sábado, 24 de enero de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


   ACUERDO DE CONCEJO No. 04-2015-A/MPCH.
Chincha Alta,   21 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Enero de 2015,  el informe No. 003-2015-DSC/MPCH, de fecha 14 de Enero de 2015, sobre Sesión de Uso de Vehículos a los distritos  con pocas movilidades pasa el servicio exclusivo de seguridad ciudadana  y su respectivo equipamiento, suscrito por el encargado de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Chincha; así como el Acta de Instalación de los Integrantes del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de Chincha;
CONSIDERANDO:
Que, el  Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28607 establece que las municipalidades provinciales  son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II  del Título Preliminar de la  Ley N° 27972, Ley  Orgánica de Municipalidades.
Que, el Artículo 41°, de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional".
Que, la Ley Nº 27972,  señala en  su Artículo 85º la función en cuanto se refiere a Seguridad Ciudadana,  precisando en el numeral 1.1 del  que es función específica y exclusiva de las municipalidad provincial  “Establecer un sistema de seguridad ciudadana  con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional y normar  el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares, de nivel distrital  o de los centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley.
Que de otro lado, el numeral 2, de dicho artículo 85º de la antes citada norma,  señala como función específica compartida de la municipalidades provinciales el de “Coordinar  con las municipalidades  distritales que la integran  y con la Policía Nacional  el servicio interdistrital  de serenazgo y seguridad ciudadana”; y el numeral  3.1 del artículo 85º señala las funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales “Organizar el servicio de serenazgo o vigilancia municipal  cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial.
Que, dentro de las atribuciones del Concejo Municipal, art. 9°, numeral 25, de la Ley 27972, establece dentro de sus atribuciones lo siguiente: corresponde al Concejo Municipal “Aprobar la donación o la cesión de uso de los bienes muebles o inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas y privadas sin fines de lucro.
Estando a lo aprobado por la mayoría de los asistentes a la Sesión Ordinaria de fecha 14 de enero de 2015 y la aprobación unánime de la dispensa de la lectura del Acta y Aprobación y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar otorgar en sesión de uso las camionetas de propiedad de la Municipalidad Provincial de Chincha que tienen el uso de Serenazgo para cederlas temporalmente por un año a los distritos que lo acepten y tenga como requisito su Acuerdo de Concejo; debidamente publicado.
ARTICULO SEGUNDO.- Autorizar al Alcalde Provincial de Chincha para que suscriba los convenios de Sesión de Uso con los distritos de la Provincia de Chincha que así lo requieran y cumplan con el procedimiento antes indicado.
Regístrese, comuníquese y publíquese
ING. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

Alcalde

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