Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

lunes, 1 de septiembre de 2014

Provincia de Pisco inició actividades por aniversario del Desembarco de San Martin y 49° Semana Turística


El 29 de agosto último, la Municipalidad Provincial de Pisco, que preside el alcalde Jesús Echegaray Nieto, inició las actividades en conmemoración al 194° aniversario del desembarco de la gesta libertadora del General Don José de San Martin a Paracas y a su 49° Semana Turística.
 La primera actividad fue una ceremonia protocolar y por la noche la elección y coronación de la Srta. Pisco 2014.
Melissa Antonella Canelo Ferreyros fue ungida como Srta. Pisco 2014. Resultó elegida Miss Elegancia, Valeria Lucia Pacheco Rojo y como Srta. Simpatía, María Del Pilar Huaranga Vergara. Ellas presidirán los principales actos festivos por este aniversario.
En el campo Ferial se realizarán verbenas desde hoy lunes 1 de setiembre donde participaran  artistas de renombre. Para hoy figura la presentación de la Agrupación Internacional Corazón Serrano  con artistas locales. Mañana martes  actúa la Agrupación Latinoamericana Alabanza Inca Bethel; el miércoles 03 hará su presentación la orquesta Son de Caña, los Cómicos ambulantes, La bibi, La Chola Cachucha y el Chueco de la risa y el Jhony, actividades que se desarrollarán hasta el 8 de setiembre.
La provincia de Pisco será sede del Congreso Internacional de Escritores y Artistas los días 07 y 08 de setiembre evento que es organizado por la Asociación de Escritores y Poetas de  Pisco  – APEP   y la Asociación de Escritores y Ar
tistas del Orbe - AEADO
  Para tal fin la Asociación de Poetas y Escritores de Pisco  en  coordinación con la Asociación  de  Escritores  y  Artistas  del  Orbe, y la  Municipalidad  Provincial de Pisco, están  convocando al CONGRESO INTER-NACIONAL DE ESCRITORES Y ARTISTAS, a desarrollarse dentro de  la  XLIX  SE-MANA  TURISTICA  PISCO 2014. Este Congreso Internacional, se llevará a cabo los  días 07 de setiembre en el distrito de Paracas y 08 de setiembre en la ciudad  de  Pisco, dado que  el evento se inicia  en Lima desde  el 04 al  06  de setiembre del  presente año.
Ya  la  Asociación  de  Poetas   y  Escritores   de  Pisco  ofreció  una  Conferencia de Prensa,   el  Jueves 28 de donde  se informó ampliamente sobre  el  desarrollo del  Congreso  Internacional  de Escritores  y Artistas “Por  las  Rutas del Bicentenario   del Perú  y  su  Independencia”.

Los informes fueron dados a conocer por la Comisión  Organizadora de la Asociación    de Poetas y Escritores  de Pisco – APEP,  presidido  por  el  Lic. Martin Casavilca Cabana, donde estuvieron presentes  representantes  de  la Municipalidad  Provincial de Pisco, entidad que brinda su apoyo en esta organización



PNP DIVPRCAR detiene a frustrados asaltantes de fundo en Chincha PARA NO SER DETENIDOS ABRIERON FUEGO A PNP


La noche del sábado 30 de agosto, al promediar las 10.20 p.m., personal de la División de Protección de Carretera Ica, al mando del Cmdte. PNP Pedro Povis Santiago, logró capturar a dos sujetos que serían integrantes de una banda delincuencial que viene operando en Chincha y Pisco.
Recibió la PNP los informes del personal de inteligencia REGPOL Ica, cuando realizaban patrullaje por la altura del K. 213 de Panamericana Sur.
  Los asaltantes habían ingresado al Fundo Ganadero y Agropecuario “El Milagro SAC” ex fundo El Sausal por el sector Pampa Baja “El Carmen”.
Los informes fueron corroborados por el administrador de dicho fundo, Nicolás Mario Mendoza Gonzales (50) quien afirmó que fueron cinco los sujetos que habían ingresado por un portón.
Los sujetos al advertir la presencia policial trataron de fu-gar, produciendo un fuego cruzado. Como resultado de esteenfrentamiento resultó con lesiones por armas de fuego en el pie derecho, la persona quien dijo llamarse Juan Luis García  Vega (46), hallándosele en su poder una pistola calibre 9mm marca Browning de serie N° 21356 abastecida con 05 cartuchos. También se le halló dos envoltorios de papel conteniendo al parecer, marihuana y una bolsita con pasta básica de cocaína.
Igualmente la PNP logró reducir a César Bellido Chira (03) quien dijo ser integrante de un gremio de construcción Civil de San Clemente.
A esta persona se le halló un arma de fuego (casero hechizo) con 03 cartuchos de escopeta cal. 12, en su poder tenía 02 envoltorios al parecer marihuana. Otros tres sujetos lograron darse a la fuga protegidos por la oscuridad de la noche.

Se dio conocimiento a la Fiscal de Turno Dra. Carol Quiróz Mendoza y el herido fue atendido en el hospital San José de Chincha. 

Fase de Copa Panamericana de Voleibol se jugará en Chincha PARTICIPAN CUBA, REPÚBLICA DOMINICANA, ARGENTINA Y COLOMBIA

El Coliseo Cerrado “Mauro Mina” de Chincha, será escenario la primera quincena de este mes de mes de setiembre, de una fase del Campeonato por la Copa Panamericana en Voleibol femenino, certamen en donde participan Cuba, República dominicana, Argentina y Colombia.
La noche del sábado estuvie-ron en Chincha las máximas autoridades de la Federación Peruana de Voleibol y del Instituto Peruano de Deportes, para efectuar una inspección del palacio de los deportes de Chincha, donde se aprobó la realización de este evento, para lo cual se harán algunas ligeras modificaciones, especialmente en las instalaciones eléctricas  y el piso del coliseo.
Sobre el sistema eléctrico serán colocados más arriba, atendiendo las recomendaciones técnicas y respecto al piso, será cambiado por el material TERAFLEX.

Iniciativa digna de aplauso.



SE ALQUILA


Casa Huerta De 400 Mts2 
ubicada en Toma de Meneses, Cruz Blanca-
(Frente a Bodega Gereda).
Razón: Avenida Andrés Avelino Cáceres

(Antes Chavín) N° 530  Teléfono 501476 Chincha Alta

SANTA ROSA DE LIMA Y LA PNP

Por: Oscar Velit Bailetti.- Especialista en Seguridad Ciudadana
Santa Rosa  de Lima, Patrona de las Filipinas, Patrona de las Armas de Argentina y del Paraguay .Protectora de la Policía Nacional del Perú,   Enfermeras del Perú, Caritas de Lima, Mineros del Perú, Árbitros de futbol del Perú.
Cuya fiesta se celebra en el Perú el 30 de agosto, pero en el resto del mundo católico el 23 de agosto. Desde 1671, cada 30 de agosto los peruanos, y en particular los limeños se visten de fiesta para rendirle homenaje a la Patrona de la ciudad: Santa Rosa de Lima. Rosa de Santa María, como era conocida antes de su canonización, según sus seguidores ha concedido numerosos milagros que le han ganado devotos no sólo en el Perú sino también en otros lugares del mundo, hasta el punto de convertirse en patrona del Perú, América y las Filipinas. Fue beatificada por el Papa Clemente IX en 1671 y declarada "Patrona de Lima". También se le declaró a Santa Rosa de Lima como Patrona Principal de América, de las Islas Filipinas, de las Indias Orientales y de la Iglesia Hispanoamerica-na. En nuestra ciudad, muchos colegios, y Capillas tienen por patrona a nuestra Santa Limeña.
Por Decreto Supremo del 21 de marzo de 1928, se establece: “El Día de la Policía el 30 de agosto de cada año, en el cual se entregarán los premios anuales. El establecimiento de tal fecha fue con el objetivo de presentar, en parada militar, a las autoridades del gobierno y al país, a las fuerzas de la Guardia Civil y del Cuerpo de Seguridad. Asimismo, celebrar una misa de campaña por los miembros de los Cuerpos Policiales caídos en el cumplimiento del deber y de realizar exhibiciones acrobáticas de habilidad ecuestre, en motocicleta, bicicleta y automóvil, así como demostraciones de destreza en el manejo de las armas y de otros elementos de poder utilizados por los Cuerpos policiales para la captura de delincuentes y para la ejecución de otras tareas propias de la función policial.
A su vez, el Presidente de la República impondrá condecoraciones y entregara premios a los jefes, oficiales y personal subalterno que se han distingui-do en el cumplimiento del deber durante el año. La primera fecha del "Día de la Policía" se llevó a cabo en el campo del hi-pódromo de Santa Beatriz con la asistencia del presidente Leguía. Luego de la parada y desfile de los Cuerpos Policiales, el presidente de la República entregó los premios correspondientes.
   El 7 de diciembre de 1988 fue promulgada la Ley 24949 del 6 de diciembre de 1988 que modificando los artículos pertinentes de la Constitución Política del Perú de 1979 crea definitivamente la Policía Nacional del Perú. A pesar de todos los cam-bios  en la trayectoria de la Policía, Santa Rosa de Lima sigue siendo la Patrona de todos en el Perú, sacaran en procesión a la sagrada imagen de la Santa  este sábado 30  después de la misa de Acción de Gracias que se realizará en la Parroquia de Santo Domingo de Guzmán y, recibirá el homenaje de sus fieles y recorrerá la Plaza de Armas en hombros de los uniformados  vestidos de gala, hasta la División de la Policía donde muchos elegidos recibirán sus condecoraciones, ascensos, felicitaciones por el deber cumplido.
¡FELIZ DIA!

AMIGO POLICIA.

Municipalidad Distrital de San Andrés ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004 -2010/MDSA

San Andrés,  18 de agosto de 2,010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES
VISTO  :  En sesión  de Concejo Extraordinaria de fecha 18 de agosto de 2,010, informe Nº  070-2010-MDSA/ALE, referido al Proyecto denominado “ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA PROPAGANDA POLITICA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE SAN ANDRES”, presentado por Asesoría Legal Externa de la Municipalidad Distrital de San Andrés, y ;
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno, con autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece en su Artículo 73º las Competencias y funciones específicas de los Gobiernos Locales, entre otros en materia de organización del espacio físico, acondicionamiento territorial y seguridad ciudadana. Que, de conformidad con lo previsto en el Artículo 79º, numeral 3, acápite 3.6.3. de la Ley Nº 27972, constituye función especifica exclusiva de las municipalidades distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, así como  realizar la Fiscalización de ubicación de avisos publicitarios y propaganda política. Que, la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, modificado por la Ley Nº 28581, establece en su  Titulo VIII, el marco genérico de la propaganda política en los procesos  electorales constitucionalmente convocados. Que, el Artículo 185º concordante con el inciso d) del artículo 186º de la acotada Ley Orgánica de Elecciones, determinan que las autoridades municipales son competentes para regular y determinar la ubicación de la propaganda  política en igualdad de condiciones para todas las organizaciones, listas independientes y alianzas. Que, el Artículo 193º de la Ley Orgánica de Elecciones, dispone el retiro de la propaganda dentro de los sesenta (60) días posteriores al acto electoral, bajo apercibimiento de multa en el caso de incumplimiento. Que, el artículo 5º de la Resolución Nº 136-2010-JNE dispone que es competencia de los gobiernos locales aprobar la ordenanza que autoriza y regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, en concordancia con el ordenamiento jurídico en materia electoral. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del Art. 9º y el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la votación UNÁNIME  del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta , aprobó  lo siguiente :
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar  la Ordenanza que REGLAMENTA LA PROPAGANDA POLITICA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE SAN ANDRES, que consta de 10 Artículos, 02 Disposiciones Finales, que forma parte integrante, del Anexo 1, según los considerandos expuestos en la presente ordenanza.
ARTICULO  SEGUNDO .- Derogar todas las demás normas legal distrital,que se opongan, a la presente Ordenanza.
ARTICULO TERCERO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al días siguiente de su publicación conforme a Ley. 
ARTICULO CUARTO.- . Encargar el cumplimiento de la Ordenanza al Jefe de la Oficina de Fiscalización Administrativa, al Jefe de la Seguridad Ciudadana, a la Dirección de Servicios Comunales, pudiendo requerirse el auxilio a la Policía Nacional.
ARTICULO QUINTO.- Encargar a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza, conforme a Ley, bajo responsabilidad.
POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA
JUAN ENRIQUE VERGARA MATTA
ALCALDE.

ANEXO 1
ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACION DE PROPAGANDA POLÍTICA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE SAN ANDRES
ARTICULO 1º.- Finalidad.- La presente Ordenanza regula la instalación de propaganda política durante los procesos electorales en la jurisdicción del distrito de San Andrés  y los mecanismos de fiscalización y control que corresponde ejercer a la Municipalidad, en el marco de la Ley  Orgánica de  Elecciones – Ley Nº 26859 y la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, y tiene por finalidad preservar el ornato  del distrito, el respeto de los entornos saludables y el resguardo de la tranquilidad de los vecinos, estableciendo las normas que sobre propaganda electoral deben cumplir todas las organizaciones políticas, en todo proceso electoral, incluyendo los procesos de consulta por referéndum y otros procesos electorales previstos por Ley.
ARTICULO 2º .- Definición : de Propaganda Política Electoral.- Se entiende por Propaganda Política Electoral a aquella actividad lícita desarrollada por las organizaciones políticas contempladas en la legislación electoral y/o sus representantes o candidatos participantes durante procesos electorales, encaminada a persuadir y captar de los ciudadanos su voto en una elección o consulta popular determinada. Se  materializa en la difusión y explicación de propuestas o programas de gobierno, promoción de colores, símbolos, números y siglas que identifiquen a dichas organizaciones políticas.
ARTICULO 3º.- oportunidad en la Instalación y alcance.- La propaganda electoral es permitida desde la fecha de la convocatoria  de un proceso electoral o consulta popular determinado, realizado por el órgano competente hasta 24 horas antes de la fecha de elecciones o la que sea determinada en las propias normas electorales. Su retiro debe producirse dese el día siguiente de la elección y hasta  60 días después de culminada la elección. Cualquier otra propaganda política que se  instale fuera del periodo descrito se sujeta a las normas municipales vigentes sobre publicidad exterior.
ARTICULO 4º.- La propaganda electoral está permitida
En las fachadas de los locales políticos donde se podrán exhibir letreros, carteles o anuncios luminosos, banderolas y pancartas.
Instalar y hacer uso de altoparlantes en los locales políticos, siempre que funciones entre las 08.00 horas y 22:00 horas ,no pudiendo exceder, en ningún caso de setenta (70) decibeles.
Instalar y hacer uso de altoparlantes en vehículos especiales que gozan de libre tránsito, de particulares , de  propiedad o  posesión de las Organizaciones Políticas, siempre que :
c.1. Se sujeten al horario y número de decibeles señalado en el acápite anterior.
c.2. No utilicen los altoparlantes cuando transiten en un radio de 100.00 metros de centros de salud, iglesias, parroquias y centros educativos.
c.3. Su colocación no restrinja la visibilidad, maniobrabilidad y otras condiciones que afecten la seguridad en el desplazamiento del vehículo.
La colocación de anuncios en vehículos motorizados.
Distribuir afiches, boletines, calendarios, camisetas, folletos, volantes u otros útiles e instrumentos similares o conexos, no debiendo atentar contra  la limpieza de la ciudad, arrojándolas a la vía pública, ni atentar contra la seguridad peatonal y vehicular.
En predios de dominio privado se podrán fijar, pegar o dibujar carteles o avisos, con autorización escrita de su propietario, que será registrado ante la autoridad policial.
ARTICULO 5º.- No está permitida la propaganda electoral
Se encuentra terminantemente prohibida la difusión de propaganda electoral en espacios públicos en las siguientes formas:
Fijar, pegar o pintar propaganda política en los monumentos y el mobiliario urbano de las vías y parques públicos,.
Fijar, pegar , pintar propaganda política en las calzadas, aceras,  veredas, sardineles, señales de tránsito, bermas, separadores, y jardines de aislamiento de las vías públicas.
Efectuar propaganda política a través de altoparlantes fuera del horario y por encima de los decibeles permitidos.
Efectuar propaganda Electoral de cualquier tipo y bajo cualquier modalidad en los espacios exteriores y ambientales interiores de los locales de la Municipalidad Distrital de San Andrés, , así como en los parques de la jurisdicción y en los inmuebles considerados como patrimonio monumental
Efectuar propaganda electoral de cualquier tipo y bajo cualquier modalidad  en los centros educativos estatales y particulares, así como en las iglesias de cualquier credo.
Fijar, pegar o pintar propaganda política sobre publicidad autorizada con fines comerciales.
Instalar propaganda política que afecten , las condiciones las condiciones  estructurales de las edificaciones o que puedan comprometer la seguridad de los ocupantes  y vecinos o quienes circulen por las vías públicas circundantes.
Apoyar, colgar, pegar o pintar de alguna manera banderas, banderolas, carteles, letreros o cualquier otro tipo de elemento que anuncie propaganda política en plantas, árboles, áreas verdes u otros elementos vivos dentro del distrito.
Instalar paneles y las banderolas que limitan la visibilidad de la señalización de tránsito que afecten el libre paso de peatones o el adecuado uso del mobiliario urbano, o que obstruya el acceso a inmuebles o estacionamiento.
En los postes de energía eléctrica, del sistema de telefonía y televisión por cable, así como en toda otra estructura de soporte de servicios públicos en general.
Destruir o deteriorar en cualquier forma, la propaganda electoral colocada por un candidato u organización política, promotor y a las autoridades sometidas a consulta, o que impida u obstaculice la visión de otra previamente colocada.
Instalar más de una (01) banderola por cada cuadra para vías normales o más de dos (02) banderolas para aquellas que tengan berma central a menos de 04.00 metros desde el punto más bajo de la banderola al piso.
Otras que de algún modo contravengan la presente Ordenanza o la Ley Orgánica de Elecciones.
ARTICULO 6º.- Permiso y pago de derechos
No se requiere permiso o autorización alguna de parte de la Municipalidad, ni pago de tasas o arbitrio alguno, para la instalación de propaganda política Electoral.
ARTICULO 7º.- Suscripción de Acta de compromiso sobre retiro de publicidad.
Las Organizaciones Políticas suscribirán de conformidad con el Artículo 193º de la Ley Orgánica de Elecciones ante la Municipalidad Distrital de San Andrés, el compromiso de retirar y borrar la propaganda política, dentro del plazo de sesenta (60) días posteriores al proceso
electoral, documento en el que constara que asume el compromiso de dejar el lugar utilizado en las mismas condiciones de ornato en las que se encontraba originalmente. Caso  contrario, concluido el plazo de retiro de la propaganda electoral, y de identificarse su permanencia, la Municipalidad declarará en abandono la misma, procediendo a su retiro bajo ,cuenta, costo y riesgo del infractor, sin perjuicio del pago  de la multa conforme se prevé en la presente ordenanza.
ARTICULO 8º.- Sanciones
Serán sancionados todas las acciones que contravengan lo establecido en la presente Ordenanza de conformidad con lo normado en nuestro Cuadro de Infracciones y Sanciones del reglamento de Aplicación y Sanciones de la Municipalidad Distrital de San Andrés.
ARTICULO 9º.- Vigencia y publicidad
La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación  conforme a Ley, y se aplica a los procedimientos en trámite existentes.
ARTICULO 10º .- Encargar el cumplimiento de la Ordenanza al Jefe de la Oficina de Fiscalización Administrativa, al Jefe de la Seguridad Ciudadana, a la Dirección de Servicios Comunales y su publicación a Secretaria general, pudiendo requerirse el auxilio a la Policía Nacional.
DISPOSICIONES FINALES.
PRIMERA.- La Municipalidad Distrital de San Andrés, fiscalizará el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza y coordinará con la Policía Nacional del Perú ha efectos de que se haga llegar copia de las autorizaciones de los propietarios de los predios privados de la jurisdicción del Distrito de San Andrés, para la instalación de propaganda política, registradas en dicha entidad.

SEGUNDA.- Deróguese toda norma legal distrital que se oponga a la presente ordenanza. 

ONPE inicia este 5 de setiembre capacitación a los actores electorales PRESENTARON LA CARTILLA Y MANUAL PARA PERSONEROS


La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inicia este viernes 5 de setiembre la capacitación a los diversos actores electorales con miras a las Elecciones Regionales y Municipales del próximo 5 de octubre. 
Esta labor será realizada por personal especializado del organismo electoral y tiene por finalidad que, por ejemplo, los electores sepan cómo votar, los miembros de mesa  conozcan sus tareas y que los personeros sepan sus funciones e impedimentos en la jornada electoral. 
Para el caso que algunos de los actores electores no disponga de tiempo para las capacitaciones presenciales, el organismo electoral también brindará la capacitación a través de su sitio web: www.onpe.gob.pe
El viernes 29 de agosto último, con la presencia del Jefe de la ONPE, Mariano Cucho Espinoza, se presentó a los representantes de las organizaciones políticas un manual para personeros y cartilla para los personeros de mesa de sufragio. 
Cucho Espinoza tras saludar la presencia de los representates de las organizaciones políticas garantizó el desempeño imparcial, transparente y eficiente de la ONPE en el desarrollo de los comicios. 
Asimismo destacó la predisposición de los personeros de las organizaciones políticas a capacitarse, a fin de que su labor en las mesas de sufragio, el próximo 5 de octubre, se desarrolle en un clima de respeto.





Hoy Chincha está sin agua potable en días antes, llegaba turbia LO LAMENTABLE ES QUE LAS AUTORIDADES Y LA POBLACIÓN ESTÁ CONFORME CON ESTE MALTRATO


La población de Chincha, amaneció hoy lunes sin  agua  potable, notándose mortificación en los moradores al no poder atender sus más elementales necesidades para la alimentación de sus hijos en edad escolares y también para sus familias en general.
Anteriormente el agua que discurría por los caños llegaba con marcada turbidez y se ha hecho costumbre que la empresa Semapach, no informe sobre estos problemas a la población, más aún si recordamos que estos anuncios por ser de interés público, son gratuitos, es decir no le demanda gastos a la empresa de este servicio.
Hoy el teléfono 263980 de Semapach, ubicado en la avenida  Progreso, no contestaba para no dar explicaciones sobre el normal abastecimiento del agua que requiere la población.

Lo más lamentable es que, ninguna autoridad se pronuncia ni se interesa por averiguar este problema para dar así un informe a la población, pues se le trata de cualquier manera, vale decir se le ignora su presencia y no considera que el agua potable es un servicio que merece atención.

Estudiante de SENATI falleció tras accidente de tránsito: Chincha


Luego de varias horas de agonía, ayer domingo a las 8:30 a.m. falleció en un hospital de la ciudad de Lima, el joven estudiante de SENATI Chincha Cristian Guido Sánchez de 18 años de edad.
La causa de su deceso fue el violento atropello causado por la camioneta furgón de placa de rodaje C5A-918 de la empresa Virú, conducido por William Coronado Espinoza (29), aunque -según testigos del accidente- ellos afirmaron que no era el verdadero chofer.
Por el kilómetro 201 de la Panamericana Sur (7:40 p.m. del último sábado) cerca al colegio Santísimo Rosario, el estudiante se desplazaba en su bicicleta, siendo de pronto embestido por la parte posterior por el camión Furgón que circulaba de sur a norte, lanzándolo literalmente por los aires, cayendo pesadamente al pavimento a una distancia aproximada a los 10 metros, mientras su frágil vehículo fue arrastrado a una distancia considerable; quedó destrozado e inservible.
Junto al presunto piloto del pesado vehículo también viaja-ban Pedro Armedo Armizué (56) y Reyberto Sabolloa Hua-yamares, quienes presentaban al parecer, aliento alcohólico.
Estas últimas personas resultaron con heridas en los brazos y rostros, en tanto el camión furgón quedó inmovilizado al chocar contra un poste de alta tensión.

Un auto particular condujo al joven herido de gravedad al hospital Essalud Chincha, donde recibió la respectiva atención médica, y posteriormente fue trasladado al Hospital San José de Chincha, cuyos facultativos de turno determinaron derivarlo a Lima, donde recibiría una atención especializada, por el “traumatismo encéfalo craneano grave”. Los padres del occiso, Eduardo Guido Sánchez (44) y Ana María Sánchez Hernández (42), revelaron que el único hijo varón de dos hermanos (la mayor es mujer) será sepultado mañana martes en el cementerio general de Chincha, a partir de las 3 de la tarde de su domicilio, sito en el entrada al Pedregal en Chincha.
Con la tecnología de Blogger.