
- Entrega de un terreno
debidamente identificado que será cedido de manera total en donación, cuando se
inicien los trabajos de apoyo a la Comunidad.
Estando a lo expuesto, el informe de la Asesoría Legal y en uso de las
facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por
UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha 25 de marzo de 2015, con
la dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la
Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir el Convenio Marco de Cooperación
Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha y el Ejercito
del Perú, Comando de Asuntos Civiles del Ejercito- Ministerio de Defensa y los
Convenios Específicos relacionado con: - Entregar al Ejército una obra relacionada
a un Proyecto de Inversión Pública (PIP), debidamente aprobado y con su respectivo
financiamiento para que se ejecute con la suscripción del Convenio específico
respectivo. - Viabilizar los trabajos de remoción de escombros y limpieza en la
mejora de condiciones de vida de comunidad en la Provincia de Chincha. -
Priorizar la intervención del Ejército del Perú en Programas Viales cuando
menos un proyecto por año, y acciones de prevención en defensa ribereña en la
Provincia de Chincha y en casos de Emergencia priorizar su intervención a solicitud
de la Municipalidad Provincial de Chincha. - Entrega de un terreno debidamente
identificado que será cedido de manera total en donación, cuando se inicien los
trabajos de apoyo a la Comunidad.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Secretaria General de la entidad, hacer
de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo al Comando de Asuntos Civiles del Ejercito – Ministerio de
Defensa, con la debida nota de atención.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR
ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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