ACUERDO DE CONCEJO No. 04-2015-A/MPCH.
Chincha Alta, 21 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHINCHA
Visto; en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Enero de 2015, el informe No. 003-2015-DSC/MPCH, de fecha 14
de Enero de 2015, sobre Sesión de Uso de Vehículos a los distritos con pocas movilidades pasa el servicio exclusivo
de seguridad ciudadana y su respectivo
equipamiento, suscrito por el encargado de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad
Provincial de Chincha; así como el Acta de Instalación de los Integrantes del Comité
Provincial de Seguridad Ciudadana de Chincha;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28607 establece que las
municipalidades provinciales son órganos
de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, el Artículo 41°, de la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que "Los acuerdos son
decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés
público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de
gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional".
Que, la Ley Nº 27972, señala en
su Artículo 85º la función en cuanto se refiere a Seguridad
Ciudadana, precisando en el numeral 1.1
del que es función específica y
exclusiva de las municipalidad provincial
“Establecer un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil y de
la Policía Nacional y normar el establecimiento
de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas
o similares, de nivel distrital o de los
centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley.
Que de otro lado, el numeral 2, de
dicho artículo 85º de la antes citada norma,
señala como función específica compartida de la municipalidades
provinciales el de “Coordinar con las
municipalidades distritales que la
integran y con la Policía Nacional el servicio interdistrital de serenazgo y seguridad ciudadana”; y el
numeral 3.1 del artículo 85º señala las
funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales “Organizar
el servicio de serenazgo o vigilancia municipal
cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la
municipalidad provincial.
Que, dentro de las atribuciones del
Concejo Municipal, art. 9°, numeral 25, de la Ley 27972, establece dentro de
sus atribuciones lo siguiente: corresponde al Concejo Municipal “Aprobar la
donación o la cesión de uso de los bienes muebles o inmuebles de la municipalidad
a favor de entidades públicas y privadas sin fines de lucro.
Estando a lo aprobado por la mayoría
de los asistentes a la Sesión Ordinaria de fecha 14 de enero de 2015 y la
aprobación unánime de la dispensa de la lectura del Acta y Aprobación y a las
facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar otorgar en sesión de
uso las camionetas de propiedad de la Municipalidad Provincial de Chincha que
tienen el uso de Serenazgo para cederlas temporalmente por un año a los
distritos que lo acepten y tenga como requisito su Acuerdo de Concejo;
debidamente publicado.
ARTICULO SEGUNDO.- Autorizar al Alcalde Provincial
de Chincha para que suscriba los convenios de Sesión de Uso con los distritos
de la Provincia de Chincha que así lo requieran y cumplan con el procedimiento
antes indicado.
Regístrese, comuníquese y
publíquese
ING. CÉSAR ANTONIO
CARRANZA FALLA
Alcalde
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