Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

sábado, 19 de julio de 2014

CAMBIO DE DIRECTIVA DE ROTARY CLUB CHINCHA


El sábado 12 de julio del presente año se llevó a cabo el cambio de Directiva del Rotary Club Chincha, en el Hotel La Estancia del Sur de Chincha. Rotary es la organización de ayuda humanitaria y servicio social más grande e importante del mundo, que cuenta con más de 33 mil clubes en todo el mundo y con más de un millón doscientos mil socios, al servicio de los más necesitados.
En esta reunión de confraternidad realizada el pasado sábado, el presidente del período 2013-2014, Luis Oliva Chávez entregó el cargo al presidente para el período 2014-2015, Iván Marín Rafael. En el Rotary los años de trabajo se contabilizan de julio a julio.
En su discurso final como presidente en actividad el a.r Luis Oliva Chávez, hizo un resumen de todas las actividades y proyectos realizados en su período, entre los que destacan las Campañas Médicas realizadas en los varios distritos de nuestra provincia, la elabora-ción de un proyecto para ampliar el Hogar de Niñas Paul Harris y la constitución de Interact Chincha Renace. Club formado por jóvenes de ambos sexos entre los 12 y 18 años y que es auspiciado por Rotary Club Chincha. Con el nacimiento de este club se asegura el rotarismo en Chincha por buenos años.
Además en esta reunión se incorporaron dos nuevos socios al Rotary Club Chincha. El Doctor Jorge Chávez y la Licenciada Cinthia Chumbiauca que viene de formar parte de Rotaract Chincha. Por otro lado, cabe resaltar, que el presidente Luis Oliva Chávez entregó un reconocimiento a algunos rotarios por su destacada labor en el período que terminó. Entre los reconocidos se encuentra nuestro colaborador Dr. Piero Bailetti Reyes.
A su vez el presidente para el nuevo período en curso, Iván Marín Rafael, hizo uso de la palabra comprometiéndose a poner su mejor esfuerzo para que el club siga creciendo y centrar  todos los proyectos del club en la supervisión y desarrollo de la obra cumbre de Rotary Club Chincha que es el Hogar de Niñas Paul Harris, que alberga a más de 70 niñas en estado de abandono y que es administrado por el INABIF. También agradeció a su familia por todo el apoyo, destacando la labor de su padre, también rotario Diógenes Marín Valentín. Y la de su esposa Clara, con la que esperan su primer hijo Rafael. Así le espera un doble trabajo a nuestro presidente y un lindo año por venir. Mención aparte para el lindo detalle -iniciativa de Clara-, de unos globos de papel que se encendieron y fueron soltados hacia el cielo, dando un paisaje lindo de iluminación y libertad. Es un resu- men del lema para este año rotario que es “Iluminemos Rotary”. Esperamos que en esta nueva gestión se puedan iluminar muchas vidas y que el club siga creciendo en su labor de ayudar a los más necesitados.  Deseamos todo el éxito del mundo para Iván y para todo el club.   Por: Piero Bailetti Reyes




En operación inopinada PNP recupera 5 motocicletas robadas. Chincha


Continuando con la misión de erradicar todo tipo de actos ilícitos o al menos contrarrestarlos, personal de la PNP a cargo del Crl. jefe de las División Policial Chincha, Fernando Delboy Gonzales, con el apoyo de personal de Serenazgo del Municipio Provincial de Chincha, que dirige el señor Pedro Canelo Crisóstomo, intervino la mañana de hoy sábado, una casucha donde se halló 5 motocicletas cuyas características son: una motocicleta color azul 150, marca Metorex de placa 13857; otra marca Italika color negra de placa 2183-1; la tercera marca también Italika, color negra, de placa 9855-1; la cuarta marca Honda 125 color plomo, sin placa, y la quinta, color negra, marca Pesquiza, de placa B2-2351.
También se observó que las motos Italia están en perfectas condiciones, dos de ellas son nuevas.
Estas motocicletas estaban en una casucha ubicada en el A.H. Nuevo Progreso, por la orilla de la acequia de Ñoco, comprensión del distrito de Grocio Prado, en Chincha, la que había sido construida con esterillas, cañas y varas de Guayaquil, de aproximadamente 4 x 3 metros.
Previamente a esta incursión, la PNP acordonó la zona, donde no se encontró a nadie.

El jefe policial, Delboy Gonzales, efectuó las indagaciones del caso, no encontrando eco de parte de los vecinos.

III Jornada del Programa Justicia en Tu Comunidad se realizará en Guadalupe EN I. E. “GENERAL JUAN PABLO FERNANDINI”


Con el objetivo de acercar la justicia a la comunidad hoy sábado 19 de julio, desde las 9.00 a.m., se está realizando  la III Jornada Informativa y Feria de Servicios, en la Institución Educativa “General Juan Pablo Fernandini” del distrito de Salas Guadalupe, en Ica, dentro del marco del programa “Justicia en tu Comunidad” en la que participarán activamente magistrados de la Corte Superior de Justicia de Ica.
En la jornada se desarrollarán  actividades a nivel educativo,  donde se dictarán charlas sobre drogadicción, bullyng, violencia familiar, maltrato infantil, violencia sexual, pandillaje, seguridad ciudadana entre otros; las cuales serán dictadas por los señores magistrados de la Corte Superior de Justicia de Ica.
A nivel institucional se brinda-rá información en la Feria de Servicios que se instalará en el patio central de dicho centro educativo, donde se brindará orientación gratuita con asistencia legal, psicológica y social, con la participación de la Defensoría Pública Distrital de Ica, del Equipo Multidisciplinario de la CSJICA, Centro Emer-gencia Mujer y de la Policía Na-cional y a nivel social se realizará corte de cabello gratuito a cargo de los CETPRO´S de dicho distrito.

   Cabe indicar que el Programa Nacional de Proyección Social "Justicia en tu Comunidad" del Poder Judicial, ganó el pre-mio Innovating Justice Award 2012, en la categoría de innovación exitosa. La organización Hiil Innovating Justice, impuso este reconocimiento en La Ha-ya, Holanda, y calificó este pro-grama como un buen ejemplo a seguir, a fin de fortalecer el estado de derecho y contribuir a la independencia de la judicatura. 

FAP Pisco rendirá homenaje al héroe Cap. José Abelardo A. Quiñonez G.: Chincha


El próximo lunes 21 de julio, la FAP, Grupo Aéreo N° 51 de Pisco, rendirá homenaje al héroe nacional, Gran Capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales,  al recordarse el 73° aniversario de su inmolación.
Dicha ceremonia se realizará a las 10.00 a.m. en Chincha, al pie del monumento erigido en su honor y que está ubicado en la avenida Idelfonso, frente al Hospital EsSalud.

Se colocarán aparatos florales, la proclama la hará el Crnel FAP Humberto Schaefer Jefe del Grupo Aéreo N° 51 y el discurso de homenaje estará a cargo del Alcalde Provincial de Chincha, Lucio Juárez Ochoa.

Serenazgo del MPCh brindó apoyo a herido en accidente: Chincha


La madrugada de hoy sábado, cerca de las 4.50 a.m. personal de Serenazgo de la Municipalidad Provincial de Chincha, cuando realizada patrullaje, recibió la información de un accidente ocurrido en la 5ta. cuadra de la calle Lima, constitu-yéndose personal de la unidad N° 10, encontrando a un varón herido, tendido en la vereda.
Serenazgo lo condujo al hospital San José, siendo atendido por el médico de turno, Dr. Ca-brera. Al lugar llegó personal de la PNP, realizando las investigaciones del caso.
Unos transeúntes revelaron que el herido perdió el control de su motocicleta al parecer por estar en estado de ebriedad, cayendo al piso y perdiendo el conocimiento. Su vehículo era marca Ytalika, color negro sin placa.

Fueron intervenidas las personas de Ángel Castillo, Alberto Tardillo y Emerson García, para solicitarle sus manifestaciones en torno al hecho.


Cuarteto de Guitarras de Colombia presenta hoy Nueva Acrópolis: Chincha


Dos importantes actividades ha proyectado realizar Nueva Acrópolis de Chincha en los próximos días, labor que es parte de sus 57 años triunfales en el mundo.
La primera actividad la realiza hoy con la presentación del Cuarteto de Guitarras desde Cali, Colombia,  con la intervención especial del Quinteto de Maderas de Ictys – Fagot, Corno Francés, Oboe, Clarinete
y Flauta Traversa. Esta presentación se realizará hoy sábado a las 4.00 de la tarde en el auditorio de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Filial de Chincha. El espectáculo será de dos horas.
Para el jueves 24 a las 8.00 p.m. Nueva Acrópolis presentará el Video Fórum por su aniversario: Nueva Acrópolis, 57 años triunfales en el Mundo”, acto a realizarse en su sede institucional de la Calle Lima 580 en Chincha Alta.


Obra que rescata lo mejor de la poesía chinchana en Feria Internacional del Libro

El próximo lunes 21 de julio a las 7.00 de la noche, en el recinto de la Feria Internacional del Libro, será presentada una importante obra que rescata lo mejor de la poesía chinchana del siglo XX, manifestó el periodista, Cesar Aguayo Sánchez, indicando que ha sido trabajada pacientemente con mucha dedicación y cariño por parte de su autor.
“La obra ha sido editada por Carpe Diem editora, que es lo mismo que decir Marita Troiano, nuestra gran poeta, considerada como una de las grandes poetisas de américa latina por el Diario La Prensa de Nueva York”.

Sostuvo César Aguayo, que este acto nos hará sentir orgullosos de ser chinchanos, por lo que la obra representa, donde se rescata a personajes como Miguel Carrillo Natteri, Carola Bermúdez de Castro,  Luís Schwars Zuleta, Juan Manuel Medina Cañas, y Leonardo Del Ben Atúncar, entre otros. 

Etapa provincial Chincha Copa Perú-Chincha Campeonato Homenaje a Rodolfo Guzmán Jiménez Programación de la 3era. Fecha Fase Final


Domingo 20 de julio del 2014
Estadio Cruz Blanca- Chincha Alta
3.30 p.m.  Unión La Calera de Alto Larán vs Santos F.C. de
               Chincha Alta
Estadio  Municipal de Chincha Baja
3.30p.m. Once Amigos de El Carmen vs. Defensor Grau de Chincha Baja

Se verá este domingo, el primer y segundo puesto, cuadros que representarán a la provincia de Chincha, en la Etapa Departamental de la Copa Perú, 2014. 

Municipalidad Distrital de Sunampe ORDENANZA Nº 003 – 2014 – MDS


Sunampe, 15 de Julio del 2014
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE SUNAMPE:
El Oficio N° 030 – 2014 – JEE CHINCHA/JNE, fecha 10 de Junio 2014, recepcionado con expediente N° 002680, de fecha 12 de Junio 2014, presentado por el Dr. Dante M. Gutiérrez Martínez, Presidente del Jurado Electoral Especial de Chincha, donde solicita Ordenanza Municipal sobre Propaganda Electoral y a la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 15 de Julio 2014.
CONSIDERANDO:
Que, los Artículo 178° de la Constitución Política del Perú, establece que el jurado Nacional de Elecciones tiene la atribución de velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral;
Que, el Artículo 5 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, establece como función de este organismo constitucional autónomo, dictar las resoluciones y la reglamentación necesaria para su funcionamiento, administrar justicia electoral en última instancia, así como denunciar a las personas, autoridades, funcionarios o servidores públicos que cometan infracciones a la legislación electoral;
Que, el Artículo Quinto de la Resolución 136 – 2010 – JNE, que aprueba el “Reglamento de Propaganda Electoral”, será competencia de los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, aprobar la ordenanza que autoriza y regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, así como su retiro luego de la realización del proceso, en concordancia con el ordenamiento jurídico en materia electoral y lo dispuesto por el Jurado Nacional de Elecciones, en el presente Reglamento y Normas complementarias; y a la Resolución N° 004 – 2014 – JNE.
Que, el numeral 3.6.3. del Artículo 79°, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, establece que las Municipalidades ejercen funciones específicas exclusivas para normar, regular y otorgar autorizaciones para la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política;
Que, las disposiciones legales indicadas, deben apreciarse en salvaguarda de ornato y conciencia cívica, de los ciudadanos de nuestro Distrito, en las próximas elecciones Regionales y Municipales;
Que, estando a lo señalado y conforme a las facultades establecidas en el numeral 8 del Artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que por mayoría de votos de los señores Regidores en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 15 de Julio del 2014, se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA LA DIFUSIÓN Y CONTROL DE LA
PROPAGANDA ELECTORAL, PARA LOS PROCESOS ELECTORALES EN EL DISTRITO DE SUNAMPE
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
FINALIDAD
ARTÍCULO PRIMERO.- La finalidad de la Ordenanza, es regular la difusión de la propaganda electoral en la jurisdicción de Sunampe, preservando el ornato y sancionando a quienes alteren el orden legal establecido.
OBJETIVO
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Municipalidad Distrital de Sunampe, en el ejercicio de sus funciones administrativas, tiene como objetivo en materia electoral, a las agrupaciones políticas y alianzas electorales, el acceso a la instalación de paneles, pintado y pegado de propaganda, convenientemente ubicadas, con iguales espacios para todas las opciones participantes.
APLICACIÓN
ARTÍCULO TERCERO.- Las disposiciones de la presente Ordenanza, son de aplicación dentro de la jurisdicción del Distrito de Sunampe, de acuerdo a las disposiciones vigentes, en materia de propaganda política y electoral.
DEFINICIONES
ARTÍCULO CUARTO.- Para efecto de la presente Ordenanza, rigen las siguientes definiciones:
Propaganda Electoral.- Se considera a los escritos, imágenes (fotografía, video, dibujos u otra similar), y grabaciones, que al ser difundidos promocionan al candidato de un partido, agrupación política o alianza electoral.
Predio de Dominio Privado.- Inmueble de propiedad o posesión particular.
Predio de Dominio Público.- Inmueble de propiedad o posesión de autoridad competente de índole oficial, central, regional o local.
Período Electoral.- Lapso determinado, en el cual un candidato formula propuestas, con la finalidad de ser elegido, para ocupar un cargo público.
Forma de Propaganda.- Constituyen las representaciones, por las cuales se publicita o promociona una actividad, está constituida por el conjunto de escritos, imágenes y sonidos que pueden ser difundidos, exhibidos o distribuidos.
Elementos de Publicidad Electoral.- Se considera a los murales, paneles, avisos, carteles o afiches, letreros, banderolas y los sonidos vocales o musicales, a través de altoparlantes.
TÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN Y RETIRO DE
PROPAGANDA ELECTORAL
PROCEDIMIENTO
ARTÍCULO QUINTO.- Para instalar propaganda electoral en áreas de dominio público y/o zonas permitidas, se debe cursar una carta suscrita, por el personero o representante legal de la Organización Política dirigida al Alcalde, indicando las dimensiones de la propaganda a instalar, adjuntando una declaración jurada simple en la que se compromete a cumplir con las disposiciones municipales.
Para instalar propaganda electoral en áreas de dominio privado, se deberá cursar carta suscrita por el personero o representante legal de la organización política dirigida al Alcalde, indicando en un croquis la ubicación exacta del predio y de la propaganda a instalar, adjuntando el consentimiento escrito del propietario y una declaración jurada simple en la que se compromete a cumplir con las disposiciones legales.
La propaganda electoral (áreas públicas) se encuentra limitada, a la disposición del Titular del Pliego, de manera expresa, cautelando el patrimonio público.
Los partidos y agrupaciones políticas como las alianzas electorales podrán exhibir sus letreros, carteles o anuncios luminosos en la fachada de su casa política, siempre que cumpla con las disposiciones municipales de la presente Ordenanza.
PROPAGANDA ELECTORAL PERMITIDA
ARTÍCULO SEXTO.- No se requiere de permiso o autorización alguna de parte de autoridad política o municipal, ni pago de tasa o arbitrio alguno, para la difusión de propaganda electoral, a través de:
1.- Exhibición de letreros, carteles, paneles, pancartas, anuncios luminosos y banderas en las fachadas de los inmuebles o locales de propiedad o posesión de las organizaciones políticas.
2.- Instalación de altoparlantes en los locales políticos y en vehículos especiales que gozan de libre tránsito en todo el territorio nacional, de propiedad o posesión de las organizaciones políticas, en el horario desde las 8:00 horas hasta las 20:00 horas, no pudiendo superar la intensidad de 50 decibeles en ningún caso.
3.- Distribución en la vía pública de boletines, folletos, afiches, posters, volantes, camisetas, calendarios, llaveros, lapiceros u otros útiles e instrumentos similares o conexos.
4.- Exhibición de carteles o avisos colocados en predios privados, previa autorización de los propietarios de los bienes.
5.- Emisión de propaganda electoral en los medios de comunicación escritos, audiovisuales e Internet.
PROPAGANDA ELECTORAL NO PERMITIDA
ARTÍCULO SÉTIMO.- No se permitirá propaganda electoral que:
1.- Atente contra la dignidad, el honor y la buena reputación de las personas.
2.- Promueva la incitación y exaltación del odio, la discriminación y la violencia contra cualquier persona o grupo de personas.
3.- Promueva la desobediencia a las normas electorales, Constitución y las leyes.
4.- Atente contra la moral, el orden público y las buenas costumbres.
5.- Que, se instalen en zonas de propiedad pública, sin autorización expresa.
5.- En las zonas permitidas, se considera prohibido instalar propaganda en Entidades Públicas, Centros de Educación públicas o particulares, locales de iglesias, cabinas telefónicas, postes de energía, puentes, pasos a desnivel, pistas, veredas y bienes culturales y similares.
RETIRO DE LA PROPAGANDA
ARTÍCULO OCTAVO.- Una vez concluido el proceso electoral, las agrupaciones políticas y alianzas electorales, e independientes, procederán en el plazo de sesenta (60) días a retirar y/o borrar la propaganda electoral, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 193º de la Ley Orgánica de Elecciones, debiendo dejar el lugar utilizado en las mismas condiciones de ornato en las que se encontraba antes de la instalación de la propaganda, caso contrario la Municipalidad procederá al retiro y/o borrado correspondiente bajo cuenta, costo y riesgo de la infractora.
TÍTULO III
DE LAS SANCIONES Y RESPONSABILIDADES
SANCIONES
ARTÍCULO NOVENO.- Las agrupaciones políticas, alianzas electorales e independientes que vulneren las disposiciones de la presente ordenanza, serán sancionadas con multa, demolición y/o retiro, dependiendo de la gravedad de la falta, sin perjuicio del gasto que irrogue la reparación o reposición al estado anterior de los bienes afectados por la instalación de la propaganda.
ARTÍCULO DÉCIMO.- Las sanciones aplicables a cada infracción se encuentran reguladas, por el siguiente cuadro:
QUINTA.- Si se verificara un sobrepoblamiento de instalaciones, en las zonas autorizadas, no se permitirá la colocación de nuevas instalaciones.
SEXTA.- Las instalaciones de propaganda electoral que se establezcan, luego de la vigencia de la presente Ordenanza, se ajustarán a lo establecido en la misma.
SÉTIMA.- Encárguese a la Gerencia Municipal, la ejecución y cumplimiento de la presente Ordenanza.
OCTAVA.- Facúltese al señor Alcalde del Distrito de Sunampe, para que dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.
NOVENA.- Déjese sin efecto, toda disposición municipal, que se oponga a la presente Ordenanza.

INFRACCIÓN
SANCIÓN % U.I.T
SANCIÓN ACCESORIA
Por colocar propagandas electorales en ubicaciones no autorizadas y/o zonas no permitidas
100 %
Retiro o demolición
Por colocar propagandas electorales en áreas de dominio público y/o zonas permitidas, sin haber cursado previa comunicación a la Entidad Edil.
50 %

Por permitir propaganda sonora fuera del horario establecido o supere los 50 decibeles.
50%
-
Por infligir propagando electoral no permitida, de acuerdo al Artículo Sétimo de la presente Ordenanza.
100%
-
RESPONSABILIDADES
ARTÍCULO UNDÉCIMO.- Las organizaciones políticas que instalen publicidad electoral e infrinjan las disposiciones señaladas en la presente ordenanza serán responsables ante la Municipalidad por las mismas; sin perjuicio de las sanciones penales y administrativas a las que hubiera lugar.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
PRIMERA.- En tal virtud del principio de neutralidad establecido en el Artículo 31º  de la Constitución Política, y el Artículo 346º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, todo funcionario público, está prohibido realizar cualquier acto de proselitismo político a favor o en contra de cualquier candidato.
SEGUNDA.- Los medios de comunicación que, abusando de sus libertades de contratación y de expresión, difundan propaganda electoral con infracción a lo establecido en el Artículo 15º de la Resolución Nº 136 – 2010 – JNE, serán denunciados ante el Concejo de la Prensa Peruana (CPP), sin perjuicio de remitir el Informe correspondiente al Ministerio de Transporte y Comunicación para que actúe conforme a sus atribuciones.
TERCERA.- Los candidatos de las organizaciones políticas, que se consideren agraviados en su derecho constitucional, al honor y a la buena reputación, podrán interponer la querella correspondiente ante el órgano jurisdiccional pertinente, conforme al Título II, Delitos contra el Honor del Código Penal.
CUARTA.- Queda prohibida en la jurisdicción del Distrito de Sunampe, la colocación o exhibición de propaganda política cuando no exista convocatoria y formalmente efectuada por el Jurado Nacional de Elecciones.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Carlos A. Grimaldi Moyano

Alcalde

Municipalidad Distrital de Grocio Prado Decreto de Alcaldía Nº 002 - 2014 - MDGP/A


Grocio Prado,  16  de Julio del 2,014.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE GROCIO PRADO 
CONSIDERANDO: 
Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipales.  
Que, con ocasión de celebrarse el próximo 28 de Julio del 2,014  las Fiestas Patrias en conmemoración del aniversario de nuestra independencia nacional, es oportuno fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revaloración de los principios como el civismo y amor a los emblemas patrios, expresados en nuestra Bandera Nacional.   
Que, en señal de identidad con nuestros símbolos patrios, corresponde en esta fecha conmemorativa disponer el embanderamien-to general en el distrito, así como el arreglo de las fachadas de los predios públicos y privados; 
Estando a lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del Artículo 20° la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972; 
DECRETA: 
ARTÍCULO PRIMERO: Disponer el Embanderamiento General de todos los inmuebles públicos y privados de la jurisdicción del distrito de Grocio Prado desde el 23 al 31 de Julio del 2014, con ocasión de conmemorarse el 28 de Julio del presente año, el Centésimo Nonagésimo Tercer Aniversario de la Proclamación de la Independen-cia del Perú. 
ARTÍCULO SEGUNDO: Encargar a la Oficina de Participación Ciudadana el cumplimiento según corresponda, de lo establecido en el presente Decreto.  
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE
Luis Alfredo Tasayco Tasayco
Alcalde








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