Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

jueves, 19 de junio de 2014

Alcalde provincial de Pisco ejecuta el proyecto construcción de pistas, veredas en sector de Gonzales Prada


El sábado 14 de junio se realizó el asfaltado de 6,970 metros cuadrados, de la Av. Garcilaso de la Vega, obra perteneciente al proyecto de creación de pistas y veredas en el sector de Gonzales Prada, ejecución que ha sido  muy bien  recibida por los vecinos de este sector quienes expresaron su agradecieron al burgomaestre por esta importante obra.
Dicha ejecución beneficia a más de 500 familias, a la vez permite modernizar e incrementar el valor de los bienes que se ubican a este sector.
El costo en su totalidad de  este proyecto asciende a una inversión de 4 millones 635 mil 830 soles. El asfaltado en este sector de la Av. Garcilaso de la Vega culminará en el transcurso de la semana.
En declaraciones dadas por el alalde Sr. Jesús Echegaray Nieto “manifestó que con estas obras realizadas en su gestión, se busca elevar la calidad de vida de los pisqueños, asi como también realizar el ornato de la cuidad a través de la construcción de asfaltado, veredas, áreas verdes”.

Anunció que próximamente se iniciarán más obras, tales como creación de pistas y veredas en las calles Deza cuadra 7, Gerardo Lozada cuadra 5, Ismael Aspillaga y Calles principales y colindantes del asentamiento humano Beatita de Humay del cercado de Pisco, así mismo la creación de pistas y veredas en las Calles san Clemente, Deza, Ángel Astengo, Gerardo Lozada, San Miguel, San José, Los Rosales, La Esperanza, Daniel del Solar y Enrique Mestanza, del cercado de Pisco, también se viene la creación de pista y veredas de las avenidas 01, 02 Miguel Grau y Paracas, de la prime ra hasta la décima y de los pasajes 01 y 02 de la Cooperativa Almirante Miguel Grau, se indicó.


CHILE vence 2 a 0 a ESPAÑA y lo elimina de BRASIL 2014


Por: Dr. Piero Bailetti Reyes
Rio de Janeiro, Praia do Pontal,
Miércoles 18 de junio del 2014. 22:40hrs.
Para llegar al Maracaná desde donde estamos hospedados tenemos que hacer dos recorridos. Uno desde Pontal hasta Ipanema en bus y otro desde allí hasta el mismo estadio en el Metro de la ciudad. En el primer tramo vimos desde dentro del bus a varios hinchas españoles y chilenos. La diferencia de ánimo era abismal. Mientras que los sureños lucían alegres y confiados, a los ibéricos se le notaba tensos y preocupados. Cuando vimos esto no dejamos de mencionar que quizás los españoles aun estaban conmocionados por la goleada ante Holanda. Quizás los hinchas de la Madre Patria presentían lo que venía.
Sin embargo en el Metro sucedió algo muy simpático. Estuvimos ubicados cerca de unos hinchas chilenos hasta que en la Estación de Botafogo subieron dos hinchas españoles. Ellos empezaron a realizar cánticos a favor de su selección, y por supuesto recibieron la rápida respuesta de los chilenos. En ese momento sucedió algo abrumador. Los españoles cantaron: “Como no te voy a querer, como no te voy a adorar si me hiciste campeón mundial por primera vez...”. Ante ese cántico los chilenos no tuvieron respuesta. Dicen que los hinchas también son campeones mundiales y los españoles hasta ahora lo son, con la diferencia que ahora saben que terminando este mundial no lo serán más. España es la cuarta selección campeona mundial que es eliminada en primera ronda del siguiente mundial. Le sucedió a Brasil, campeón en Chile 1962 y eliminado en primera ronda de Inglaterra 1966, también a Francia, campeón de local en 1998 y eliminada en primera ronda de Corea-Japón 2002. Y finalmente también le sucedió en Sudáfrica 2010 a Italia que había salido campeón en Alemania 2006 y fue eliminada en la primera fase.
Pasando al partido, Chile salió con todo, decidida a imponerse en este partido y sintiéndose local, debido al aliento de los más de 50 mil chilenos que colmaron el imponente Maracaná. Además Chile recibía el aliento de los brasileros que simpatizan mucho con los mapochos, quizás pensando en que ellos serían un rival más accesible para Brasil en octavos de final. No olvidemos que este partido corresponde al Grupo B que se cruzara con el Grupo A donde están los locales.
España trataba de equiparar el juego con su ya clásico tiki taka. Ese toque extremo entre sus jugadores que fue tan exitoso en el Barcelona de Guardiola y una manera de jugar definida de los españoles. Sin embargo este toque si bien fue muy vistoso en vivo y en directo, fue intrascendente a la hora de definir. Como dijo el italiano Carlo Ancelotti técnico del Real Madrid luego del triunfo sobre el Bayern Múnich del Pep: “La posesión de balón no es garantía de triunfo”.
Los ibéricos tenían el balón y generaron algunas oportunidades de gol, en los pies de David Silva y de Diego Costa. Este último se falló una oportunidad clara. Es evidente que no está en su mejor estado físico y no entendemos porque Del Bosque insistió hoy con él. Sin embargo fue Chile el que dio el primer golpe a los 20 minutos. Rápido contragolpe iniciado por el eficiente Vidal, pase de Sánchez al medio y gran definición de Vargas que se sacó con una finta a Casillas y definió a placer. Gol de Chile y desenfreno en el Maracaná.
Después del gol, España buscó el empate pero bravo arquero chileno, por hoy vinculado al Barcelona español, respondió de una manera un poco extraña pero eficaz. Nos percatamos que no agarra el balón casi en ningún remate sino lo rechaza a los costados para asegurarse. Cuando más y mejor atacaba España, llegó el gol de Chile. Se cumplió aquel clásico refrán, gol que no haces, gol que te hacen. A los 43 minutos después de una falta se dio un tiro libre cobrado por Sánchez, el chico maravilla para los chilenos, envió un remate fuerte que tuvo un mal rechazo de Casillas, de muy pobre rendimiento en esta copa, que llegó a los pies de Aranguiz que metió un puntazo que se clavó en la parte superior del arco europeo. Dos a cero para Chile y todo lucía cuesta arriba para los españoles.
En el segundo tiempo España se volcó con todo en busca del empate. Koke y Fernando Torres que reemplazaron a Xabi Alonso y Diego Costa respectivamente le dieron más fuerza al ataque de los españoles que en ese momento abusaron del to-que y que daban la sensación de que querían llegar tocando hasta debajo del arco de Chile, cuyas defensas a base de potencia y garra se lucían antes los ibéricos. Chile con la calidad de Vidal y el ingreso del Mago Valdivia, tan querido por estas tierras, equilibró el juego. Con la ventaja se dedicó a tocar y proteger el resultado. Hasta en algunos momentos bajaron de las tribunas los clásico Ole, Ole que graficaban la alegría de los chilenos por su inminente clasificación a octavos.
Después de eso el juez dio unos sorprendentes 6 minutos de tiempo adicional para luego de ellos marcar el fin del partido que trajo consigo el fin también de una era dorada para los españoles. Es evidente que hoy se cerró un ciclo fantástico para ellos, con dos Eurocopas y una Copa Mundial ganadas. España necesita un recambio generacional que quizás le cuesta un poco.
Mención aparte para la selección de Chile, que demostró que no tiene ninguna estrella pero muchos obreros. En la que todos meten y corren con mucho ímpetu y garra. Esta claro que todos los jugadores se han comprometido con la forma de jugar y el estilo de Jorge Sampaoli que se basa en un excelente estado físico, disciplina táctica y búsqueda constante del arco rival. El Hombrecito, muy recordado en Perú, esta realizando un buen trabajo al frente de la selección mapocha, que puede enfrentarse en octavos a Brasil. Chile viene bien veremos hasta donde avanza.
Finalmente quiero hacer una mención especial para mi amigo Héctor Aybar que me está acompañando en este viaje futbolero y mundialista. Es bueno tener a un compatriota y amigo al lado para comentar los partidos y vivencias. Conmigo será hasta el domingo con el Bélgica vs Rusia. Boa Noite. Obrigado. 







Máquinas pesadas procedieron a derribar las viejas estructuras


En las primeras horas de la mañana de hoy jueves, un fuerte contingente policial se ubicó en lugares estratégicos  por las cercanías del antiguo mercado del distrito de Pueblo Nuevo, en Chincha, con la finalidad de dar cumplimiento a una disposición judicial al parecer una medida cautelar, a fin  de que un escaso número de comerciantes desalojen los lugares donde venían atendiendo al público y quienes se venían resistiéndo a abandonar esos lugares, impidiendo así el inicio de la ejecución de la nueva infraestructura.
Los comerciantes aducían que estaba pendiente de resol-ver una denuncia que ellos habían hecho y que ésta última disposición no se les había dado a conocer, para poder impugnarlas.
El contingente policial llegó en unidades móviles procedente de Ica, para dar resguardo a las autoridades judiciales.
Diversas versiones daban los comerciantes para evitar abandonar sus puestos, pero han reconocido que el desacato les podría ser perjudicial y minutos más tarde, iban abandonando sus puestos, anunciando que seguirán con sus reclamos.

Maquinarias pesadas, procedieron a derribar las viejas estructuras de este mercado, sin mayores problemas, ante la mirada de numerosos vecinos que se encontraban por los alrededores.

Riegan palmeras de plaza de armas: Chincha Alta


La mañana de hoy jueves trabajadores de la Municipalidad Provincial de Chincha procedieron a regar las palmeras de la plaza de armas de Chincha Alta.
Desde un camión cisterna de color verde con blanco se abastecían de agua.
Para el regadío, los trabajadores no hacían pozas para abastecer mayor cantidad de agua.

  Es necesario que el Municipio Provincial de Chincha reitere al sector Cultura, el informe final sobre la inspección que hicieron últimamente, para que se de termine una situación valedera.


Modulo Basico de Justicia de Parcona celebra XIV aniversario de instalación REALIZARON DIVERSAS ACTIVIDADES DE PROYECCIÓN SOCIAL


Con gran éxito se realizó la celebración por el XIV Aniversario de Instalación  del Módulo Bá-sico de Justicia de Parcona. El programa de actividades conmemorativas culminó con la rea lización de la ceremonia central el pasado viernes 13 de junio en el hall de dicha sede judicial, contando  con la participación del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, doctor Segundo Florencio Jara Peña, magistrados y servidores.
Las palabras de saludo estuvieron a cargo del doctor Carlos Ñaupa Chacaltana, juez del Juzgado de Paz Letrado Mixto de Parcona, quien saludo y agradeció a los presentes por su asistencia. Acto seguido el titular de la corte iqueña realizó el discurso de orden, donde recordó que mediante Resolución Administrativa N°1164-CME-PJ entró en funcionamiento el  MBJ de Parcona un 13 de Junio del año 2000 con competencia en los distritos de Parcona, Tinguiña y Los Molinos, con el objetivo de acercar la justicia a la población alejada de las sedes de la Corte, mejorar el funcionamiento del primer nivel de administración de justicia, entre otros.
Entre las actividades por aniversario  se realizó un Campeonato Deportivo donde resultó ganador el equipo representante del Área de Seguridad y Resguardo de la CSJ Ica; así mismo se llevó a cabo el Seminario sobre Derecho Procesal Penal en el auditorio de la sede central donde participaron magistrados, personal jurisdiccional y administrativo de los diferentes órganos jurisdiccionales.
Posteriormente, también se realizó una Feria Informativa de Servicios en el distrito de Parcona, donde estuvieron presentes, representantes de diversas instituciones como CODEH Ica, la Municipalidad Distrital de Parcona, Centro Emergencia Mujer, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, Gobernación del Distrito, RENIEC y del Seguro Integral de Salud – SIS de  Parcona entre otros.
Ica, 17 de junio del 2014
Oficina de Imagen Institucional

Corte Superior de Justicia de Ica


Se han realizado más de 500 Audiencias Virtuales mediante Vide-conferencia DJI SISTEMA PERMITE MAYOR CELERIDAD EN PROCESOS PENALES


Cumpliendo con los principios procesales de economía y celeridad del Nuevo Código Procesal Penal Peruano, se vienen desarrollando desde inicio del año 2014 a la fecha  más de 500 audiencias a través de las videoconferencias en todo el Distrito Judicial de Ica.
Para efectos de la realización de las audiencias virtuales, la Presidencia de la Corte dispuso el acondicionamiento de cabinas en el Establecimiento Penitenciario de Ica, así como el equipamiento de Salas con el sistema policom en las sedes Judiciales de Pisco, Chincha y Nasca, con el objetivo de que las audiencias de reos en cár-cel se puedan realizar sin nin-gún retraso en las fechas programadas
El presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, señor doctor Segundo Florencio Jara Peña manifestó que este siste-ma innovador permite el ahorro de tiempo y recursos, que anteriormente eran utilizados en el desplazamiento de magistrados desde las diferentes sedes judiciales hacia el penal donde se encontraban los procesados.
Cabe indicar, que estas salas están interconectadas con los módulos instalados en el penal de Ica, logrando establecer comunicación efectiva  casi en tiempo real entre todos sujetos procesales.
Finalmente, el presidente de la corte iqueña, Dr. Jara Peña señaló que la implementación de este sistema es un logro para la institución ya que el tiempo que se utilizaba antes en trasladar a los jueces de su sede judicial hacia el penal es utilizado ahora para la realización de un número mayor de audiencias y en consecuencia un mayor producción.
Ica, 17 de junio del 2014
Oficina de Imagen Institucional

Corte Superior de Justicia de Ica


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Comuna Provincial de Pisco, Grupo Soyuz y Centro Oftalmológico Global Laser en campaña de Salud Visual



La Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social a través de su Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deportes y Sanidad de la Municipalidad Provincial de Pisco, en alianza estratégica con con el Grupo Soyuz, y el Centro Oftalmológico y Medida Computarizada, vienen realizando una campaña de salud visual completamente gratis, la-bor que realizan desde el lunes 2 de junio y que ha de concluir el próximo lunes 30 de este mes. Durante esta campaña realizan medida computarizada de la vista.
Anuncian también que el sábado 28 de junio realizarán operaciones de eliminación de carnosidad completamente gratis, las que se realizarán  en las instalaciones de la Casa de la Cultura, en un ambiente acondicionado para este tipo de operaciones, donde serán beneficiados los adultos y ancianos.
La campaña de medición de la vista se viene realizando en la plaza de armas principal de Pisco en horarios de 9.00 a.m. a 1.00 p.m. y de 2.00 p.m. a 6.00 p.m. También en esta campaña se viene atendiendo con gotas oftálmicas a los pacientes que la requieran.
Esta iniciativa tiene una bue-na aceptación por parte de la población, que le trasmite el agradecimiento al alcalde Provincial, Jesús Echegaray Nieto al realizar este tipo de alianza, que tiene como finalidad, prevenir y detectar las diferentes enfermedades como catarata, glaucoma, estrabismo y corrección de la vista. De igual manera está ofreciendo monturas a precios módicos.
Se reiteró que esta campaña se realiza hasta el lunes 30 de este mes.



Municipalidad Distrital de Alto Larán ORDENANZA N° 010 A - 2013 – MDAL


Alto Laràn,  30  de Mayo  de  2013.
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Distrito de Alto Laràn;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Mayo de 2013, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo 194° y 195° de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; así mismo afirma la responsabilidad de los mismos en promover el desarrollo y la economía local así como la prestación de servicios públicos, todo esto en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, el Articulo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, refiere que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 79º, numeral 3, acápite 3.6.3.de la Ley N° 27972, constituye función específica exclusiva de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, así como realizar la Fiscalización de ubicación de avisos publicitarios y propaganda política;
Que, la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, modificada por la Ley Nº 28581, establece en su Título VIII, el marco genérico de la propaganda política en los procesos electorales constitucionalmente convocados;
Que, el artículo 185º concordante con el inciso d) del artículo 186º de la citada Ley Orgánica de Elecciones, determinan que las autoridades municipales son competentes para regular y determinar la ubicación de la propaganda política en igualdad de condiciones para todas las organizaciones, listas independientes y alianzas;
Que, el artículo 193º de la Ley Orgánica de Elecciones, dispone el retiro de la propaganda dentro de los sesenta (60) días posteriores al acto electoral, bajo apercibimiento de multa en el caso de incumplimiento;
Que, el artículo 5º de la Resolución Nº 136-2010-JNE dispone que es competencia de los gobiernos locales aprobar la ordenanza que autoriza y regula la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, en concordancia con el ordenamiento jurídico en materia electoral; y lo dispuesto por el Jurado Nacional Electoral en el presente Reglamento y normas complementarias. Para la difusión de propaganda electoral, no se requiere de permiso o autorización de autoridad política municipal, ni pago de tasa o arbitrio alguno, conforme a lo señalado en el articulo 186° de la Ley Orgánica de Elecciones;
Que, la gestión municipal tiene como política la preservación de la via pública y los bienes públicos y privados, así como garantizar y promover, durante los procesos electorales los derechos de difusión de la propaganda política y electoral protegiendo el ornato y la estética del Distrito, siendo necesario establecer los mecanismos de vigilancia y salvaguarda del espacio urbano y rural que orienten a las organizaciones políticas y ciudadanos en general acerca de sus derechos, deberes y limites en la utilización de la propaganda electoral;
Y, que en Sesión de fecha 28 de Mayo de 2013, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, Artículo 9° numeral 8, y Articulo 40° del mismo cuerpo legal, con dispensa del trámite de aprobación del acta se aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
Ordenanza Municipal
QUE REGULA LA PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO ALTO LARÁN
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- OBJETIVO Y FINALIDAD
La presente Ordenanza tiene como objetivo, establecer las normas que regulen la Propaganda Electoral en el Distrito de Alto Larán, dentro de los límites establecidos en la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, Ley de Elecciones Regionales Nº 27683 y Ley de Elecciones Municipales Nº 26864.
Tiene como finalidad, velar por el mantenimiento del ornato, patrimonio monumental, y la tranquilidad de los vecinos, los mismos que pudieran verse afectados a consecuencia de la utilización de la Propaganda Electoral expresada en letreros, carteles, paneles, pancartas, banderolas, anuncios luminosos, altoparlantes, boletines, folletos, afiches, pósteres, volantes o panfletos y similares.
Artículo 2°.- Aplicación
Las disposiciones de la presente Ordenanza son de aplicación dentro de la jurisdicción del Distrito de Alto Larán, con sujeción a la normatividad vigente en materia de propaganda política y electoral.
Artículo 3°.- DEFINICIONES
1. Propaganda Política Electoral.- Es aquella actividad desarrollada por las organizaciones políticas contempladas en la legislación electoral o candidatos participantes durante los procesos electorales, cuyo objetivo es captar el voto ciudadano en una elección o consulta popular determinada. Dicha propaganda se materializa en la difusión y explicación de la propuesta o programas de gobierno, colores, símbolos, números y siglas que la identifiquen.
2.- Organizaciones Políticas.- Partidos Políticos, Listas Independientes, Alianzas Electorales, debidamente inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones.
3.- Bienes de Uso Público.- Son aquellos bienes de utilización general tales como las plazas, parques, paseos, alamedas, vías públicas (avenidas, calles, jardines, calzadas, bermas y aceras), puentes, áreas verdes, los aportes reglamentarios establecidos en las habilitaciones urbanas, local municipal, colegios y escuelas estatales.
4.- Bienes de Dominio Privado.- Son los predios constituidos como viviendas, negocios y edificios de propiedad privada.
5.- Ornato.- Es el conjunto de elementos arquitectónicos, artísticos y naturales que guardan armonía entre sí dentro del espacio urbano, dándole realce, belleza e identidad.
6.- Mobiliario Urbano.- Conjunto de objetos existentes en las vías y espacios públicos, superpuestos o adosados como elementos de urbanización o edificación, de modo que su modificación o traslado no genere alteraciones sustanciales como pueden ser: semáforos, paraderos de transporte público, bancas, postes, casetas telefónicas, quioscos, puestos de venta o de prestación de servicios autorizados en la vía pública y otros elementos o estructuras similares.
TITULO II
PROPAGANDA ELECTORAL
Artículo 4°.- PROPAGANDA ELECTORAL PERMITDIA
No se requiere permiso o autorización Municipal, ni pago de tasa o arbitrio alguno, para la difusión de la propaganda electoral en los siguientes casos:
- Exhibición de letreros, carteles, paneles, anuncios luminosos y banderas en los techos de los inmuebles o locales de propiedad o posesión de las organizaciones políticas, de la forma en que estimen conveniente.
- Instalación de altoparlantes en los locales políticos y en los vehículos especiales que gozan de libre tránsito en todo el territorio nacional de propiedad o posesión de las organizaciones políticas
- Distribución en la vía pública de boletines, folletos, afiches, pósteres, volantes, calendarios, pines, llaveros, lapiceros u otros similares.
- Publicidad en polos, camisetas, chalecos u otra indumentaria.
Artículo 5°.- DE LAS PROHIBICIONES
Queda prohibida la Propaganda Electoral en las siguientes situaciones:
-Propaganda sonora en áreas comprendidas a una distancia de 100 metros de establecimientos de salud, clínicas.
- El uso de locales u oficinas de municipalidades, de colegios y escuelas estatales o particulares, de iglesias de cualquier credo, de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, así como de las demás entidades públicas oficiales.
- El uso o la invocación de temas religiosos de cualquier credo.
- El uso o apelación de actos o palabras que atenten contra la dignidad de los candidatos patrocinados por las organizaciones políticas.
- Pintado, pegado de afiches o colocación de letreros, cualquiera sea su dimensión en los postes de energía eléctrica, postes de telefonía, así como en toda estructura de soporte de servicios públicos y privados en general.
- Pegado y/o pintado de afiches en los muros, calzadas, pistas, sardineles, señales de tránsito, monumentos y sobre publicidad autorizada con fines comerciales.
- Pintado o pegado de afiches en muros o cercos perimétricos, de propiedades privadas sin autorización.
- Cuando contravenga el orden público y las buenas costumbres o dañe de alguna forma el mobiliario urbano de la ciudad u otros bienes de entidades públicas o privadas.
Cualquier modalidad de propaganda electoral que obstaculice las señales de tránsito o que obstaculice el libre tránsito de vehículos.
La instalación de bambalinas o banderolas en calles, avenidas, parques plazas del distrito.
Artículo 6°.- AREAS VERDES
Esta terminantemente prohibido colgar, apoyar o sostener de alguna manera letreros, carteles, banderolas, bambalinas o cualquier tipo de elementos que anuncie propaganda política, en plantas, árboles u otros elementos vegetales dentro del distrito.
Artículo 7°.- CONCLUSIÓN DEL PROCESO ELECTORAL
Concluidos los Procesos Electorales, los representantes de las Organizaciones Políticas procederán dentro del plazo de sesenta (60) días a retirar o borrar la propaganda electoral, tal como lo dispone el artículo 193 de la Ley Orgánica de Elecciones, debiendo dejar el lugar utilizado en las mismas condiciones de ornato en las que se encontraba originalmente. Caso contrario, la autoridad municipal procederá al retiro de los elementos publicitarios utilizados por cuenta y costo de los infractores además de la imposición de sanción que correspondan.
Artículo 8°.- RESPONSABLE
En caso de incumplimiento de las disposiciones contenidas en esta Ordenanza, serán responsables de sanción económica, el personero legal y/o candidato del partido político, agrupación independiente o alianza electoral, en forma solidaria con quien fué detectado cometiendo la infracción.
Artículo 9°.- DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
9.1 Constituyen infracciones graves sujetas a multa de Una ( 1) UIT, sin perjuicio del retiro de los objetos, los siguientes hechos:
- La Propaganda Electoral que se transmita a través de altoparlantes instalados en locales políticos y vehículos especiales fuera del horario de 08:00 a 19:00 horas, y/o no se respete los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para ruido establecido en el D.S. N° 085-2003-PCM.
- La utilización de predios privados para la difusión de la propaganda electoral sin la autorización por escrito del titular del mismo.
9.2 Constituyen infracciones graves sujetas a multa de Dos ( 2) UIT, sin perjuicio del retiro de los objetos, los siguientes hechos:
-Utilización de bienes inmuebles de propiedad del estado.
-Propaganda sonora en áreas comprendidas a una distancia de 100 metros de establecimientos de salud, clínicas.
-Pintado, pegado de afiches o colocación de letreros, cualquiera que sea su dimensión en los postes de energía eléctrica, postes de telefonía, así como en toda estructura de soporte de servicios públicos y privados en general.
- Pintado o pegado de afiches en los muros, paredes, cercos, calzadas, pistas, sardineles, señales de tránsito, monumentos y sobre publicidad autorizada con fines comerciales
- Pintado o pegado de afiches en muros o cercos perimétricos y propiedades privadas sin autorización.
- Cuando contravenga el orden público y las buenas costumbres o dañe de alguna forma el mobiliario urbano de la ciudad u otros bienes de entidades públicas o privadas.
- Cualquier modalidad de propaganda electoral que obstaculice señales de tránsito o que obstaculice el libre tránsito de vehículos.
- No retirar la propaganda dentro de los 60 días de concluidas las elecciones electorales.
- El uso o apelación de actos o palabras que atenten contra la dignidad de los candidatos patrocinados por las organizaciones políticas.
La instalación de bambalinas o banderolas en calles, avenidas, parques, plazas del distrito.
- Colgar, apoyar o sostener de alguna manera letreros, carteles, banderolas, bambalinas o cualquier tipo de elementos que anuncie propaganda política, en plantas, árboles y áreas verdes.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.
Segunda.- Los casos no contemplados en la presente ordenanza serán resueltos conforme las normas legales vigentes sobre la materia.
Tercera.- Encargar el cumplimiento de ésta Ordenanza a la División de Desarrollo Urbano y Jefatura de Rentas, pudiendo requerirse de ser necesario el auxilio de la Policía Nacional del Perú.
POR TANTO:
Mando se publique y se cumpla.

Ana M. Sotteccani Altamirano - Alcaldesa
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