sábado, 24 de enero de 2015

Juzgado Supra Provincial Colegiado de Ica, absuelve a docente Edgar José Lévano Suero


 Hoy para muchas familias y en especial para la del profesor de educación física, Edgar José Lévano Suero, es un día más que inolvidable, porque la luz de la verdad y la justicia de los hombres, se hizo presente al resolver su situación jurídica penal.
 Edgar José Lévano Suero, fue sometido a un proceso penal, por más de año y medio, situación procesal por la cual sin que exista prueba objetiva de la responsabilidad penal que en ese momento se le atribuyó, fue privado de su libertad, al declararse fundada la prisión preventiva solicitada por el Fiscal Provincial, Dr. Vela Acosta.
 Los cargos que le imputó el representante del M.P., fue el de haber cometido el Delito contra la libertad Sexual, Violación de menor de edad, basado en una denuncia que formularan los padres de un alumno de la I,.E San Vicente de Paul, local; un certificado médico legal que fue duramente cuestionado, así como una entrevista en la llamada Cámara Gesell, que al igual que la precitada prueba de resultado, también era manifiestamente inconsistente para mantenerlas como elementos de convicción.
Este caso penal, que por su transcendencia motivó la atención de la población chinchana, quien conocía de la integridad personal y de principios del docente, dio lugar a que se tenga un especial interés en conocer cómo se estaba desarrollando este proceso penal, en la cual concluida su etapa de juzgamiento, y pese a la falta de pruebas objetivas, ni siquiera de pruebas indirectas o indiciarias, dio lugar a que el representante del M.P. Fiscal Dr. Vela Acosta, solicitara ante el Juzgado Supraprovincial Colegiado de Ica, se le impusiera condena efectiva de treinta años de pena privativa de libertad.
Por su parte, el Abogado Criminólogo, Dr. Pérez Arroyo, Defensa Técnica del profesor Edgar José Lévano Suero, a lo largo del proceso penal y desde la etapa de investigación preparatoria, postuló su teoría del caso, que estaba direccionado a probar que en este caso, no se había cometido el delito imputado, y menos aún, existía responsabilidad penal del profesor José Lévano, en estos hechos.
La compulsa probatoria centrada en el examen de las pruebas documentales, así co-mo de los testigos y peritos criminalísticos no hicieron sino coadyuvaron al esclarecimiento de los hechos, es así que lle-gado el momento de dictarse sentencia, y oídos los alegatos de clausura, tanto del representante del Ministerio Público, como de la defensa técnica a cargo del Dr. Pérez Arroyo, y finalmente la auto defensa, el Juzgado Supra Provincial Colegiado de Ica, presidido por el Dr. Marlon César Sandoval Sánchez, llegaron a la convicción y certeza de que el docente, Edgar José Lévano Suero, era inocente.
Largo ha sido el camino y la espera de lo que se sabía desde el comienzo, esto es, que el profesor Lévano Suero, era inocente, sin embargo, para que se pruebe que él no había cometido delito alguno y por ello ser responsable penalmente, tuvo que transcurrir un año, cinco meses, y veintinueve días de injusta carcelería, privado de su libertad, de su derecho a la familia, al trabajo y al honor; lamentablemente esta historia de injusticia aún no ha terminado pues falta que de ser el caso que la presunta parte agraviada, constituida en Parte Civil, o el mismo Representante del M.P., no estén conformes con este fallo, consideren interponer el correspondiente recurso impugnatorio.
De ser así el caso pasaría a la Sala Penal de Apelaciones de esta localidad. En días posteriores, estaremos dando cuenta de un estudio especializado del fallo, así como de los fundamentos que ha tenido el Colegiado para emitir una justa sentencia absolutoria.
Su señora madre, su esposa, hijos, y todos aquellos que desde un inicio le brindaron su apoyo, así como a sus colegas docentes, no solo de la I.E. que lo había acogido en esta ciudad, Institución San Vicente de Paúl, esperan ahora que este fallo, en  caso se impugne sea confirmado; y, de no ser apelado que sería un acto de justicia y de reconocimiento, se estaría probando con ello que en este proceso, en efecto, nunca existió elemento de convicción del delito imputado, debiendo procederse a que se archive definitivamente todo lo actuado.
Su libertad personal así como el honor de su persona, como hombre, padre de familia, esposo y docente ejemplar, deben ser reivindicados, el pueblo de Chincha espera que la Justicia termine de materializarse, demostrándose con esta sentencia ejemplar, ser entre otros, la mejor muestra de la probidad de los magistrados que estuvieron a cargo de su juzgamiento.

Finalmente, entrevistadas personas comunes que han conocido la decisión jurisdiccional, no dejaron de reconocer que todo hace ver, que se vienen cambios que también deben ser resaltados, tal como lo expresara el nuevo Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, Dr. Alejandro Páucar Félix, quien en su memoria al aperturar el año judicial, se comprometió entre muchos de sus proyectos institucionales, a que la población vuelva a confiar en sus magistrados, en la noble misión que tienen de juzgar a las personas.

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