Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

sábado, 4 de octubre de 2014

´Población de cada zona tendrán sus autoridades que se merezcan´ Elecciones: FECHA DECISIVA MAÑANA DOMINGO 5 DE OCTUBRE


A nivel nacional, se realizará mañana domingo 5 de octubre las Elecciones Regionales y Municipales, en donde la ciudadanía depositará su voto consciente para elegir a las autoridades que estarán al frente de las Regiones como de los gobiernos locales en todo el país.
En el caso de la provincia de Chincha, la ciudadanía en general se ha enterado y /o presenciado en algunos casos, el desarrollo de las intervenciones de los candidatos en los mítines y diálogos con la población, sobre sus planteamientos y en algunos casos el comportamiento de las actuales autoridades.
El desarrollo de esta campaña, ha de merecer renglón especial y debe informarse ampliamente, para que quede escrito en la historia de cada distrito, y de la provincia en el caso de Chincha.
La hora avanza, camino al inicio de estas elecciones y el ciudadano deberá ser conscien-te luego del análisis correspon-diente, para elegir a autoridades honestas y trabajadoras, que mantengan permanente comunicación con sus pobladores, y se supere las malas acciones que se han visto en algunos municipios, especialmente distritales donde ha faltado comunicación con su pueblo, porque ni siquiera daban a conocer a su comunidad, sus ordenanzas, resoluciones y decretos de alcaldías o acuerdos de concejo, y preferían mandar a imprimir folletos a todo color, para hacer propaganda de sus obras de inversiones ocultas; pues de ha-ber ciudadanos correctos, podrían dejar sin vigencia sus acuer-dos y decretos, porque todo rige después de su publicación.
Igualmente los gobiernos re-gionales,  deberían publicar en síntesis la parte resolutivas de sus acuerdos, pues en la actualidad todos los medios de comunicación provincianos, tie-nen su blog o portal; es decir sus informaciones tiene carácter no solo nacional sino inter-nacional y su importancia puede verse por el número de visitas, vía internet.
Hay un dicho comentado siempre por el ´populuroum´, que cada pueblo tiene las autoridades que se merecen, censurable interpretación, porque si bien es cierto algunos políticos mañosos buscan la forma de chantajear, o pedir dinero a entidades públicas para las campañas, estos han de ser pocos, pues ha de primar en la población en el caso de Chincha, el criterio propio y consciente, para que tengan autoridades amantes del progreso y honestidad y que no queden manchados en la historia de esta benemérita.

Demostremos con civismo nuestras buenas acciones, participando mañana domingo con el voto responsable, para que salga elegido en el gobierno regional, en el gobierno provincial y en los distritales, buenos ciudadanos como autoridades.

Varias interrupciones de servicio eléctrico en la semana que termina


Desde el lunes 29 de setiembre,  hasta ayer viernes se produjeron diversas interrupciones del suministro eléctrico público y domiciliario en las provincias de Chincha y Pisco, algunas atribuidas a hechos vandálicos las que han de merecer exhaus- tivas investigaciones esta vez, porque se acercaban ya el proceso electoral del 5 de octubre.
Nos referimos esencialmente a la interrupción producida el viernes por la noche, cierre de campañas políticas de los partidos, cuyas reparaciones se hicieron por parte de la empresa suministradora del servicio hasta en horas de la madrugada de ayer viernes.
Además del informe hecho público ayer viernes por parte de Electro Dunas, el lunes 29 de setiembre la interrupción del suministro eléctrico de alta tensión se produjo en el alimentador 60kv L-6603, debidos a fallas técnicas en proceso de investigación. Fue en el tiempo de las 5:50 a 6:54 a.m. habiéndose realizado el restablecimiento del suministro con las coordinaciones de la Empresa Red de Energía del Perú SA (REP) en la Sub estación de transmisión.
El miércoles 01 de octubre 2014 a las 18:36 horas (6.36 p.m.) se produjo una interrupción parcial del servicio eléctrico en el alimentador PN107 debido a un impacto vehicular contra la estructura de media tensión ubicado en el sector Salto de la Liza jurisdicción del
Distrito de Grocio Prado. Fueron afectados la población de diversos sectores de los distritos de Pueblo Nuevo y Grocio Prado, incluyendo los clientes de la empresa suministradora, en su mayor parte, empresas industriales y planta de Nextel y Telefónica del Perú.
El día viernes 2 a las 03:22 horas, se produjo la interrupción del suministro eléctrico en alta tensión del alimentador L-6606 de 60 kv debido a contaminación severa de las instalaciones eléctricas de alta tensión de la empresa MINSUR Pisco. Por esta interrupción del servicio quedaron sin energía eléctrica, todo el distrito de Paracas, Fábricas Pesqueras, C.P Santa Cruz, Sector Lanchas.
En Chincha, el jueves 2 de octubre a las 10.43 hrs. la interrupción del servicio fue en el alimentador PN105, debido a falla en las instalaciones internas del Sistema de utilización de la Oficina de infraestructura Penitenciaria-SE20988, ubicada en Pampa de Ñoco s/n en el distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha. Los afectados fueron los asentamientos humanos Señor de los Milagros, Satélite Primaveral, UPIS Ciudad Satélite y también las empresas textiles y el sistema de utilización Pampa Concón Topará.
De acuerdo al informe N° 154-2014 de ElectroDunas, el jueves 2 de octubre a las 20.31 hrs se produjo hechos vandálicos en la línea L-6603-02 de 60kv, producido por terceras personas que arrojaron cadenas de fierro en el tramo de las estructuras N° 47 y N° 48 del citado alimentador eléctrico, produciendo la interrupción del suministro eléctrico en las sub estaciones de transformación de Pueblo Nuevo, Pedregal y Tambo de Mora, dejando sin suministro eléctrico a los distritos de Pueblo Nuevo, Alto Larán, Tambo de Mora, Sunampe, parte de Chincha Baja y cercado de Chincha Alta

Las ocurrencias de las interrupciones, fueron comunicadas a la PNP de ambas zonas, para que se esté pendiente de las investigaciones.

Para afirmar la democracia y rechazar la violencia ONPE deplora atentado e insta a ciudadanos a concurrir masivamente a las urnas el domingo


La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) condenó ayer el ataque perpetrado por presuntos remanentes terroristas contra un convoy de la policía destinado al resguardo del material electoral en Ayacucho, e instó a los ciudadanos a concurrir masivamente a votar este domingo para afirmar la democracia y rechazar la violencia.
El jefe del organismo electoral, Mariano Cucho Espinoza, sostuvo que ese lamentable hecho no afectará las elecciones regionales y municipales de este 5 de octubre, en el que más de 21 millones de peruanos deben acudir a las urnas a elegir a sus autoridades subnacionales.
“Condeno este ataque terrorista que buscaría no solo impedir el ejercicio del sufragio en Ayacucho sino afectar las elecciones. Exhorto por eso a la ciudadanía en general a responder este acto de insania acudiendo masivamente a las urnas y demostrar que los peruanos preferimos vivir en democracia”, dijo a periodistas capitalinos.

Cucho Espinoza precisó que la ONPE viene realizando, desde hace meses atrás, una coordinación permanente con las Fuerzas Armadas y Policiales a efectos de brindar seguridad al traslado del material electoral así como al desarrollo de las elecciones y que se han establecido diversas disposiciones e instrucciones, de cumplimiento obligatorio por las Fuerza Armadas y la Policía Nacional, que buscan garantizar el orden y la protección de la libertad de los electores, miembros de mesa, candidatos, personeros, observadores y funcionarios de los organismos electorales.

5 de Octubre: “Día de la Medicina Peruana”


Adelantándose a la celebración del “Día de la Medicina Humana Peruana”, el cuerpo médico del Hospital San José de Chincha, que preside el Dr. Hugo Zamudio Delgado, recibió un austero homenaje por su día. El homenaje fue brindado por la Unidad Ejecutora 401 - Salud Chincha, que dirige la Dra. Gilda Solari Bonifacio.

El jueves una paraliturgia en el patio de honor, luego el director administrativo de la U.E. 401, Luis Huayta Guillén, ofreció las palabras de bienvenida.

Municipalidad Provincial de Chincha ORDENANZA N° 012-2014-MPCH


Chincha Alta, 02 de Octubre del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo fecha 25 de Agosto del 2014, el proyecto de Ordenanza mediante el cual se aprueba la Convocatoria a elecciones Municipales de Alcalde y Regidores del Centro Poblado de Bellavista, comprensión del Distrito de San Pedro de Huacarpana, Provincia de Chincha, Departamento de Ica; solicitada por el Presidente de la Comunidad Campesina Señor Jesús López Armas.
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 194° de la Constitución Política del Estado, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son órganos de gobierno local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme a Ley.
Que, de conformidad con lo establecido por el Inc. 8) del Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 ,corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que, de acuerdo al lnc. 19) del Art. 9° de Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar la creación de los Centros Poblados y de agencias municipales.
Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 130° de la Ley N° 27972, los Concejos Municipales de los Centros Poblados, están integrados por un alcalde y 05 regidores y estos son elegidos por un periodo de 04 años, conforme los establece el Art. 132° del cuerpo legal acotado, también se indica que el procedimiento para la elección de Alcalde y regidores de los Centros Poblados, se regula conforme a la ley de la materia.
Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 1° de Ley N° 28440, que indica que dicha ley norma el proceso de elección democrática de Alcaldes y regidores de los Centros Poblados, de acuerdo a lo previsto por el Art. 132° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, el Art. 2° de la Ley N° 28440, establece que el Alcalde Provincial CONVOCA A ELECCIONES, con ciento veinte días (120) naturales de anticipación al acto del sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad.
Estando a lo expuesto, los informes de la comisión, Informe de Asesoría Jurídica, Ley N° 28440, que norma las elecciones de autoridades de Municipalidades de los Centros Poblados, y en uso de las facultades otorgadas por el Inc. 8 del Art. 9° e Inc. 5 del Art. 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas pertinentes; a la aprobación unánime del Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Agosto del 2014, siendo aprobada el Acta en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Setiembre del 2014; se aprueba lo siguiente:   
ORDENANZA MUNlCIPAL QUE REGULA LA CONVOCATORIA A ELECCIONES DE ALCALDE Y REGIDORES DEL CENTRO POBLADO DE BELLAVISTA, DEL DISTRITO DE SAN PEDRO DE HUACARPANA, DE LA PROVINCIA DE CHINCHA, DEL DEPARTAMENTO DE ICA.
Artículo Primero.- CONVOCAR a elecciones para elegir Alcalde y Regidores del Centro Poblado de Bellavista del Distrito de San Pedro de Huacarpana, de la Provincia de Chincha, del Departamento de Ica, para el día Domingo 01 de Febrero del 2015; debiéndose iniciar las votaciones a horas 9.00 horas y concluir a las 16 horas.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, disponer el presupuesto de recursos económicos para la aplicación de la presente ordenanza, bajo responsabilidad funcional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la Publicación de la presente Ordenanza y comunicación del acto al Jurado Nacional de Elecciones.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día  siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Lic. Lucio Juárez Ochoa

Alcalde

Municipalidad Provincial de Chincha ORDENANZA N° 011-2014-MPCH


Chincha Alta, 01 de Octubre del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

VISTO:
El Concejo Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de Mayo del 2014; sobre suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional y el Acuerdo de Concejo N° 027-2014-MPCH, Artículo Sexto, sobre aprobación de la creación de la Unidad de Gestión de Residuos Sólidos (URS), de la Municipalidad Provincial de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 80º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades asigna funciones y competencias en materia de residuos sólidos como regular y controlar el proceso de disposición final  de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial; Regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente.
Que, Artículo 119º de la Ley Nº 28611 – Ley General del Ambiente y el Artículo 8º del Decreto  Supremo Nº 057-2014-PCM, Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, establecen que las municipalidad, tanto provincial como distrital, es responsable por la gestión y manejo de los residuos de origen domiciliario comercial y de aquellos similares a estos originados por otras actividades. La gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presenten características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. La gestión de los residuos sólidos distintos a los mencionados son de responsabilidad del generador hasta su adecuada disposición final, bajo las condiciones de control y supervisión establecidas en la legislación vigente.
Que, el mantenimiento de la limpieza pública es obligación de todos los habitantes de la ciudad, correspondiendo al Estado un rol fundamental; así el Código de Medio Ambiente y los Recursos Naturales – Decreto Legislativo Nº 613, señala que corresponde al Ministerio de Salud, como órgano rector del Sistema Nacional de Salud, dictar las normas generales en lo referente a la salubridad pública; siendo competencia de los gobiernos locales dictar las normas específicas en su jurisdicción y velar por su correcta aplicación; entre las que se encuentra la limpieza Pública la que comprende as etapas de recolección aplicación; entre las que se encuentra la Limpieza Pública la que comprende las etapas de: recolección, transporte y disposición final de los residuos sólidos urbanos, así como la educación de sus habitantes.
Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2014-PCM, precisa lo siguiente: Artículo 8º.- autoridades municipales -  la municipalidad, tanto provincial como distrital, es responsable por la gestión y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares a éstos originados por otras actividades. Corresponde a estas municipalidades, lo siguiente:
En el ámbito provincial; establecer criterios para la fijación de tasas o tarifas que se cobren por la prestación de los servicios de limpieza pública, recolección, transporte, transferencia, tratamiento o disposición final de residuos en los distritos de su jurisdicción, asegurando asimismo su efectiva aplicación. Dichos criterios deben considerar los costos reales de los servicios, y garantizar su calidad y eficiencia.
En el ámbito distrital; i).- Asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos; ii).- Asegurar que se cobren tarifas o tasas por la prestación de servicios de limpieza pública, recolección, transporte, transferencia, tratamiento o disposición final de residuos de acuerdo a los criterios que la municipalidad provincial establezca, bajo responsabilidad; iii).- Determinar las áreas de disposición final de residuos sólidos en el marco de las normas que regulan la zonificación y el uso del espacio físico y del suelo en el ámbito provincial que le corresponda; iv).- Supervisar en su jurisdicción los aspectos técnicos del manejo de residuos indicados en los literales a) y b), excluyendo las infraestructuras de residuos; v).- Sancionar al generados del ámbito de su competencia por el incumplimiento de la Ley, el Reglamento y las normas que se emitan al amparo de ésta.
Que los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el Artículo 194º, que las Municipalidades Provinciales son órganos de gobierno  local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad tributaria; correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4 del Artículo 200º de nuestra carta magna.
Que, considerando que la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 – contempla en sus Artículo 40º.- Que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración  y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; las mismas que pueden modificarse con una norma de igual o mayor jerarquía por tener rango de Ley.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública”, que se aplicara a las entidades de la Administración Pública, en concordancia con la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
Que, mediante Informe Nº 1942-2014-GPP/MPCH, de fecha 29/09/2014, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, manifiesta que la Unidad de Residuos Sólidos (URS), fue aprobada su creación mediante Acuerdo de Concejo N° 027-2014-MPCH, de fecha 18/07/2014, tal como lo establece en su Artículo Sexto, el cual permitirá a la Municipalidad Provincial de Chincha, el manejo integral de los residuos sólidos, efectuando en parte el servicio del aseo urbano y domiciliario en forma eficiente, maximizando los beneficios a servir del programa. Asimismo teniendo en cuenta que con fecha 08 de Agosto del 2014, se firmó el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha y el Ministerio del Ambiente, en la cual en su Artículo 5.2.2., señala: “Que, para efectos de la ejecución del programa, se debe constituir una Unidad de Residuos Sólidos (URS), con capacidad técnica administrativa, que coordinará con el Ministerio del Ambiente y facilitará la Implementación del proyecto en su circunscripción”.
Que, mediante Informe Legal N° 1265-2014-GAJ/MPCH, de fecha 18/09/2014, opina que es favorable la creación de la Unidad de Gestión de Residuos Sólidos (URS), en cumplimiento al Acuerdo de Concejo N° 027-2014-MPCH; en concordancia con el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Ley General del Ambiente Ley Nº 28611; Ley General de Residuos Peligrosos Ley Nº 28256; Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2014-PCM.
Que, en virtud de ello, se considera necesario constituir la Unidad de Gestión de Residuos Sólidos (URS) de la Municipalidad Provincial de Chincha, con el objetivo mejorar la calidad ambiental por la eficiente y sostenible gestión de los residuos sólidos.
Estando los fundamentos expuestos, contando con la visación favorable de la Gerencia Servicios Comunales, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° numeral 8º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, a la aprobación del Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Mayo del 2014, siendo aprobada el Acta en Sesión Ordinaria de fecha 30 de Mayo del 2014; al Artículo Sexto del Acuerdo de Concejo N° 027-2014-MPCH, se aprueba lo siguiente:     
ORDENZA MUNICIPAL QUE CREA LA UNIDAD DE GESTION DE RESIDUOS SOLIDOS (URS)  DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ARTICULO PRIMERO.- CREAR la Unidad de Gestión de Residuos Sólidos (URS), de la Municipalidad Provincial de Chincha, como unidad orgánica desconcentrada funcionalmente, que como anexo forma parte integrante de la presente norma.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la elaboración del Reglamento de dicha Unidad de Gestión de Residuos Sólidos (URS), de la Municipalidad Provincial de Chincha, en un plazo de 30 días calendarios.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la modificación de los Instrumentos de Gestión Municipal según corresponda, consignando la Unidad de Gestión de Residuos Sólidos – URS, como Unidad Orgánica Desconcentrada.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial de la localidad, asimismo disponer su publicación, en el Portal de la Municipalidad Provincial de Chincha www.municipalidadchincha.gob.pe., y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe.
ARTICULO QUINTO.- HACER de conocimiento la presente Ordenanza a las instancias pertinentes de acuerdo a formalidades establecidas por la Ley.
ARTICULO SEXTO.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Lic. Lucio Juárez Ochoa

Alcalde

Equipo del SOA – ICA sostuvo reunión de coordinación con magistrados de la CSJICA SE INFORMÓ SOBRE LOS AVANCES DEL SOA EN ESTE DISTRITO JUDICIAL


El Jueves último en la Sala de Video Conferencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, se realizó la reunión de coordinación entre el equipo técnico del Servicio de Orientación al Adolescente – SOA – Ica, con los Magistrados  y secretarios judiciales  de los Juzgados de Familia de Ica y  Juzgado Mixto de Parcona, con la finalidad de informar sobre los avances de SOA en este Distrito Judicial.
La reunión se inició con una proyección de diapositivas acerca de los factores de riesgo, vulnerabilidad en los adolescentes en conflicto con la ley penal (inestabilidad emocional, impulsividad, baja tolerancia a la frustración, baja autoestima, falta de límites, precoz ingesta de drogas, sin proyecto de vida), entre otros.
En  la actualidad existen cinco Medios Abiertos (SOAs)  a nivel nacional; donde se realizan actividades estructuradas durante el día, con horarios flexibles adecuándose a las necesidades e interés, así mismo se brinda atención integral a través de programas de intervención diferenciados que responden a características personales, familiares y culturales.
Seguidamente  el Psc. Tomás Dávila Pinedo, Director del SOA – Ica, informó a los asistentes sobre  el avance del trabajo realizado, precisando que se ha realizó visitas domiciliarias a los adolescentes en un 70 %, destacando que los adolescentes y familiares comprenden la importancia del cumplimiento de la Medida Socio Educativa, impuesta por los diferentes Juzgados.
Señaló además, que el 50 % de padres son inscritos en la escuela para padres. Y en los ambientes del SOA, ubicado en el distrito de la Tinguiña; los adolescentes reciben atención psicológica personalizada, se les brinda programas formativos, de asistencia y promoción con la finalidad de la reinserción social, siendo favorable el desarrollo de las actividades.
En dicha reunión los señores magistrados sugirieron que también se coordine con la Fiscalía de Ica, a fin de que tengan entendimiento de la importancia que los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, cumplan sus medidas socio educativas en un medio abierto de acuerdo a la infracción cometida por el adolescente.
“Se está realizando coordinaciones constantes con instituciones públicas y privadas de la ciudad de Ica, para firmar convenios que permitan realizar una serie de programas, métodos, técnicas e instrumentos de carácter eminentemente educativo, acorde con las leyes y normas compatibles con los Derechos Humanos, con la finalidad de lograr la rehabilitación y reinserción en la sociedad del adolescente infractor” señalo el Licenciado Tomás Dávila Pinedo.
Ica, 01 de Octubre del 2014
Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Ica
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